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Judiciales

El Poder Judicial de Río Negro cuenta con 8 ciudades interconectadas con puntos de Videoconferencia

El nuevo Código Procesal Penal permite la realización de audiencias ante magistrados que no se encuentran físicamente en la sala.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) y la Procuración General, en una decisión conjunta, resolvieron terminar de conectar la provincia con equipos de Videoconferencia. En total se encuentran operativos 14 equipos. Los últimos 4 habían sido destinados inicialmente a la Procuración, pero el Procurador Jorge Crespo acordó con los jueces del STJ su redistribución en otras ciudades para aumentar la intercomunicación. Se sumaron El Bolsón, Villa Regina y Catriel.

No muchas provincias disponen de una red de estas características

En la actualidad hay 8 ciudades con Videoconferencia y 14 equipos en total. Ayer se sumó Catriel, oportunidad en que la Gerencia de Sistemas informó que el equipo funcionó correctamente ya que la Delegación Informática pudo contactar al proveedor de Internet de Catriel y lograron mejorar notablemente la conectividad del lugar.

En Viedma hay tres equipos: uno en el Auditórium, otro en la Procuración General y un equipo móvil en la Oficina Judicial.

En Roca hay dos equipos: uno en el Auditórium y un equipo móvil en la Oficina Judicial.

En Cipolletti funcionan otros dos: uno para las salas de audiencias (Sala 1, 4 y 5 y Escuela de Capacitación) y un equipo móvil en la Oficina Judicial.

En Choele Choel hay dos equipos: uno para la sala de audiencias penal y otro para la sala del STJ.

En Villa Regina funciona uno para la sala de audiencias penal.

En Catriel funciona un equipo en la Sala de Usos Múltiples.

En Bariloche hay dos equipos: uno en el Auditórium y un equipo móvil en la Oficina Judicial.

En El Bolsón hay un equipo en la sala de reuniones del Juzgado Civil.

El nuevo Código Procesal Penal permite la realización de audiencias ante magistrados que no se encuentran físicamente en la sala pero que interactúan a través del sistema de Videoconferencia, gracias a la tecnología que el Poder Judicial de Río Negro incorporó recientemente.

La modalidad de audiencias a través de Videoconferencia se está afianzando a medida que transcurren los meses del nuevo Código Procesal Penal, vigente desde el 1 de agosto de 2017. El Tribunal de Impugnación, con sede física en Viedma, se encuentra realizando varias audiencias en las distintas circunscripciones con el apoyo de la Oficina Judicial.

En Cipolletti, por ejemplo, también se llevaron adelante audiencias con organismos judiciales de Puerto Madryn, con la provincia de Buenos Aires y con Salta. Recientemente una magistrada cipoleña participó de un juicio en Bariloche mediante esta modalidad, lo que aporta celeridad y significa un importante ahorro en gastos de traslados y estadía. En Roca también se realizan audiencias con Choele Choel y Villa Regina.

En la región cordillerana, por ejemplo, una audiencia penal que tenga participación de ciudadanos de El Bolsón y Bariloche podrá hacerse por Videoconferencia grabando siempre desde Bariloche. Lo mismo entre Cipolletti y Catriel o incluso entre Viedma y El Bolsón, Villa Regina o Catriel.

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Judiciales

El dueño de AZ Construcciones sumó una nueva condena

Una familia rionegrina usó todos sus ahorros para comprar una casa, pero la obra nunca empezó.

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Una pareja de San Antonio suscribió un contrato con la empresa AZ Construcciones, con sede en Viedma, para la adquisición de una vivienda prefabricada para instalar en el Puerto. Entregaron el anticipo y pagaron la primera cuota, como estipulaba el contrato, pero la obra nunca comenzó.

Los planos de la casa contaban con un dormitorio y 30 metros cuadrados. Para afrontar la compra de la vivienda, utilizaron la totalidad de sus ahorros familiares. Según la cláusula cuarta del contrato, “el vendedor debía entregar la vivienda a los 90 días de haberse abonado la totalidad del anticipo y terminado el contrapiso correspondiente”. Sin embargo, nada de esto ocurrió.

Los representantes de la empresa jamás se presentaron a realizar el contrapiso ni respondieron a sus llamadas. A ello se sumó que la contadora de la empresa les informó que «no estaban incorporados al sistema de cobro». Por esta razón, dejaron de abonar las cuotas y presentaron una denuncia ante Defensa del Consumidor, aunque solo obtuvieron evasivas y excusas por parte del demandado.

Al momento de firmar el contrato, no fueron informados de forma clara y precisa sobre su contenido, ni sobre las cláusulas predispuestas abusivas. En ese sentido, denunciaron infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor por parte del demandado, relacionadas con el deber de información y el trato digno pero no obtuvieron respuestas. Decidieron realizar la demanda civil.

La jueza civil en su fallo concluyó con que «los actores cumplieron con su parte del contrato, ya que pagaron las sumas acordadas en concepto de anticipo y la primera cuota del saldo. Pese a ello, luego de reclamar al demandado la entrega de la vivienda objeto del contrato, no obtuvieron respuesta».

La magistrada consideró como prueba la denuncia y el inicio del reclamo ante el Departamento de Defensa del Consumidor de la ART Río Negro. También tuvo en cuenta que el demandado se encuentra detenido, con prisión preventiva, por hechos similares. Según consta, se le imputó el delito de estafa por vender y no entregar viviendas prefabricadas.

