Judiciales
Solicitarán pena de cumplimiento efectivo para Rubén López
Así lo aseguraron desde el Ministerio Público Fiscal. En los próximos días se conocerá la condena para el ex legislador y actual secretario general del Sindicato de la Fruta de Río Negro y Neuquén.

El ex legislador provincial y actual secretario general del Sindicato de Obreros y Empacadores de la Fruta de Río Negro y Neuquén, fue declarado en la mañana de este lunes como responsable de los delitos de abuso sexual simple, lesiones leves y coacción. Como el juicio se realizó bajo la modalidad del nuevo proceso acusatorio, todavía no se conoce el monto de la pena, la cual será debatida en el juicio de cesura.
Por su parte, confirmaron que se iniciará una investigación por falso testimonio contra un testigo de la defensa.
La fiscal del caso, Eugenia Vallejos y el fiscal jefe, Santiago Marquez Gauna, se mostraron conformes con la resolución del Tribunal integrado por los jueces Pablo Repetto, Florencia Caruso y Laura Gonzalez Vitale. «A partir de ahora comenzaremos a trabajar en la segunda etapa del juicio, es decir en la cesura, pero como anticipamos en el control de acusación la pena que solicitaremos será de modalidad efectiva», adelantó Vallejos.
«Hemos demostrado que la víctima siempre dijo la verdad y que la defensa del acusado, por el contrario intentó desestimar los testigos de la acusación con declaraciones mendaces», agregó mientras tanto Marquez Gauna.
Respecto de la calidad de ex legislador provincial del acusado, el fiscal jefe recordó que «los ciudadanos de esta provincia somos todos iguales ante la Ley y esto es un hecho más que demuestra que este Ministerio Público y este Poder Judicial no hace diferencia de cualquier ciudadano de esta provincia, no importa el cargo función, nombre o apellido que tenga».
Por su parte, en cuanto a uno de las personas que declararon durante el juicio, el representante del Ministerio Público ordenó que se inicie una investigación por presunto falso testimonio.
Según la acusación de la Fiscalía, el 18 de octubre de 2016, el acusado abusó sexualmente de la joven empleada doméstica. El referente sindical la tomó por sorpresa y por la espalda y le realizó tocamientos en sus partes íntimas. Una vez producido el ataque sexual, el acusado tomó de las muñecas a la víctima produciéndole lesiones y la coaccionó manifestándole que él «tenía mucho poder» y que la iban a encontrar “con un tiro en la sierra”.
En el nuevo proceso penal vigente a partir de agosto pasado, la etapa de juicio se divide en dos: una primera donde se debate la responsabilidad de los imputados en el hecho y la segunda donde se determina el monto de la pena correspondiente. Justamente, la audiencia de cesura se realizará durante las próximas semanas y según se anticipó en la audiencia de control de acusación el Ministerio Público Fiscal solicitaría una pena de cumplimiento efectivo.
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Múltiples estafas por viajes al exterior: La acusada deberá continuar cumpliendo medidas cautelares
Entre ellas se encuentran el bloqueo de cuentas y presentarse en Fiscalía periódicamente.

