Río Negro
Proponen que las boletas y facturas tengan información sobre violencia de género
Proponen establecer la publicación obligatoria de información de ayuda, leyendas o frases con el objeto de informar, difundir y concientizar sobre las violencias de género en facturas de servicios.

El legislador de Juntos Somos Río Negro, Facundo López, junto con sus pares Marta Milesi, Graciela Valdebenito y Elsa Inchassendague, presentaron un proyecto de ley destinado a brindar mayor información y concientización respecto de la violencia de género. En este sentido, se propone establecer la publicación obligatoria de información de ayuda, leyendas o frases con el objeto de informar, promover, difundir y concientizar sobre las violencias de género, en boletas de servicios, facturas y recibos impresos que emitan con una periodicidad mínima mensual.
Deberían ser publicadas en facturas de las empresas de servicios públicos, sean públicas o privadas y aquellas adjudicatarias de concesiones de servicios públicos.
La información de ayuda deberá contener la mención de la línea telefónica gratuita con alcance nacional «144, Contención, Información, Asesoramiento para la prevención de las violencias de género”, páginas web, correos electrónicos y direcciones de los organismos públicos que asisten a las mujeres víctimas de violencias de género en nuestra Provincia. A su vez, el Consejo Provincial de la Mujer, a través del área especializada que designe, será responsable del seguimiento y fiscalización del cumplimiento de lo estipulado en la presente ley.
Por otra parte, se invita a los municipios de la Provincia a adoptar similar medida en sus respectivas jurisdicciones en los comprobantes de los impuestos y tasas municipales.
En los fundamentos de la iniciativa, se destaca que “la prevención debe comenzar en las primeras etapas de la vida, mediante la educación de los niños y niñas que promueva las relaciones de respeto y la igualdad de género” y remarcan que “para propiciar cambios duraderos, es importante que se promulguen leyes y se formulen políticas: que protejan a la mujer; que combatan la discriminación de la mujer; que fomenten la igualdad de género; y que ayuden a adoptar normas culturales más pacíficas”.
“A fin de afianzar estas normas y seguir promoviendo la lucha contra las violencias en todas sus formas y especialmente contra la mujer, es que hoy proponemos la presente ley, como un aporte más a la concientización, difusión y visualización de la problemática”, indicaron los autores de la iniciativa, al tiempo que remarcaron que “es nuestro deseo ampliar las herramientas que se encuentran para acceder a la información sobre lugares, servicios, centros de ayuda y líneas telefónicas donde pueden recurrir en caso de ser víctimas de este flagelo”, agrega el proyecto.
En este sentido, explicaron que se propone que “de una forma cotidiana y al alcance de todos los consumidores y usuarios de servicios de nuestra provincia y de una manera sencilla puedan acceder y tener disponible la información necesaria para reconocer el problema, pedir ayuda, conocer sus derechos, denunciar la vulneración de los mismos y recibir asistencia”.
“Debemos poner al alcance de las mujeres víctimas la línea telefónica 144 que funciona en todo el país, las 24 horas, los 365 días del año, único recurso gratuito, de alcance nacional, especializado en brindar información, contención y asesoramiento sobre situaciones de violencia contra las mujeres”, precisaron los legisladores.
En este marco destacaron que “la línea es única en muchos sentidos. En particular, porque es atendida por profesionales -mujeres y varones- especialmente capacitados con perspectiva de género y, en la gran mayoría de los casos, militancia en distintas organizaciones del movimiento de mujeres. ¿Qué implica este dato? Que la información, contención y asesoramiento que se brinda no solo se origina con una sólida formación académica, sino que se realiza a partir de la convicción de que cada mujer de Argentina tiene derecho a una vida libre de violencia y el Estado – sus tres poderes -, la responsabilidad primaria de garantizarlo”.
Judiciales
Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente
La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.
La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.
Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.
El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.
La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.
El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.
Judiciales
Tras la separación, tiene 72 horas para devolverle la camioneta a su ex pareja
Si no lo hace, la Policía podrá secuestrarla.

Después de separarse, una mujer de Cipolletti logró que el Poder Judicial le ordenara a su ex pareja devolverle la camioneta que él retuvo tras la ruptura. Se trata de una Toyota Hilux 4×4 cabina doble, que ella usaba para trabajar, trasladarse y llevar a sus hijos. Según denunció, al quedarse sin el vehículo tuvo que enfrentar deudas y dificultades para sostener su rutina diaria. El hombre tiene 72 horas para restituirla. Si no lo hace, la policía podrá secuestrarla.
La medida fue dictada por la Unidad Procesal de Familia Nº 11 de Cipolletti, en el contexto de una acción autosatisfactiva presentada por la mujer. Denunció que sufrió violencia económica durante y después de la convivencia, y que su ex pareja se quedó con bienes que estaban a su nombre, entre ellos el vehículo y un comercio.
El expediente incluyó un informe de dominio que acreditó que la camioneta estaba registrada a nombre de la mujer. Ella explicó que intentó recuperar el bien mediante una mediación previa, pero que no logró acuerdo. También relató que, tras la separación, quedó con deudas fiscales vinculadas al vehículo, y que su ausencia afectó su movilidad diaria y el cuidado de sus hijos.
El hombre se opuso a la restitución. Alegó que habían adquirido la camioneta durante la convivencia, con aportes de ambos, y que era su única herramienta de trabajo. Dijo que se hacía cargo de los hijos y que el retiro del vehículo lo colocaba en una situación de vulnerabilidad. También sostuvo que la mujer tenía otros automóviles a su disposición.
La jueza valoró que el vehículo era un bien registrable, y que su inscripción a nombre de la mujer demostraba la titularidad. Señaló que el hombre no promovió ninguna acción legal para reclamar participación en la propiedad del bien. Indicó que sus afirmaciones sobre los aportes económicos y la necesidad del vehículo no estaban respaldadas por pruebas.
La resolución se basó en el artículo 528 del Código Civil y Comercial, que regula la distribución de bienes al finalizar una unión convivencial. En estos casos, si no existe un pacto, cada bien permanece en el patrimonio de quien lo adquirió. El fallo subrayó que las partes nunca contrajeron matrimonio ni acordaron un régimen de distribución.
Por eso, el Poder Judicial consideró que la mujer fue desapoderada del vehículo y que correspondía restituírselo. Ordenó su devolución en un plazo de 72 horas. Si el hombre no cumple, se autoriza el secuestro inmediato del automotor.
La medida fue apelada, pero otro tribunal revisó y confirmó la sentencia. Se sostuvo en esta instancia que la resolución se basó en pruebas objetivas y que los argumentos del apelante no alcanzaban para modificarla.
Río Negro
Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial
Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.
En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.
Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.
Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.
Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.