Judiciales
Empujó a un alumno en plena clase y ahora deberá pagarle $5000
El hecho ocurrió en agosto del 2016 en un club de Roca.

Esta mañana la fiscal adjunta Rocío Guiñazú Alaniz y el asistente letrado Gastón Britos Rubiolo ambos de la Unidad Fiscal N° 5 formularon cargos contra un hombre por “lesiones culposas graves” (Arts. 45, 94 bis en función del Art. 90 del Código Penal). En ese marco, tras varias negociaciones el defensor oficial Gustavo Viecens solicitó la suspensión de juicio a prueba, beneficio aceptado por la Fiscalía y la querella.
Es así que el imputado deberá abonar al denunciante en concepto de reparación del daño ocasionado una suma de $5.000 pesos, en dos cuotas a partir de abril, y además pagar una multa de $1.000 pesos por el delito que se le imputa.
Asimismo la Fiscalía solicitó que el hombre cumpla durante un año con determinadas reglas de conducta, esto es: realizar trabajos comunitarios semanales en una organización no gubernamental, no cometer nuevos delitos, abstenerse de utilizar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, fijar residencia, entre otras.
Guiñazú Alaniz aclaró que “la propuesta es proporcional y razonable, como también el denunciante, progenitor de la víctima, presente en el recinto presta conformidad respecto de este acuerdo”.
El hecho, según la acusación fiscal, “ocurrió en agosto de 2016, aproximadamente a las 11.30 de la mañana, en el predio de un club social de General Roca. En esa oportunidad, el imputado previo llamarle la atención a uno de los alumnos que se encontraba peleando con otro alumno, en forma imprudente lo empujó con las dos manos, provocando su caída al suelo. Como consecuencia de ello el menor sufrió lesiones graves certificadas por el Cuerpo Médico Forense como ‘fractura completa de radio y fractura parcial de un hueso de la mano izquierda’”.
Por su parte, el juez de Garantías Maximiliano Camarda entendió que “la propuesta es ajustada a derecho razón por la cual se resuelve declarar razonable el monto ofrecido por la defensa y concederle el beneficio de la suspensión de juicio a prueba al imputado por el término de un año”.
Cabe mencionar que se trató de una audiencia multipropósito, cumpliendo con el principio de concentración establecido en el Art. 7 del Código Procesal Penal. Las partes acordaron en la misma jornada la suspensión de juicio a prueba, dando con ello cumplimiento al Art. 14 del Código Penal que prevee “la resolución del conflicto con el fin de contribuir a reestablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.
A propósito de esto, la fiscal jefe Graciela Echegaray dijo que “en ese sentido se destaca que la audiencia de formulación de cargos finaliza resolviendo el conflicto a través de la aplicación de un beneficio, consensuado por la fiscalía, la querella y la defensa. Siendo además que este instituto provee el cumplimiento de reglas de conducta por un año, tiempo incluso en que el damnificado puede comunicar su incumplimiento, con lo cual, verificado dicho incumplimiento, se inicia el trámite de continuar con la causa”.
“El beneplácito de esta fiscal es que en una audiencia, en tan corto plazo, siguiendo los principios del Art. 14 se den respuestas para las partes implicadas y el conflicto sea resuelto”, concluyó Echegaray.
Judiciales
Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén
Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.
La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.
El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.
Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.
De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.
Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.
Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.





