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Se abre paso la digitalización de expedientes laborales

Apuntan a optimizar la tarea de los Tribunales y de los abogados que intervienen en cada caso, permitiendo que todos puedan consultar el legajo a través del sistema informático del Poder Judicial.

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El juez del Superior Tribunal de Justicia Dr. Sergio Barotto se reunió con los seis magistrados de la Cámara del Trabajo de Roca para avanzar hacia la digitalización de expedientes laborales, una modalidad de trabajo que ya comenzó a implementarse con positivos resultados en Viedma. Los jueces Walter Peña, Paula Bisogni, Silvana Gabriela Gadano, Edgardo Albrieu, José Luis Rodríguez y María del Carmen Vicente participaron el pasado viernes de la reunión de trabajo en la que Barotto expuso los alcances y objetivos de la reciente Acordada 05/17 del Superior Tribunal de Justicia, mediante la cual se aprobó la digitalización en formato PDF de todos los expedientes que tramitan ante la Cámara del Trabajo de Viedma.

«El objetivo fue trasladarles esta inquietud del Superior Tribunal, para que los magistrados del fuero Laboral de la Segunda Circunscripción comiencen a familiarizarse con esta herramienta novedosa que está dando muy buenos resultados. Es por eso que propusimos que un grupo de jueces, secretarias y empleados de la Cámara Laboral de Roca viaje a Viedma para ver en tiempo real cómo funciona el sistema de digitalización», señaló Barotto al finalizar el encuentro.

En su carácter de presidente del Comité de Informatización de la Gestión Judicial, Barotto impulsó ante el STJ la iniciativa de ampliar el modelo de Viedma a otros organismos, propuesta que quedó plasmada en el último Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia. Allí se invita y recomienda a los jueces del Trabajo del resto de la provincia comenzar a interiorizarse sobre esta práctica, con miras a una próxima incorporación al sistema.

Cómo funciona

La digitalización de los expedientes laborales apunta a optimizar la tarea de los Tribunales y de los abogados que intervienen en cada caso, permitiendo que todos puedan consultar el legajo al mismo tiempo a través del sistema informático del Poder Judicial, al que cada uno ingresa con su nombre de usuario y contraseña. Esa posibilidad de acceder simultáneamente a la causa queda materialmente vedada cuando se trata de un expediente en el tradicional soporte de papel, y ello se traduce en posibles demoras innecesarias para su tramitación.

Con la digitalización, cada escrito de relevancia que se presenta para incorporar al expediente es inmediatamente escaneado, convertido al formato PDF y cargado a la página web, por lo que se va integrando con cada presentación una copia fiel del legajo de papel, en su versión digital.

«No sólo permite simplificar y agilizar la consulta de los magistrados y abogados sino que además reduce los tiempos de espera en la mesa de entradas del Tribunal, porque las piezas procesales más importantes de la causa están disponibles en la página web», señaló Barotto.

Con la Acordada 05/17 el STJ autorizó a la Cámara del Trabajo de Viedma a implementar de manera gradual y definitiva la digitalización de todos sus expedientes, tarea que ese Tribunal venía desarrollando a modo de prueba piloto desde febrero de 2016.

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Homicidio de Marisa Coliman: Prisión perpetua para el autor

Nicolás Ezequiel Medina había sido declarado culpable por un jurado popular en septiembre pasado.

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El autor del homicidio de Marisa Coliman, ocurrido en Luís Beltran, fue condenado ayer (29/10) a la pena de prisión perpetua. El juez de juicio Alejandro Pellizzon leyó la sentencia, que es derivada del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular en septiembre pasado.

Nicolás Ezequiel Medina comenzará a cumplir la pena cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto permanece en prisión preventiva por el riesgo procesal de fuga.

El hombre fue condenado como autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento. Respecto ataque contra el hijo de Marisa también fue condenado por el delito lesiones leves.

En la audiencia de cesura, realizada la semana pasada, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron la pena de prisión perpetua. La defensa del imputado aceptó el requerimiento.

