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Río Negro

Río Negro cuenta por primera vez con licencias de levadura propia para la producción de cerveza

La nueva tecnología es propiedad del CONICET y la UNCo y cuenta con la autorización de la Provincia.

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Se realizó en Bariloche el lanzamiento del proyecto “Cerveza Patagonia Salvaje”, llevado adelante en conjunto entre la Asociación de Cervecerías Artesanales de Bariloche y Zona Andina y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), con el acompañamiento del Gobierno de Río Negro.

En la oportunidad se presentaron las licencias de uso comercial de la levadura rionegrina “Eubayanus” y se hizo una entrega simbólica de las licencias a una decena de cervecerías de la ciudad lacustre.

La tecnología que hoy se licencia a las cervecerías artesanales es propiedad del CONICET y la UNCo y cuenta con la autorización de la Provincia de Río Negro, ya que se trata de un recurso genético bajo su dominio, otorgado en el marco de un convenio con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

El proyecto es una iniciativa sin antecedentes a nivel mundial, que se convertirá en un aporte significativo a la economía de la región.

“La actividad es un ícono de la región”

En ese marco, el Ministro Domingo expresó que se trata de “un excelente ejemplo de cómo las tecnologías pueden impactar en la producción de alimentos” y señaló que este caso “tiene mucha importancia, porque la actividad cervecera en Bariloche y toda la Zona Andina de la provincia se ha convertido en un ícono de la región”.

Más adelante, agregó que la entrega de las licencias comerciales de la levadura rionegrina “significa que puede ser utilizada en la producción de la cerveza”.

Asimismo, el ministro de Economía comentó que “más allá del acompañamiento del Estado, todo el desarrollo de la industria cervecera es el resultado del esfuerzo de los privados y eso también hay que destacarlo”.

“La cerveza regional se ha convertido en emblema y es muy buscada por los turistas. A partir de ahora le van a imprimir a una cerveza de excelente calidad un sello propio, como es el hecho de tener una levadura que fue desarrollada en Río Negro, la cual tiene todas las habilitaciones para poder usarse en la elaboración de cerveza, lo que le dará un valor agregado a la calidad de la bebida”, destacó.

“La levadura va a distinguir a la cerveza de Río Negro y la Patagonia respecto a las cervezas artesanales que puedan hacerse en otro lugar del país”, concluyó el funcionario provincial.

Licencias inéditas en la provincia

Las licencias de la levadura rionegrina son el resultado de una tecnología desarrollada por el Instituto Andino Patagónico de Tecnologías Biológicas y Geoambientales (IPATEC) del CONICET y la UNCo y habilitan, por primera vez, que un recurso renovable de la provincia de Río Negro se utilice para uso comercial.

Además, permitirán desarrollar y comercializar las primeras cervezas 100% argentinas con identidad regional y exclusivas.

La consolidación del proyecto “Cerveza Patagonia Salvaje” demuestra que es posible realizar un desarrollo sustentable de la mano de la ciencia, la tecnología y la innovación, lo que además propiciará un significativo impacto económico en la región.

La levadura “Eubayanus” fue hallada en los bosques patagónicos por el director de IPATEC, Diego Libkind, junto a su equipo de investigación.

Su hallazgo revolucionó la industria cervecera, ya que se trató de la madre de la levadura lager que hoy se utiliza para hacer casi el 95% de la cerveza a nivel mundial.

El IPATEC avanzó en el proceso de domesticación de la levadura para hacerla apta para fermentación en fábricas cerveceras, con el objeto de crear cervezas únicas en el mundo con identidad regional, es decir con insumos propios como el lúpulo patagónico, el agua de deshielo de glaciares patagónicos, la cebada y la estrella nacional: la levadura patagónica.

Luego de las palabras formales de los protagonistas, se hizo una entrega simbólica de las Licencias a las Cervecerías Awka, Bachmann, Berlina, Blest, Diuka, Duham, Konna, La Cruz, Madiba, Manush, Wesley.

Estuvieron presentes en la presentación el ministro de Economía de Río Negro, Agustín Domingo; el secretario de Planeamiento y Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, Jorge Aguado; el presidente de CONICET, Alejandro Ceccatto; el secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Producción, Hugo Josserme; la vicerrectora de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo), Adriana Caballero; el presidente de la Asociación de Cerveceros Artesanales de Bariloche y Zona Andina (ACAB), Guido Ferrari; funcionarios provinciales y municipales, legisladores, productores cerveceros, y referentes del circuito cervecero y la ciencia de San Carlos de Bariloche.

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Política

En Río Negro, la Ley de Ficha limpia es la más exigente del país

No pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos

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En la última sesión de la Legislatura Rionegrina se aprobó, por mayoría, la iniciativa para garantizar que las personas condenadas por delitos dolosos con sentencia judicial en segunda instancia no puedan ser candidatas a cargos públicos electivos, ni ser designadas para ejercer cargos partidarios.

