Río Negro
Proponen traducir las sesiones legislativas en lenguaje de señas
La iniciativa de la legisladora Yauhar tiene como propósito garantizar el conocimiento de la tarea legislativa a las personas sordas e hipoacúsicas.

Ingresó en la Legislatura rionegrina un proyecto de resolución que propone que las sesiones se traduzcan en Lenguaje de Señas Argentina -LSA-, con el propósito de garantizar el conocimiento de la tarea legislativa a las personas sordas e hipoacúsicas.
La iniciativa es impulsada por la legisladora Soraya Yauhar (UCR), quien argumenta que “siendo esta legislatura el lugar donde se deben garantizar los derechos de todos los ciudadanos rionegrinos es que considero importante que nuestra tarea legislativa pueda llegar en forma directa a personas sordas e hipoacúsicas a través del lenguaje de señas. Para ello es necesario que las transmisiones de las sesiones legislativas sean traducidas a ese lenguaje”.
La L.S.A. es una lengua natural de expresión, configuración gesto-espacial y percepción visual, gracias a la cual las personas sordas e hipoacúsicas pueden establecer un canal de información básica para la relación con su entorno, es sin lugar a dudas su principal elemento de transmisión cultural.
A nivel nacional entre la normativa vigente se encuentra la Ley N° 24.204, cuya finalidad es que las empresas telefónicas provean un servicio de telefonía pública que permita a las personas hipoacúsicas o con impedimento del habla, hacer uso del mencionado servicio, en la misma forma la Ley N° 25.415 de creación del Programa Nacional de Hipoacusia y la Ley N° 26.522 que tiene por objeto regular los Servicios de Comunicación Audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina.
Siguiendo la línea, en el año 2008, nuestro país ratificó la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad -CDPD- a través de la Ley Nº 26.378 por la cual se reconoce la no discriminación, la participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad, la igualdad de oportunidades y la accesibilidad, entre otros principios tendientes al efectivo ejercicio de los Derechos Humanos y libertades.
La Legislatura de Río Negro también ha legislado en esta temática en diferentes ocasiones, la Ley D N° 2.826, de carácter obligatorio, que a partir de su promulgación en el año 1994 estableció que L.U.92 Canal 10 Radio Televisión Río Negro subtitule todas las noticias en sus panoramas informativos, a efectos de que las personas sordas o hipoacúsicas puedan tener conocimiento de las mismas.
Del mismo modo, la Ley D N° 3.164, cuyo objeto fue brindar un instrumento legal de protección y promoción de los derechos a todas las personas con discapacidades auditivas en el marco de la Ley Provincial N° 2055, así mismo, cabe indicar que en su articulado establece la adhesión a la Ley Nacional Nº 24.204.
Yauhar sostienen que “los mencionados avances en materia legislativa y la firme decisión de implementar políticas públicas tendientes a avanzar en la comunicación de las personas sordas e hipoacúsicas constituyen un escenario propicio para redoblar los esfuerzos y seguir mejorando la calidad del acceso a la información y comunicación”.
Río Negro
Río Negro refuerza la prevención ante un brote internacional de influenza
La variante demostró ser altamente contagiosa debido a mutaciones en su estructura, lo que ha generado una fuerte presión sobre los sistemas de salud en el Hemisferio Norte

Autoridades del Ministerio de Salud de Río Negro reforzaron su plan de acción para minimizar el impacto del brote de la variante K del virus Influenza A (H3N2) que se registra en países de Europa y Asia, y la detección de casos en el continente americano.
La variante demostró ser altamente contagiosa debido a mutaciones en su estructura, lo que ha generado una fuerte presión sobre los sistemas de salud en el Hemisferio Norte. Aunque estos brotes se dan en invierno en esa región, se intensifican las medidas preventivas en Río Negro con vistas a la próxima temporada de enfermedades respiratorias.
Ante esta situación, el Ministerio de Salud continúa reforzando la vigilancia epidemiológica, instruyendo a todos los hospitales y Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) a mantener una vigilancia exhaustiva de los casos de síndrome gripal y otras infecciones respiratorias agudas graves (IRAG) para la detección temprana y seguimiento de cualquier cambio en la circulación viral.
Además el sistema sanitario está ajustando los protocolos de atención para garantizar la disponibilidad de insumos y recursos humanos y responder ante un posible aumento de la demanda en los servicios de salud durante la temporada de verano.
Llamado urgente a la población
El Ministerio de Salud subraya que la vacunación anual sigue siendo la herramienta más eficaz y fundamental para proteger a la población, ya que reduce significativamente las posibilidades de desarrollar cuadros graves, hospitalización y muerte.
Además, ofrece protección cruzada contra otras cepas de influenza. Por ello, se reitera a los grupos de riesgo que deben priorizar la vacunación y respetar el esquema si aún no lo han hecho, en función de las indicaciones nacionales.
Los grupos prioritarios son: personal de salud, adultos mayores de 65 años, niños y niñas menores de 5 años, personas con enfermedades crónicas (respiratorias, cardíacas, diabetes, obesidad, inmunodeprimidos), embarazadas.
Medidas de prevención básicas reforzadas
Se insiste en la necesidad de incorporar hábitos de cuidado para frenar la propagación de todos los virus respiratorios:
- Higiene de manos: lavado frecuente con agua y jabón o uso de alcohol en gel.
- Ventilación: mantener los ambientes bien ventilados, abriendo ventanas y puertas de manera cruzada.
- Etiqueta de tos y estornudo: cubrirse la nariz y boca con el pliegue del codo al toser o estornudar.
- Aislamiento: evitar el contacto cercano con otras personas si se presentan síntomas de gripe.
La coordinadora Provincial de Epidemiología, Liliana Fonseca, explicó que «estamos actuando con anticipación y responsabilidad. La experiencia de los últimos años nos ha enseñado la importancia de la prevención. Monitoreamos de cerca la situación internacional y local para tomar decisiones oportunas».
«El mensaje a la comunidad es claro: la prevención empieza en casa, y para los grupos de riesgo, la vacuna no es opcional, es una prioridad para cuidar la vida de todos los rionegrinos», enfatizó.
Política
La Provincia fijó el receso administrativo del 2 al 31 de enero
Quedan exceptuados los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad.