El homicidio con ensañamiento ocurrió el 25 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.

El atacante le dio dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar una cerveza. En ese lapso intentó la atacó de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo hirió con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, escapó del lugar.

Durante Juicio por Jurados se presentaron 23 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y cámaras de seguridad. Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto de culpabilidad.

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Circulaba por la banquina, se le desprendió un carro y chocó un auto: Condenan la conducta imprudente

Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

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Un hombre transitaba en su Renault 12 por el acceso a Luis Beltrán junto a su esposa y su hijo. En una recta de la Ruta Provincial Nº 7, el auto fue embestido por un carretón que se soltó de una camioneta. La Ford F-100 circulaba por la banquina derecha, en el mismo sentido que el auto. Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios iniciada por el hombre. La acción se presentó después de que el conductor de la camioneta incumpliera sus promesas de pago. La demanda incluyó a la aseguradora.

Durante el trámite judicial, el hombre declaró que utilizaba el Renault 12 para tareas cotidianas y para comprar mercadería para su comercio. Después del accidente, y ante la imposibilidad de adquirir otro vehículo, dejó la actividad comercial. Por esta razón, comenzó a trabajar como albañil.

El conductor de la camioneta negó su responsabilidad. Alegó que el carro se encontraba detenido sobre la banquina y atribuyó negligencia, impericia y exceso de velocidad al otro conductor. La aseguradora también rechazó la demanda, sosteniendo que el accidente fue responsabilidad exclusiva del demandante. Según su versión, colisionó de manera imprudente contra un carro inmóvil.

Como prueba, el hombre damnificado presentó un informe de la Comisaría 19°. Al día siguiente del accidente, el conductor de la camioneta ya había reconocido que el carro que remolcaba se desenganchó e impactó contra el Renault.

Una pericia accidentológica determinó que el siniestro ocurrió cuando el carro remolcado por la camioneta se soltó y cruzó hacia el carril contrario, donde impactó con el auto.

La jueza concluyó que la versión de los hechos presentada por el conductor del auto fue coherente, probada y verosímil, y que la responsabilidad del siniestro recayó exclusivamente en el demandado. Rechazó la defensa basada en culpa de la víctima y caso fortuito. Consideró que no existía prueba suficiente para demostrar una conducción negligente del hombre.

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La Justicia intervino por presunto caso de grooming en la ESRN 116

Una estudiante afirmó haber recibido comunicaciones inapropiadas por parte de un docente.

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Foto: Archivo.

La Fiscalía Nº 5 tomó intervención ante un posible caso de grooming que se habría registrado en la Escuela Secundaria Río Negro (ESRN) Nº 116, ubicada en el barrio Noroeste de General Roca. La denuncia fue de una estudiante hacia un docente.

Según informaron fuentes del Ministerio Público Fiscal (MPF), la investigación está en su etapa inicial y se analizarán los elementos recogidos para definir los pasos procesales a seguir. La comunidad educativa atraviesa un momento de profunda conmoción e incluso los estudiantes realizaron una sentada para manifestar su descontento con lo que describen como falta de respuestas institucionales, y para exigir asimismo que se active el protocolo de protección ante acoso digital.

La denuncia señala que el docente en cuestión habría enviado mensajes digitales inapropiados a una alumna del establecimiento. Ya se entregaron capturas de las conversaciones que la víctima mantuvo con el docente, y afirmaron que las autoridades de la escuela no actuaron cuando los hechos ocurrieron inicialmente.

El delito de grooming está tipificado en el Artículo 131 del Código Penal argentino, el cual establece una pena de 6 meses a 4 años de prisión para quien contacta a un menor vía medios digitales con fines sexuales.

La causa sigue su curso y la Fiscalía aguarda la designación de nuevas medidas de investigación en las próximas horas. Mientras tanto, la comunidad educativa permanece en alerta, reclamando protección y transparencia en el avance del proceso.

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