Se trata del proyecto más exigente de los aprobados a nivel nacional, lo que posiciona a Río Negro como ejemplo de transparencia electoral.

«Esta ley indica que no pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos», comentó el ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti, en declaraciones a Radio Nacional Viedma.

«Tratándose de delitos contra la administración pública, se le agrega un plus de 25 años más de inhabilitación para ejercer cargos partidarios, públicos-electivos, o ser funcionario público. Y en el resto de los delitos, por ejemplo el robo, se limita a la pena que establezca la sentencia, más diez años que se le agrega de sanción», agregó.

Gatti destacó que la norma, tal como fue aprobada, es el proyecto sancionado con mayor exigencia de todo el país «y fue sancionado por unanimidad, con excepción de los bloques vinculados al justicialismo».

El funcionario indicó, en este sentido, que quedan afuera aquellos delitos cometidos contra el honor, es decir las calumnias y las injurias que «porque el lenguaje político, sobre todo en las redes sociales, es lindante con lo que antes se consideraba como una injuria. No comparto esas formas de expresión, pero es cierto que las redes son un lugar donde estas cosas suceden de manera constante».

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Judiciales

El STJ declaró abstracta la acción de amparo contra el Código Procesal Penal en Río Negro

Fue sancionada la Ley el pasado 18 de diciembre en la Legislatura.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró abstracta la acción de amparo presentada contra el tratamiento del proyecto de ley que sancionó el Código Procesal Constitucional. La decisión sostuvo que el objeto de la acción quedó sin efecto, ya que la Legislatura provincial abordó el tema en una sesión extraordinaria realizada el 18 de diciembre de 2024.

La acción, presentada por un grupo de ciudadanos el 17 de diciembre, planteaba que el proyecto imponía limitaciones a derechos fundamentales como la salud, el medio ambiente y el consumo, afectando además herramientas legales como el amparo colectivo. Sin embargo, el STJ destacó que no se acreditaron los requisitos indispensables para la procedencia de este tipo de acción, como la urgencia, la gravedad del daño o la inexistencia de otras vías legales para resolver la cuestión.

El dictamen del Procurador General también había considerado que la acción resultaba formalmente improcedente. Señaló que no se demostraba un obrar ilegal o arbitrario por parte de los poderes Ejecutivo o Legislativo, y que la cuestión estaba siendo tratada por el Poder Legislativo en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Además, subrayó que el juez que recibió el amparo, y luego lo remitió al STJ, omitió analizar detalladamente los requisitos formales de la acción, lo que habría permitido advertir la falta de fundamentos para su admisibilidad.

En esa línea, el STJ recordó que, según su doctrina y la de la Corte Suprema de la Nación, no corresponde conocer o resolver cuestiones que se vuelven abstractas, ni asumir competencias propias de otros poderes del Estado. Reiteró que las acciones de amparo exigen acreditar condiciones estrictas como urgencia y daño irreparable, lo que no se verificó en este caso.

Asimismo, enfatizó que el amparo no debe ser utilizado como un mecanismo para obstaculizar el ejercicio regular de las funciones legislativas. Finalmente, el fallo dispuso no imponer costas, considerando las particularidades del caso y las deficiencias en el planteo inicial.

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Judiciales

A través de un fallo judicial, un niño podrá viajar a Chile con su abuela para participar de un torneo de fútbol

La Justicia requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.

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Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti resolvió autorizar el viaje de un niño de 12 años a la República de Chile para participar en un torneo de fútbol infantojuvenil. La solicitud fue presentada por su madre, quien requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.

El fallo, dictado por el Juzgado de Familia N° 7, permitirá que el niño viaje acompañado de su abuela materna entre el 20 y el 31 de enero de 2025. Durante ese período, el menor participará en el evento deportivo en la ciudad de Angol y se alojará en un albergue local. Según la presentación judicial, esta actividad busca promover el desarrollo recreativo del niño y no incluye un cambio de residencia permanente.

En su resolución, el tribunal enfatizó el principio del interés superior del niño, previsto en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la legislación nacional vigente. Citó, además, disposiciones del Código Civil y Comercial que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores para la salida del país, salvo en casos excepcionales.

El fallo destacó que el progenitor del niño no ha mantenido contacto con él durante los últimos diez años y que su paradero es desconocido. Esta conducta, que fue calificada como abandono, no puede ser motivo para menoscabar los derechos del menor. Por ello, el juzgado decidió suplir el consentimiento paterno y autorizar la salida del país, en resguardo del interés superior del niño.

También se tomaron en cuenta pruebas testimoniales y el dictamen favorable de la Defensora de Menores, quien subrayó la importancia de priorizar el bienestar del niño. El fallo resaltó el derecho del menor al esparcimiento y la recreación, cuestión que se materializa en la participación de actividades deportivas.

La jueza dispuso que esta autorización no habilita una radicación definitiva en el extranjero. La mamá del niño, impulsó la acción judicial a través de abogados particulares con la suficiente antelación para poder coordinar la logística del viaje.

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