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Notificaciones electrónicas: Ya se libraron más de 25.000 cédulas digitales en Río Negro

La utilización del sistema por parte de todos los abogados matriculados de la provincia será obligatoria desde agosto.

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El sistema de notificaciones digitales diseñado por el Poder Judicial de Río Negro superó esta semana las 25.000 cédulas tramitadas y sigue incorporando como usuarios a los abogados matriculados de toda la provincia, de cara a la utilización obligatoria del servicio que está pautada para el 1 de agosto próximo.

Más de 300 cédulas libradas a los domicilios electrónicos de los abogados litigantes se sumaron en abril a las 24.700 notificaciones digitales que ya se habían diligenciado mediante las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial desde la implementación voluntaria del sistema. Junto con las cédulas electrónicas a los abogados también se remitió, en muchos casos, la documental adjunta en formato digital, evitándose el uso de documentos impresos.

Ya son 50 los organismos judiciales que están utilizando las cédulas electrónicas, incluidas las Cámaras Laborales y de Apelaciones en lo Civil y Comercial, los Juzgados Civiles de Primera Instancia y los Juzgados de Familia, así como también los Juzgados de Paz de varias ciudades. El próximo objetivo es afianzar, a partir de agosto, la incorporación del fuero Penal.

La utilización de cédulas digitales acorta notablemente el tiempo de gestión de los expedientes, reduce costos económicos y permite optimizar el trabajo en las Oficinas de Notificaciones del Poder Judicial, al tiempo que contribuye a la conservación ambiental por la importante disminución del uso de papel.

Según dispuso el Superior Tribunal de Justicia en la Acordada 2/17, a partir de agosto dejará de funcionar el sistema tradicional de notificaciones en papel, por lo que resulta necesario que los abogados y otros operadores judiciales que aún no están utilizando el servicio digital completen su trámite de inscripción y gestionen su nombre de usuario, clave y tarjeta de coordenadas, herramientas que les permitirán utilizar todas las prestaciones del programa. Ello resulta imprescindible porque a partir de esa fecha el Poder Judicial ya no diligenciará notificaciones en papel a los domicilios constituidos, como por ejemplo los estudios jurídicos de los abogados, quienes quedarán notificados de las providencias, resoluciones y/o sentencias a través del sistema informático, únicamente.

Hasta el momento, el sistema tiene más de 1.200 usuarios registrados, incluyendo organismos, funcionarios, empleados y cuerpos técnicos judiciales, abogados particulares y peritos.

El programa permite a los operadores externos elaborar sus cédulas y notificarse de los movimientos de sus expedientes desde cualquier computadora con acceso a Internet. La registración automática de cada movimiento permite, por su parte, al Poder Judicial llevar un control centralizado y de permanente auditoría sobre las notificaciones en toda la provincia. También los abogados, peritos o integrantes de Organismos Jurisdiccionales pueden hacer un seguimiento de las cédulas destinadas a domicilios reales, sabiendo con precisión la fecha, hora y operador que ha intervenido en la recepción y diligenciamiento de cada cédula y conociendo el resultado del trámite sin necesidad de que el papel haya sido incorporado al expediente.

Domicilios reales

La ley exige que algunas notificaciones -generalmente cruciales en un proceso- sean cursadas al domicilio real de la persona alcanzada por una determinada decisión judicial. A partir de la digitalización del sistema, esas cédulas deben elaborarse en la misma página web del Poder Judicial e imprimirse, para que la comunicación sea cursada a través de las Oficinas de Mandamientos. Para estos casos, el uso del sistema digital comenzó a ser obligatorio a partir de abril. De este modo, las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial sólo reciben las cédulas de papel generadas mediante el sistema oficial, que respetan un formato específico y que son identificadas con códigos de barra.

