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Procesan y dictan prisión preventiva a mujer acusada de apuñalar a otra

En la tarde del 18 de marzo pasado Carolina Quintana tuvo una discusión con una supuesta amiga a la que habría apuñalado, la cual rápidamente fue asistida y trasladada al hospital local.

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El titular del juzgado de Instrucción N° 8 de Roca, Maximiliano Camarda, dispuso hoy el procesamiento con prisión preventiva por el delito de «homicidio en grado de tentativa» a una mujer acusada de apuñalar a otra. El hecho investigado ocurrió en la vivienda de la víctima, en la zona norte de Roca, la tarde del 18 de marzo pasado.

La imputada Carolina Quintana, de 24 años, concurrió al lugar para presuntamente reprochar a la víctima que “no quería ser más su amiga”. En ese contexto «le aplicó una puñalada en la región abdominal inferior infraumbilical, provocándole perforación de pared muscular, dándose inmediatamente a la fuga», según surgió de la acusación sostenida por el fiscal Luciano Garrido.

Al llegar la policía al lugar encontró a la víctima en su dormitorio y coordinó el inmediato trasladó al hospital. Tres de los hijos de la víctima fueron testigos directos del hecho y dos de ellos prestaron declaración en Cámara Gesell. Por su parte la imputada optó por abstenerse de declarar en la indagatoria.

«La conducta desplegada por Quintana encuadraría ‘prima facie’ en el delito de Homicidio Simple en grado de Tentativa (…) por cuanto se desprende con meridiana claridad que la intensión de la encartada fue la de dar muerte a la víctima. Ello teniendo en cuenta que se dirigió hacia la vivienda de N. llevando un cuchillo de considerable tamaño oculto en la manga de su prenda de vestir. Una vez arribado a dicho lugar, llamó a la víctima, a la cual, teniendo a corta distancia y sin aviso previo, le asestó de improviso un puntazo con el cuchillo que hasta ese momento tenía oculto, el cual le ingresó a N. en la zona abdominal. Entonces el dolo homicida se encuentra precariamente probado, no sólo con la idoneidad del medio empleado, sino también con la zona del cuerpo donde fue provocada la lesión. No resultando un dato menor que el certificado del Médico Policial determinó que existía riesgo de vida de la víctima», valoró el juez en su resolución.

Por otra parte, destacó que el homicidio «no se concretó porque N. fue rápidamente asistida y trasladada al hospital local donde fue sometida a cirugía».

Para dictar la prisión preventiva el juez hizo lugar a los argumentos del fiscal Garrido y valoró: que no procedería la libertad condicional en caso de recaer condena, atento la escala penal prevista para el delito; el grado de presunción de culpabilidad y «fundamentalmente la conducta posterior al delito, en cuanto al intento de fuga», pues la imputada recién pudo ser ubicada y detenida cuatro días después del hecho. Esto «permite concluir que ante el reproche que pesa sobre ella, la actitud no será distinta».

También valoró como riesgo procesal que Quintana «no tiene familia a cargo ni domicilio fijo» y que registra otras causas penales en trámite, siendo ese otro fundamento sobre el peligro de fuga «ante una expectativa de condena que impida a la nombrada acceder al beneficio de la libertad condicional».

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Aceptó haber matado a Daniel Alberto Chanqueo e irá 10 años a prisión

Fue detenido en Bariloche el año pasado. El hecho ocurrió el 25 de diciembre de 2023 en la zona norte de Roca.

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El Ministerio Público Fiscal y la defensa particular del imputado, contando con la conformidad de la familia de Daniel Alberto Chanqueo, solicitaron que el acusado fuera condenado a la pena de 10 años y 8 meses de prisión por el delito de homicidio.

La Fiscalía describió que «el 25 de diciembre de 2023, alrededor de las 21.30 en la esquina de Las Camelias y Los Claveles, la víctima fue sorprendida por el imputado que le disparó con un arma de fuego con la finalidad de causarle la muerte y luego huyó del lugar a bordo de una moto, junto a un sujeto aún no identificado».

«Daniel Alberto Chanqueo fue trasladado por un vecino al Hospital local, donde se produjo su fallecimiento producto del ataque», explicó la fiscal.

