Judiciales
Una jueza, una fiscal, siete adjuntos y un forense juraron en Roca
Encabezó el acto el presidente del STJ, Enrique Mansilla.
El presidente del Superior Tribunal de Justicia, Enrique Mansilla, tomó juramento en la mañana del viernes, en Roca, a una jueza de Garantías del fuero Penal, a un médico forense que se suma al equipo de la Segunda Circunscripción y a ocho nuevos funcionarios de la Fiscalía y la Defensa Pública del fuero Civil.
Junto con Mansilla encabezaron el acto el juez delegado del STJ, Sergio Barotto; el Procurador General, Jorge Crespo, y la Defensora General, Rita Custet Llambi.
Ante un salón Auditorio colmado por autoridades y empleados judiciales, así como por familiares y allegados de los flamantes funcionarios, Mansilla aprovechó su primera visita institucional a Roca como presidente del STJ para fortalecer los lineamientos de la justicia compositiva y bregar por el máximo aprovechamiento de las vías de resolución pacífica de conflictos en los distintos fueros.
En el acto, María Eugenia Gadano asumió funciones como Jueza de Garantías, mientras que Teresa Giuffrida juró como Fiscal de Cámara y los abogados Fernando Pablo Bustamante, María Laura Rodriguez Palmieri, María Estela Ducca Prego, Lucía María Pellizari, Herman Oscar Schmidt, Natalia María Elisa Vidal y Cecilia Noemí Martinez asumieron en sus cargos como Defensores Adjuntos del Fuero Civil.
Por último, el Cuerpo de Investigación Forense de la Segunda Circunscripción incorporó al Dr. Ariel Horacio Bustos Díaz como Médico Forense.
Tiempos de conciliación y más acceso a Justicia
En sus palabras de bienvenida a los nuevos funcionarios judiciales, el juez Mansilla anticipó para su gestión como presidente del STJ su compromiso personal y el fortalecimiento de los llamados métodos pacíficos de resolución de conflictos, como la mediación y la conciliación, anhelando que dejen de considerarse «alternativos» y se consoliden como el camino más normal para resolver un proceso judicial mediante la participación de sus propios protagonistas.
«El Poder Judicial dejó de ser esa institución donde uno ingresaba con una demanda y, con el tiempo, salía con una sentencia. Hoy el Poder Judicial da muchas otras respuestas que se pueden ver, por ejemplo, en la Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos. A la mediación, la facilitación, la conciliación en los distintos fueros, deberíamos dejar de llamarlas ‘métodos alternativos’ de resolución de un proceso. Deberíamos cambiar ese concepto. Lo normal debería ser que trabajemos, el Poder Judicial y las partes, en la construcción de una solución conjunta, donde la gente pueda ser partícipe de la resolución de su propio conflicto; y que lo residual, lo alternativo, lo anormal, en todo caso sea el juicio», sostuvo Mansilla.
En materia de acceso a Justicia, el presidente del STJ destacó la incorporación de siete defensores adjuntos al fuero Civil como reflejo de fortalecimiento de la Defensa Pública, la cual, consideró, «no ha sido bien visibilizada en estos años de la Reforma Procesal Penal, donde se ha puesto el foco en el Ministerio Público Fiscal». «Ahora la Defensa tiene el compromiso de fortalecimiento que se ve en estas designaciones y en la determinación de intensificar el trabajo en los métodos ‘alternativos’ de resolución de conflictos», destacó Mansilla.
Al igual que el juez Barotto, el presidente del STJ coincidió con el Procurador Crespo en sus consideraciones sobre la importancia de la Defensa Pública Civil. «Es el primer contacto con el ciudadano que tiene un problema, donde se le brinda atención y contención”, por lo que se convierte en la vía de entrada «para garantizar el acceso al servicio de justicia a las personas que se encuentran en concretas situaciones de vulnerabilidad», sostuvo el Procurador.
Judiciales
Formularon cargos a los dos imputados por robos armados y una balacera contra efectivos policiales
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del miércoles (21/01) y terminaron con una persecución y disparos contra los uniformados.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra dos personas por los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego, portación ilegal de arma y atentado contra la autoridad, en el marco de dos hechos ocurridos durante la madrugada del miércoles (21/01) en General Roca.
Durante la audiencia realizada este jueves (22/01), la fiscal de feria relató que el primer episodio se registró alrededor de la 1.10 en la intersección de Gelonch y San Juan. Allí, los imputados, que circulaban a bordo de una motocicleta, interceptaron a un joven que se encontraba junto a tres amigos.
Exhibiendo un arma de fuego tipo revólver, exigieron la entrega de una motocicleta Honda XR 150 cc. Tras un forcejeo, los agresores se dieron a la fuga sin lograr llevarse el rodado, aunque sí sustrajeron un bolso que contenía botines, camisetas, pantalones de fútbol y una bandera.
Minutos más tarde se produjo el segundo hecho, a la vera del Canal Grande, en calle Gelonch entre Rosario de Santa Fe y Aníbal Troilo. En ese lugar, los imputados interceptaron a dos jóvenes, a quienes apuntaron con el arma y les exigieron la entrega de sus pertenencias, efectuando incluso un disparo al suelo.
Al advertir la presencia policial, intentaron huir en la motocicleta, pero cayeron al suelo y, según se detalló, realizaron al menos 6 disparos contra los efectivos. Tras una breve persecución, ambos fueron reducidos y detenidos por los uniformados.
La calificación legal presentada por la Fiscalía fue la de robo agravado por el uso de arma de fuego, en concurso y en carácter de coautores por el primer hecho, y robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en concurso real con atentado a la autoridad agravado por el uso de arma de fuego, por el segundo episodio. A uno de los imputados se le sumó además la acusación de portación ilegal de arma de fuego de uso civil.
La jueza de Garantías dio por formulados los cargos y habilitó la etapa penal preparatoria por un plazo de cuatro meses. A pedido del Ministerio Público Fiscal, se dispuso la prisión preventiva hasta el mes de mayo, al considerar la existencia de riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Judiciales
Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga
El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.
Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.
El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.
Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.
Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.
El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.
Judiciales
La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre
La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.
Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.
En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.
En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.
«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.






