Río Negro
Presentarán acción de amparo por la contaminación del río Colorado
Será contra el COIRCO y quien resulte responsable, con motivo del estado de contaminación alarmante de la cuenca.

La senadora nacional Magdalena Odarda (Frente Progresista CC ARI) anunció que presentará próximamente una acción de amparo en el marco del Art. 43 de la Constitución Nacional por la contaminación del río homónimo. La acción es contra el COIRCO -Comité Interjurisdiccional del río Colorado- y quien resulte responsable, con motivo del estado de contaminación alarmante de la cuenca, puesto en evidencia en estudios independientes que se llevaron a cabo en la última década.
El COIRCO es un organismo interjurisdiccional que comprende las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, Neuquén y Río Negro, las que comparten la cuenca. Creado en 1976, actualmente tiene atribuciones ambientales con el fin de preservar la cuenca y evitar procesos de contaminación.
El recurso de amparo se funda en dos ejes ambientales: la contaminación por efluentes e industrial y la salinización del río agravada por el acueducto que abastece a poblaciones de la provincia de La Pampa, el que provocaría la presencia de aluminio en el agua.
En la presentación de la acción judicial a la comunidad, en el Centro Cultural Municipal de Río Colorado, estuvieron presentes además de Odarda, el viceintendente de la localidad Eugenio Rodríguez Rey, los concejales de la Unión Cívica Radical Fabiana Bernuzzi y Francisco Grill, el secretario de Cultura del Municipio Leandro D´annunzzio, el concejal de Juntos Somos Río Negro Canale, el ex concejal Daniel Gasparini, los vecinos de la Asamblea por la Defensa del Agua de río Colorado y uno de sus referentes, Hector Baraboglia, el grupo Quinto Elemento, docentes y alumnos de las escuelas de nivel medio y vecinos de la ciudad. En el acto, la senadora rionegrina agradeció al intendente de la localidad, Gustavo San Román, quien se encontraba realizando gestiones en Buenos Aires junto a parte de su equipo.
Luego de analizarse los términos y alcance del amparo, el ex concejal Gasparini y Baraboglia, contaron su trabajo de investigación sobre la contaminación del río Colorado. Ante un salón colmado, la senadora junto con los abogados Liza Malaspina y Ernesto Montecino, desarrollaron su trabajo y pidieron que los vecinos acompañen con sus firmas en planillas que se van a distribuir en toda la localidad. La senadora también extendió su agradecimiento al presidente de la Cámara de Productores Víctor Pardo y referentes locales de la CC ARI.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