Estadísticas

Los juzgados de Familia y las Cámaras del Trabajo son, hasta ahora, los usuarios que más cédulas electrónicas han emitido a domicilios reales y a domicilios constituidos. El Juzgado de Familia N° 5 de Viedma había librado, al 24 de abril, más de 1.200 notificaciones digitales. Le siguen las dos secretarías de la Cámara del Trabajo de Cipolletti, su par de Viedma y los juzgados de Familia de Cipolletti, Roca y El Bolsón, con la emisión de entre 550 y 750 cédulas cada uno.

Los Juzgados de Familia de Roca, Viedma, Cipolletti y Bariloche son, por otra parte, los organismos con mayor cantidad de expedientes en los que se han utilizado este tipo de notificaciones por parte del propio tribunal o de los abogados que intervienen. También existen abogados particulares en la lista de principales usuarios del sistema, algunos de ellos con más de 600 cédulas electrónicas emitidas a través del sistema.

En tanto que la Oficina de Mandamientos de Roca lidera la lista de notificaciones a domicilios reales, con más de 6.000 cédulas tramitadas desde la implementación del sistema. Le siguen las Oficinas de Viedma, Cipolletti y Bariloche. En total, hasta el 24 de abril, se habían canalizado desde esos organismos más de 24.700 notificaciones digitales.

Los Juzgados de Paz también se están incorporando a los beneficios de la digitalización de cédulas, con unas 200 emisiones y una notable utilización del sistema por parte del Juzgado de Roca y Villa Regina.

udad

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Le robaron las cuatro ruedas mientras dormía y el seguro lo acusó de haberse autoasaltado

El hecho ocurrió mientras el hombre descansaba sin sus audífonos. La aseguradora rechazó el reclamo y lo responsabilizó por el robo.

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Un hombre sufrió el robo de las cuatro cubiertas de su auto mientras dormía. Debido a su cuadro de hipoacusia bilateral, no advirtió ningún tipo de ruido. Cuando despertó, se dio cuenta de lo ocurrido y realizó la denuncia policial. También se presentó ante el seguro del coche para solicitar la cobertura vigente.

La respuesta no fue la esperada: el seguro lo acusó de haberse robado él mismo las cubiertas. El hombre se vio en la obligación de explicar que no usa los audífonos mientras descansa y que no escuchó absolutamente nada. Además, informó que padece una afección lumbar, por lo que no está en condiciones físicas de retirar los neumáticos de un vehículo.

El hombre se sintió maltratado por el productor del seguro. Luego de intentos extrajudiciales fallidos, inició una demanda por daños y perjuicios. El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a abonar una indemnización. Los rubros a pagar incluyen daño directo, correspondiente al valor de las cubiertas, daño moral y privación de uso.

Durante el proceso se determinó que el contrato de seguro era válido y vigente al momento del robo. El juez tuvo por acreditada la denuncia del siniestro, basándose en la conducta de la aseguradora, que emitió una orden de compra coincidente con el reclamo. Consideró que esta actuación superaba la negativa genérica inicial de la empresa y constituía un reconocimiento tácito.

El fallo estableció que el hombre fue víctima del robo de las ruedas y que no pudo usar el vehículo desde entonces. Se concluyó que la aseguradora incumplió sus obligaciones contractuales al no abonar la indemnización dentro de los plazos legales.

Por su parte, la aseguradora reconoció la existencia de una póliza vigente, aunque negó haber recibido una denuncia formal del siniestro. Alegó que, de manera excepcional y sin admitir hechos ni derechos, emitió una orden de compra para reponer las ruedas, pero que fue rechazada por el asegurado y, por ello, anulada.

El juez explicó que las normas que regulan las relaciones de consumo, en este caso referidas a la contratación del seguro, deben aplicarse e interpretarse conforme con el principio de protección al consumidor. Además, recordó que los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe. Pesa sobre el proveedor, en este caso la aseguradora, un deber de información obligatoria.

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Buscan revertir la prisión perpetua por el crimen de Marisa Coliman en Luis Beltrán

El Ministerio Público Fiscal defendió el fallo y pidió que se confirme la prisión perpetua.

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En los Tribunales de General Roca, la Defensa Penal Pública presentó este jueves (18/12) sus agravios contra el agravante de ensañamiento aplicado en la condena por el homicidio de Marisa Coliman, ocurrido el 25 de julio de 2023 en la localidad de Luis Beltrán.

