Río Negro
«Están destinando los recursos de todo el país sólo para los trenes de Buenos Aires»
Así se expresó la senadora nacional Magdalena Odarda en la audiencia pública por el regreso del Tren del Valle, que se llevó adelante el pasado viernes en Roca.
En el Concejo Deliberante de General Roca se desarrolló el pasado viernes la audiencia pública que busca promover la extensión del “Tren del Valle” hacia otras localidades de la región. El encuentro se desarrolló con la presencia de la senadora y presidente de la “Comisión Especial para la Recuperación Ferroviaria”, Magdalena Odarda, la diputada María Emilia Soria, la titular del Concejo Celia Graffigna, autoridades municipales, concejales de localidades de la región, legisladores provinciales y representantes de asociaciones civiles y sociales.
Cabe destacar que en la actualidad el recorrido del tren sólo une las ciudades de Cipolletti con Neuquén.
Al hacer uso de la palabra, Odarda agradeció a la presidente del Concejo Deliberante, a todos los concejales por haberse hecho presente, a la diputada Soria “con quien venimos trabajando desde hace tiempo para demostrarle al gobierno nacional que recuperar el tren es una necesidad, es realmente estratégico y no como se señala lamentablemente desde Nación que el tren de pasajeros no es estratégico para esta zona; ellos consideran que sí lo es para la ciudad de Buenos Aires o para la zona metropolitana. Están destinando los recursos de todo el país para los trenes en Buenos Aires”, sostuvo la parlamentaria.
Odarda agregó además que «pelear por la reactivación de los trenes es pelear por la inclusión social, las economías regionales y el desarrollo económico. Así como hay fondos para los trenes en el Plan Belgrano, tenemos que exigir recursos para la Patagonia”, insistió revelando que en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados se encuentra un pedido de ella y sus pares a través del cual solicitan que “se garanticen los recursos para la extensión del Tren del Valle, se trata de una partida de 18 millones de pesos con la cual se concretaría la extensión del Tren del Valle entre Senillosa y Chinchinales», precisó.
«En agosto de 2016 aprobamos en el Senado nuestro proyecto de ley para concretar la rehabilitación del servicio Estrella del Valle, entre Buenos Aires y Zapala, del Tren Arrayanes, entre Buenos Aires y Bariloche, y del Tren del Dique, entre Cipolletti y Barda del Medio», recordó la senadora durante la audiencia pública. «El oficialismo ha intentado frenar este proyecto en la Cámara baja y tampoco ha ejecutado los recursos en el presupuesto de este año para extender el Tren del Valle», afirmó la legisladora de la Cámara Alta.
Los demás oradores de la audiencia coincidieron en que “el tren es un medio alternativo de transporte, actuará positivamente en el descongestionamiento de las rutas y generará además beneficios económicos”.
Política
En Río Negro, la Ley de Ficha limpia es la más exigente del país
No pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos
En la última sesión de la Legislatura Rionegrina se aprobó, por mayoría, la iniciativa para garantizar que las personas condenadas por delitos dolosos con sentencia judicial en segunda instancia no puedan ser candidatas a cargos públicos electivos, ni ser designadas para ejercer cargos partidarios.
Se trata del proyecto más exigente de los aprobados a nivel nacional, lo que posiciona a Río Negro como ejemplo de transparencia electoral.
«Esta ley indica que no pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos», comentó el ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti, en declaraciones a Radio Nacional Viedma.
«Tratándose de delitos contra la administración pública, se le agrega un plus de 25 años más de inhabilitación para ejercer cargos partidarios, públicos-electivos, o ser funcionario público. Y en el resto de los delitos, por ejemplo el robo, se limita a la pena que establezca la sentencia, más diez años que se le agrega de sanción», agregó.
Gatti destacó que la norma, tal como fue aprobada, es el proyecto sancionado con mayor exigencia de todo el país «y fue sancionado por unanimidad, con excepción de los bloques vinculados al justicialismo».
