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Sociedad

Río Negro alcanza las 1900 hectáreas cultivadas con frutos secos

Este dato se desprende de un informe preliminar del Relevamiento Nacional de Frutos Secos que se llevó adelante en todo el país, durante el 2017.

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La actividad en la Provincia se desarrolla principalmente en el Valle Inferior donde hay implantadas 974 hectáreas, razón por la cual esta importante zona de producción será la sede de una nueva edición de la Fiesta de los Frutos Secos que comenzará mañana viernes a las 12,30 en Viedma.

La cosecha también se extiende a otras zonas como Valle Medio con 613 hectáreas en producción, Alto Valle con 311 y también se observa una menor presencia de cultivos en localidades como General Conesa y Río Colorado.

En la actualidad, Río Negro se posiciona junto con Mendoza, como una de las principales regiones productoras de nueces de nuevas variedades.

“Nuestra producción representa cerca del 11% de lo producido a nivel nacional y cuenta con productos de alta calidad para ingresar a los mercados más exigentes. Sin embargo, la mayor cantidad de nueces se venden dentro de la misma provincia, aunque existen casos de exportación”, explicó el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Alberto Diomedi.

Anualmente, la producción de frutos secos provincial, que incluye la cosecha de nueces, avellanas, almendras y nuez pecán, alcanza las 2.500 toneladas.

“Un dato a destacar es que Río Negro es la principal productora de avellanas a nivel país. El Valle Inferior concentran el 95% del cultivo nacional de este fruto seco”, señaló el Ministro.

En los últimos 15 años la superficie plantada se cuadruplicó en la zona debido a la buena rentabilidad del cultivo y el aumento de la demanda por parte de la industria, como chocolaterías, heladerías y panaderías, a lo que se suma el consumo en fresco en dietas saludables. En la Argentina prácticamente la totalidad de la producción de avellanas se descascara antes de su comercialización.

Con respecto al cultivo de almendras, a pesar de que tuvo un interesante crecimiento en estos últimos años, actualmente tiene una menor presencia provincial. Se cultivan 164 hectáreas concentradas principalmente en el Alto Valle, lo que representa sólo el 6% de la superficie nacional destinada al producto.

“Estos volúmenes de producción no representan a la totalidad de la superficie implantada, hay que entender que la provincia cuenta con plantaciones jóvenes que aún no alcanzan la plena producción. Por ese creemos que los frutos secos son un sector productivo que crecerá año a año”, agregó Diomedi.

Agregando valor a la producción primaria

El crecimiento sostenido de la actividad llevó al gobierno provincial a acompañar el pedido del Cluster de Frutos Secos de la Norpatagonia para instalar un centro de agregado de valor que permitiera aumentar la capacidad de procesado en la región.

Así nació el Centro de Servicios para Agregado de Valor SEPAV ubicado en la zona de El Juncal, a unos 10 km de Viedma y 16 km de San Javier, que esta temporada comenzará a ofrecer a los productores de frutos secos de la región, el descascarado y pelado mecánico de sus productos. El equipamiento se completa con un dosificador gravimétrico para fraccionar automáticamente desde 200 gramos a 5 kilos.

“El SEPAV dará importancia a la trazabilidad del fruto de cada productor. Y los servicios tendrán un costo que permitirá solventar la gestión del establecimiento, incluyendo la contratación de mano de obra y demás gastos”, explicó Diomedi.

Este Centro fue posible gracias a la afectación del inmueble por parte del Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI), el financiamiento aportado por el Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) y la ex UCAR (Unidad de Cambio Rural), sumado al aporte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro (MAGYP) y la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN). En total los fondos para la puesta en funcionamiento de este Centro superaron los 5 millones de pesos, que se ejecutaron a través del Cluster de Frutos Secos.

Hoy ya están en instalados la tamañadora de nueces, la línea de descascarado, los tanques de acero inoxidable para la elaboración de aceites y el dosificador gravimétrico, a la pesar de comenzar a ofrecer sus servicios a los productores.

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Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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