El Gobierno de Río Negro dispuso el receso general de la Administración Pública Provincial desde el 2 y hasta el 31 de enero de 2026 inclusive, con el objetivo de ordenar el otorgamiento de licencias anuales, optimizar el funcionamiento del Estado y generar ahorros operativos durante el período de menor actividad administrativa.
La medida fue establecida mediante el Decreto 1085/2025, firmado por el gobernador Alberto Weretilneck. El receso alcanza a todas las áreas de la Administración Pública Provincial, estableciendo que las licencias anuales correspondientes al año en curso deberán tomarse de manera obligatoria durante ese período.
En los casos en que la cantidad de días de licencia supere el plazo del receso, el excedente podrá ser otorgado posteriormente, preferentemente hasta el 15 de marzo de 2026, según lo determine la autoridad de cada jurisdicción.
Quedan exceptuados del receso los organismos y dependencias que prestan servicios directos a la comunidad o que, por la naturaleza de sus funciones, no pueden interrumpir su actividad. En estos casos, los responsables de cada área dispondrán la modalidad de otorgamiento de licencias, garantizando la continuidad de los servicios esenciales.
Durante el receso administrativo se suspenderán los plazos legales administrativos, que se reiniciarán automáticamente al finalizar el período establecido, salvo en aquellos organismos que dispongan expresamente su excepción.
Judiciales
Una charla en la adolescencia le sembró dudas sobre su identidad: Años mas tarde confirmó su origen
Descubrió quién era su padre biológico y logró el reconocimiento judicial.

Desde su nacimiento, lo criaron su madre, la pareja de ella y sus abuelos maternos. Cuando era adolescente, una charla cambió el rumbo de su vida para siempre. El joven tuvo un encuentro con un hombre que le aseguró haber conocido a su madre. Le dijo que había mantenido una relación sentimental con ella. En esa conversación, mencionó que el vínculo ocurrió mucho tiempo atrás. Así, hablaron sobre la posibilidad de que fueran padre e hijo.
El joven accedió a las redes sociales en busca de familiares cercanos al hombre. Estableció contactos y descubrió que más personas sabían de su existencia. Aunque la duda quedó instalada, decidió continuar con su vida y no incomodar al hombre que lo había criado como a un hijo. Años después, su padre de crianza falleció y entonces decidió buscar a su verdadero padre.
Acudió al Poder Judicial y solicitó una acción de impugnación de estado y emplazamiento. Pidió ser desvinculado legalmente del hombre que lo había reconocido como hijo. También solicitó el reconocimiento de su vínculo filial con el hombre que había planteado la duda sobre su paternidad.
El estudio realizado por el Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro arrojó un resultado concluyente: se descartó la paternidad de su padre de crianza y se confirmó, con una certeza superior al 99,9999 %, que el otro hombre es su padre biológico.
Con base en esta prueba y conforme al principio de verdad biológica, el derecho a la identidad y la normativa vigente, el fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda.
La jueza valoró el derecho a la identidad del actor. «Este derecho es el presupuesto de la persona que se refiere a sus orígenes como ser humano y a su pertenencia, abarcando su nombre, filiación, nacionalidad, idioma, costumbres, cultura propia y demás elementos componentes de su propio ser: , dice el fallo.
La sentencia declaró impugnada la paternidad y estableció que el joven es hijo biológico del hombre. Además, autorizó el cambio de apellido, por lo que el joven adoptará el nuevo apellido de su padre. También se ordenó la rectificación de su partida de nacimiento y la emisión de un nuevo documento de identidad