En pos de que cese el delito y el posible provecho de la maniobra, el Ministerio Público Fiscal insistió en que Yolanda Livera, la mujer propietaria de la agencia Lola Tour y que está siendo investigada por presunta estafa por venta de viajes al exterior continúe cumpliendo con las medidas cautelares.
Los tres abogados querellantes, representando a cuatro de los denunciantes, adhirieron íntegramente a los términos fiscales.
Por su parte, el defensor penal público solicitó que se deje sin efecto el bloqueo de cuentas, así la mujer «puede seguir cumpliendo con los compromisos asumidos antes de la fecha mencionada por la Fiscalía. De otra manera, podrían aparecer nuevas denuncias porque ella no podrá cumplir con los viajes ya vendidos. Esto es sin inaugurar nuevas ventas».
La parte acusadora se opuso a dicha propuesta y el fiscal explicó que «hemos unificado hasta ahora 21 legajos, con diferentes víctimas y diversas modalidades de estafa, hechos que habrían ocurrido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 17 de octubre de este año».
Durante la audiencia, Livera, asistida por su defensor, declaró sobre la medida cautelar de bloqueo y congelamiento de las cuentas y las consecuencias que ello podría tener sobre clientes que tienen viajes a futuro.
Finalmente, la jueza resolvió que la mujer siga realizando presentaciones en la Fiscalía interviniente, que el bloqueo y congelamiento de cuentas bancarias, activos digitales, billeteras virtuales, opere hasta el 16 de febrero del año que viene.
En caso de que se verifique algún incumplimiento a las medidas, la Fiscalía podrá solicitar otra audiencia para pedir medidas mas gravosas y garantizar el adecuado avance de los legajos fiscales.
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Homicidio de Marisa Coliman: Prisión perpetua para el autor
Nicolás Ezequiel Medina había sido declarado culpable por un jurado popular en septiembre pasado.

El autor del homicidio de Marisa Coliman, ocurrido en Luís Beltran, fue condenado ayer (29/10) a la pena de prisión perpetua. El juez de juicio Alejandro Pellizzon leyó la sentencia, que es derivada del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular en septiembre pasado.
Nicolás Ezequiel Medina comenzará a cumplir la pena cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto permanece en prisión preventiva por el riesgo procesal de fuga.
El hombre fue condenado como autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento. Respecto ataque contra el hijo de Marisa también fue condenado por el delito lesiones leves.
En la audiencia de cesura, realizada la semana pasada, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron la pena de prisión perpetua. La defensa del imputado aceptó el requerimiento.
El homicidio con ensañamiento ocurrió el 25 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.
El atacante le dio dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar una cerveza. En ese lapso intentó la atacó de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo hirió con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, escapó del lugar.
Durante Juicio por Jurados se presentaron 23 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y cámaras de seguridad. Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto de culpabilidad.
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Circulaba por la banquina, se le desprendió un carro y chocó un auto: Condenan la conducta imprudente
Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

Un hombre transitaba en su Renault 12 por el acceso a Luis Beltrán junto a su esposa y su hijo. En una recta de la Ruta Provincial Nº 7, el auto fue embestido por un carretón que se soltó de una camioneta. La Ford F-100 circulaba por la banquina derecha, en el mismo sentido que el auto. Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.
El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios iniciada por el hombre. La acción se presentó después de que el conductor de la camioneta incumpliera sus promesas de pago. La demanda incluyó a la aseguradora.
Durante el trámite judicial, el hombre declaró que utilizaba el Renault 12 para tareas cotidianas y para comprar mercadería para su comercio. Después del accidente, y ante la imposibilidad de adquirir otro vehículo, dejó la actividad comercial. Por esta razón, comenzó a trabajar como albañil.
El conductor de la camioneta negó su responsabilidad. Alegó que el carro se encontraba detenido sobre la banquina y atribuyó negligencia, impericia y exceso de velocidad al otro conductor. La aseguradora también rechazó la demanda, sosteniendo que el accidente fue responsabilidad exclusiva del demandante. Según su versión, colisionó de manera imprudente contra un carro inmóvil.
Como prueba, el hombre damnificado presentó un informe de la Comisaría 19°. Al día siguiente del accidente, el conductor de la camioneta ya había reconocido que el carro que remolcaba se desenganchó e impactó contra el Renault.
Una pericia accidentológica determinó que el siniestro ocurrió cuando el carro remolcado por la camioneta se soltó y cruzó hacia el carril contrario, donde impactó con el auto.
La jueza concluyó que la versión de los hechos presentada por el conductor del auto fue coherente, probada y verosímil, y que la responsabilidad del siniestro recayó exclusivamente en el demandado. Rechazó la defensa basada en culpa de la víctima y caso fortuito. Consideró que no existía prueba suficiente para demostrar una conducción negligente del hombre.