Cabe recordar que el imputado fue declarado culpable por unanimidad por un jurado popular el 12 de septiembre pasado y que, el 29 de octubre, fue condenado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por ensañamiento.

Durante la audiencia, el defensor penal público sostuvo que, a lo largo del debate, la acusación no logró probar los elementos esenciales del ensañamiento. En ese sentido, afirmó que tanto la Fiscalía como la querella habrían inducido al jurado a asociar la cantidad de heridas con dicha figura penal. «La Fiscalía no presentó prueba suficiente para sostener el ensañamiento y el hecho probado es distinto al hecho que se le imputó», remarcó el defensor.

Asimismo, argumentó que existió un «eslabón roto» entre el alegato acusatorio y la prueba producida en el juicio, al equiparar el número de lesiones con la intención de provocar un mayor sufrimiento. Según expresó, el ensañamiento requiere un dolo específico que, a su criterio, no fue acreditado, ya que el médico del Cuerpo de Investigación Forense ni otros testigos fueron consultados sobre el dolor que pudo haber experimentado la víctima.

Por estos motivos, la defensa solicitó que se admita el recurso de impugnación, se recalifique el hecho como homicidio simple y que el expediente sea remitido nuevamente al juez de Juicio para la fijación de una nueva pena acorde a esa calificación.

En respuesta, la representante del Ministerio Público Fiscal rechazó los planteos y defendió la actuación del jurado popular. Señaló que los integrantes del jurado fueron debidamente instruidos sobre el concepto de ensañamiento y que no existen motivos para suponer una interpretación errónea de la prueba. «El jurado es soberano y consideró acreditado el ensañamiento con base en la evidencia producida en el juicio», sostuvo.

La fiscal remarcó que la víctima fue atacada inicialmente en la cama, logró incorporarse herida e intentó pedir auxilio, lo que quedó reflejado en la escena dinámica del hecho. Indicó que se registraron 34 lesiones en dos sectores distintos de la vivienda, la mayoría en el cuello, además de heridas defensivas. También destacó el tiempo de sobrevida estimado por el médico forense, que habría sido de entre 2 y 5 minutos.

Por todo ello, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se confirme la sentencia condenatoria, entendiendo que el veredicto del jurado se ajustó a la prueba presentada durante el juicio. En la misma línea, la querella, en representación de los hijos de la víctima, adhirió plenamente a lo expuesto por la Fiscalía.

Finalmente, el Tribunal de Impugnación informó que dará a conocer su resolución dentro de los plazos previstos por la ley.

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Confirmaron la identidad del hombre hallado sin vida en el Canal Grande

El cuerpo ya fue entregado a la familia y la investigación continúa.

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El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial confirmó este mediodía (17/12) la identidad del cuerpo hallado el viernes pasado por la mañana en el Canal Grande de General Roca. Se trata de Jorge Roberto Candia, un hombre de 73 años, oriundo de la ciudad de Allen, cuyos restos ya fueron entregados a su familia para su sepultura.

Según se informó oficialmente, la identificación fue posible tras los análisis realizados por el Cuerpo de Investigación Forense, una vez concretada la autopsia. El procedimiento se había visto demorado durante aproximadamente 72 horas, debido al avanzado estado de descomposición del cuerpo, que llevaba varios días en el agua al momento del hallazgo.

El cuerpo fue encontrado alrededor de las 8 de la mañana del viernes (12/12), en el Canal Principal de Riego, en la zona de Gelonch y Kennedy, luego del aviso de vecinas y vecinos que transitaban por el sector. En el lugar trabajaron efectivos policiales, Bomberos Voluntarios y personal del Gabinete de Criminalística, quienes llevaron adelante las primeras diligencias.

Desde el Ministerio Público Fiscal aclararon que aún no se han informado las causas del fallecimiento, y que la investigación continúa en curso para determinar las circunstancias que derivaron en la muerte del hombre.

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