Agregó la magistrada que «tengo en cuenta que se han acreditado múltiples denuncias y que ha sido condenado civilmente en distintas causas judiciales, tanto en esta circunscripción judicial como en la Segunda y Tercera, en su calidad de titular de la empresa AZ Construcciones. Asimismo, se lo ha imputado y detenido por la comisión del delito de estafas bajo la misma modalidad de incumplimientos».

Finalmente, la jueza condenó a Néstor Fabián Jaramillo a abonarles la suma total de $4.449.785,47. Esta cifra se compone de $605.321,47 por la devolución del dinero pagado más intereses, $1.422.232 para cada uno de los actores en concepto de daño moral, y $1.000.000 de por daño punitivo.

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Judiciales

Imputaron a un sujeto acusado de asesinar a su amigo en J.J. Gómez

Le dictaron prisión preventiva mientras continúa la investigación.

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El equipo fiscal de turno de General Roca formuló cargos a un hombre de 37 años por el homicidio de Nazareno Cristóbal Aedo, hecho que ocurrió el miércoles (20/11) a la madrugada en J.J. Gómez.

Según la acusación fiscal, «los dos hombres se encontraban reunidos en el domicilio de calle Pública al 1900, cuando el imputado habría disparado sobre el cuerpo de la víctima con la intención de causarle la muerte».

«La herida le habría producido un trauma de cráneo con orificio de entrada en la región parietal derecha, sin orificio de salida. Luego, el imputado habría ocultado el arma de fuego calibre 32, proyectiles, el teléfono celular que sería de la víctima y el propio, estupefacientes y envases de cerveza recién consumidos, elementos que fueron encontrados mediante un posterior rastrillaje en inmediaciones del lugar», agregó la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio para sostener la imputación de «homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego», el Ministerio Público Fiscal presentó el acta de procedimiento policial de la Comisaría 47, los resultados del rastrillaje concretado, entrevistas varias, el acta de defunción de la víctima.

«Restan por recepcionar el informe de la autopsia, que se está concretando mientras hacemos la audiencia, el barrido de las muestras que se obtuvieron tanto en el imputado como en la víctima, realizar más entrevistas, entre otra prueba», explicó la fiscal del caso.

El Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva del hombre teniendo presente los peligros procesales de entorpecimiento al accionar de la justicia y la posibilidad de que se de a la fuga. «No hay evidencia de que había una tercera persona en el domicilio donde se encontraban la víctima fatal y el imputado», agregó la fiscal.

Por su parte, la defensa penal pública se opuso al pedido de preventiva, explicando que «nuestro asistido no cuenta con los medios para fugarse, tiene arraigo, y tenemos presente que varios testigos dijeron no haber escuchado nada inusual».

«Asimismo, él dio una versión de los hechos, que es diferente a la teoría del caso de la fiscalía, y sumamos que no cuenta con ningún tipo de antecedente penal. Por ello, solicitamos una medida menos gravosa, como presentaciones personales en comisaría, o la colocación de un dispositivo electrónico», explicó la defensora.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y resolvió que el hombre continúe detenido por el plazo de un mes y determinó que la investigación penal preparatoria se extienda por cuatro meses.

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Judiciales

Imputaron a conocido médico roquense acusado de abuso sexual con acceso carnal

El hecho habría ocurrido en junio de este año en el consultorio del profesional, ubicado en barrio Los Olmos.

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Esta mañana (22/11), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un conocido médico roquense de 75 años por delitos que habría cometido en junio de este año contra la integridad sexual de una mujer.

La Fiscalía, con la adhesión de la querella, explicó que «el hecho habría ocurrido durante la tarde, cuando la víctima habría acudido a la consulta por ser el imputado su médico clínico, con el fin de solicitarle una receta de medicamentos. Fue en ese marco, que el hombre habría abusado de la mujer, situación que la víctima no pudo consentir libremente», mencionó la Fiscalía.

El consultorio del acusado está ubicado en su propia vivienda, en el barrio Los Olmos de General Roca.

Entre el sustento probatorio presentado para esta instancia se encuentra la denuncia y la entrevista realizada a la víctima, el informe de intervención de la Oficina Atención a la Víctima (OFAVI), documentación respaldatoria de la denuncia, informes solicitados por el Ministerio Público Fiscal a diversos organismos, una pericia social forense del Departamento de Servicio Social del Poder Judicial, entrevistas varias.

Así mismo se mencionó la pericia de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL), dependiente de Procuración General, el acta de la inspección ocular, croquis ilustrativo del lugar donde habrían sucedido los hechos que fue confeccionando por el Gabinete de Criminalística de General Roca, entre otra prueba.

La defensa particular no presentó objeciones a la imputación realizada por la acusación.

Luego, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de abuso sexual con acceso carnal y se estableció como plazo de investigación penal preparatoria cuatro meses, restando realizar pericias por parte del Cuerpo de Investigación Forense.

Cabe mencionar que antes de iniciar la audiencia las partes plantearon cuestiones relativas a la publicidad del acto, y tras el acuerdo entre Fiscalía, querella y defensa particular, la jueza de Garantías interviniente determinó, en pos del resguardo de la intimidad de la víctima, que ni el nombre ni la imagen de la mujer sean publicados en los medios de comunicación.

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