En la audiencia, el Tribunal Colegiado interviniente consultó al imputado y éste reconoció haber cometido el hecho y ser autor de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, según los Artículos 45, 79 y 41 bis del Código Penal.

Entre la prueba mencionada por la Fiscalía, se encuentran testimonios de testigos presenciales, de las personas que se comunicaron con el 911 para alertar acerca de lo ocurrido, de los vecinos, y de allegados a la víctima.

Además la prueba documental, entre ella actas de allanamientos tanto en General Roca como en Bariloche, las tareas del Cuerpo de Investigación Judicial de la policía de Rio Negro que permitieron dar con el imputado, análisis de registros fílmicos, pericia armera/balística confeccionado por el Gabinete de Criminalística, informes de extracciones forense de información de los celulares por parte de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) organismo con sede en Viedma y perteneciente al Ministerio Público; la autopsia confeccionada por el Cuerpo de Investigación Forense, la historia clínica brindada por el hospital local acerca de las heridas sufridas por la víctima.

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Liberaron al imputado por el caso Teo Vázquez, que ahora seguirá controlado con tobillera electrónica

El joven de 20 años estaba detenido desde el día del hecho, ocurrido en enero del año pasado.

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Foto: Archivo.

Esta mañana (30/07), tras un pedido de la defensa particular del imputado por la muerte de Teo Samuel Vazquez, y contando con la acreditación de los extremos que la Fiscalía y la querella consideraron pertinentes, el juez interviniente resolvió otorgarle al joven la libertad con tobillera electrónica y estrictas medidas cautelares.

De esta manera, el proceso continúa su camino bajo la calificación legal de homicidio según los Artículos 45 y 79 del Código Penal. Mientras que se espera que la Corte Suprema resuelva si este legajo sea tramitado en el fuero federal junto a la causa de venta de medicamentos sin autorización.

Las medidas cautelares que el imputado debe cumplir son presentaciones dos veces por semana en sede fiscal, mantener el domicilio acreditado esta mañana en la audiencia, además prohibición de acercamiento a la familia de la víctima y a los testigos, y prohibición de salida del país.

El radio de la tobillera electrónica que el imputado llevará puesta a partir de hoy (30/07) indica los límites de la ciudad de General Roca.

Durante la audiencia el juez le advirtió al joven que si no cumple con lo establecido, la acusación, tanto fiscalía como querella, tienen la posibilidad de pedir una audiencia y solicitar otro tipo de medidas más gravosas.

Por su parte, el equipo fiscal enfatizó que «a esta parte como a la querella le interesa de sobremanera asegurar los fines del proceso y sabemos que el imputado tiene un arraigo débil, el peligro de fuga sigue vigente y por eso insistimos en la colocación del dispositivo electrónico y en las medidas cautelares».

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Un taxista habría intentado secuestrar a un niño

La víctima alertó a una vecina que pasaba por el lugar, que lo puso a resguardo y dio rápido aviso a la Policía.

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Familiares de un niño denunciaron que un taxista quiso secuestrarlo. El hecho ocurrió el lunes (28/07) por la mañana en inmediaciones de la Escuela N° 290, donde asiste la víctima. La intervención de una vecina fue fundamental para poner a resguardo al niño.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR), la víctima caminaba hacia su establecimiento educativo cuando alertó a una mujer que transitaba en auto y le dijo que el conductor de un móvil de la empresa Taxi del Comahue lo quería secuestrar. Allí se subió al vehículo y la señora llegó a tomar los datos del taxi.

Tras dar aviso a la Policía, un patrullero de la Comisaría 21° pudo localizar al acusado, el cual fue demorado.

Ayer (29/07), se llevó adelante una audiencia de control de detención y de aplicación de medidas cautelares contra el acusado. De esta manera, quedó establecido que mientras avanza la investigación y se concretan las instancias necesarias en el legajo, el hombre no puede acercarse al establecimiento educativo, ni a su domicilio, ni donde la víctima se encuentre -rige una prohibición de acercamiento-.

No obstante, por el momento, el sujeto quedó en libertad. En el caso interviene la fiscal Jessica González.

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