El funcionario indicó, en este sentido, que quedan afuera aquellos delitos cometidos contra el honor, es decir las calumnias y las injurias que «porque el lenguaje político, sobre todo en las redes sociales, es lindante con lo que antes se consideraba como una injuria. No comparto esas formas de expresión, pero es cierto que las redes son un lugar donde estas cosas suceden de manera constante».
Judiciales
El STJ declaró abstracta la acción de amparo contra el Código Procesal Penal en Río Negro
Fue sancionada la Ley el pasado 18 de diciembre en la Legislatura.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró abstracta la acción de amparo presentada contra el tratamiento del proyecto de ley que sancionó el Código Procesal Constitucional. La decisión sostuvo que el objeto de la acción quedó sin efecto, ya que la Legislatura provincial abordó el tema en una sesión extraordinaria realizada el 18 de diciembre de 2024.
La acción, presentada por un grupo de ciudadanos el 17 de diciembre, planteaba que el proyecto imponía limitaciones a derechos fundamentales como la salud, el medio ambiente y el consumo, afectando además herramientas legales como el amparo colectivo. Sin embargo, el STJ destacó que no se acreditaron los requisitos indispensables para la procedencia de este tipo de acción, como la urgencia, la gravedad del daño o la inexistencia de otras vías legales para resolver la cuestión.
El dictamen del Procurador General también había considerado que la acción resultaba formalmente improcedente. Señaló que no se demostraba un obrar ilegal o arbitrario por parte de los poderes Ejecutivo o Legislativo, y que la cuestión estaba siendo tratada por el Poder Legislativo en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Además, subrayó que el juez que recibió el amparo, y luego lo remitió al STJ, omitió analizar detalladamente los requisitos formales de la acción, lo que habría permitido advertir la falta de fundamentos para su admisibilidad.
En esa línea, el STJ recordó que, según su doctrina y la de la Corte Suprema de la Nación, no corresponde conocer o resolver cuestiones que se vuelven abstractas, ni asumir competencias propias de otros poderes del Estado. Reiteró que las acciones de amparo exigen acreditar condiciones estrictas como urgencia y daño irreparable, lo que no se verificó en este caso.
Asimismo, enfatizó que el amparo no debe ser utilizado como un mecanismo para obstaculizar el ejercicio regular de las funciones legislativas. Finalmente, el fallo dispuso no imponer costas, considerando las particularidades del caso y las deficiencias en el planteo inicial.
Judiciales
A través de un fallo judicial, un niño podrá viajar a Chile con su abuela para participar de un torneo de fútbol
La Justicia requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.
Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti resolvió autorizar el viaje de un niño de 12 años a la República de Chile para participar en un torneo de fútbol infantojuvenil. La solicitud fue presentada por su madre, quien requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.
El fallo, dictado por el Juzgado de Familia N° 7, permitirá que el niño viaje acompañado de su abuela materna entre el 20 y el 31 de enero de 2025. Durante ese período, el menor participará en el evento deportivo en la ciudad de Angol y se alojará en un albergue local. Según la presentación judicial, esta actividad busca promover el desarrollo recreativo del niño y no incluye un cambio de residencia permanente.
En su resolución, el tribunal enfatizó el principio del interés superior del niño, previsto en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la legislación nacional vigente. Citó, además, disposiciones del Código Civil y Comercial que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores para la salida del país, salvo en casos excepcionales.
El fallo destacó que el progenitor del niño no ha mantenido contacto con él durante los últimos diez años y que su paradero es desconocido. Esta conducta, que fue calificada como abandono, no puede ser motivo para menoscabar los derechos del menor. Por ello, el juzgado decidió suplir el consentimiento paterno y autorizar la salida del país, en resguardo del interés superior del niño.
También se tomaron en cuenta pruebas testimoniales y el dictamen favorable de la Defensora de Menores, quien subrayó la importancia de priorizar el bienestar del niño. El fallo resaltó el derecho del menor al esparcimiento y la recreación, cuestión que se materializa en la participación de actividades deportivas.
La jueza dispuso que esta autorización no habilita una radicación definitiva en el extranjero. La mamá del niño, impulsó la acción judicial a través de abogados particulares con la suficiente antelación para poder coordinar la logística del viaje.