Sociedad
Rechazo absoluto de los gremios a la propuesta del gobierno
El Ejecutivo ofreció $1500 para las categorías más bajas.

En el marco de las negociaciones paritarias que se retomaron en este segundo semestre, el gobierno de Río Negro ofreció hoy (15/08) a los gremios estatales el pago de una suma fija de $1.500 con los salarios de octubre, noviembre y diciembre. Esta propuesta incluye los trabajadores nucleados en las leyes 1.844 y 1.904, docentes, policías e integrantes del Servicio Penitenciario Provincial.
La misma fue realizada en sendas reuniones realizadas con los gremios ATE y UPCN en el seno del Consejo de la Función Pública. A su vez con UnTER en el marco de la paritaria docente. Los tres, rechazaron sin dudar la oferta del Ejecutivo.
«Nuestra propuesta contempla darle continuidad a los incrementos salariales que ya se habían fijado oportunamente, pautados hasta los sueldos de septiembre. De esta manera ahora ofrecimos para octubre, noviembre y diciembre una suma fija de 1500 pesos», explicó el ministro de Gobierno, Luis Di Giácomo, luego de participar en la reunión junto a su par de Economía, Agustín Domingo y la secretaria de la Función Pública, Isabel Tipping, con los representantes de ATE y UPCN, Rodolfo Aguiar y Jorge Paniz, respectivamente.
«Para el gobierno lo importante es poder seguir, como lo ha hecho durante estos seis años de gestión, pagando los salarios en tiempo y forma. Debemos ser responsables y ofrecer lo que efectivamente podemos pagar», indicó.

Apenas finalizada la reunión de la Función Pública y conocido el ofrecimiento salarial del Poder Ejecutivo, ATE decidió convocar a un plenario de secretarios generales y anticipó su rechazo a la propuesta por resultar insuficiente y dejar a los salarios estatales por debajo de la inflación.
«Es una oferta de tres tristes tigres», la definió irónicamente el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, en relación a la imagen que ilustra los billetes de 500 pesos. «Tenemos un presidente que ha reconocido públicamente que la inflación llegará a los 30 puntos a fin de año. Esta oferta no se corresponde con las mediciones realizadas por todas las consultoras, aún por las allegadas al oficialismo. Necesitamos cerrar un acuerdo que asegure que el poder de compra de los ingresos no se vea afectado», indicó el dirigente.
«También se debe abordar una propuesta concreta de blanqueo salarial, pensar por primera vez en un bono de fin de año para todos los trabajadores y definir una cláusula de revisión. Este es uno de los años más complejos, si tenemos en cuenta los cambios bruscos que muestra la economía. No podemos equivocarnos», agregó Aguiar.
Por su parte, el secretario gremial de UPCN, Jorge Paniz, calificó como «vergonzosa» la propuesta del gobierno. «No podemos aceptar esa suma fija como aumento para el año. Los trabajadores seguimos financiando el desmanejo administrativo de este gobierno», agregó.
«A fines de agosto la inflación anual rondará el 25% y los trabajadores de esta Administración Pública recién completaremos un 12%», recordó.
«Ellos justifican diciendo que esa suma es un 25% de los salarios, pero los calculan sobre el sueldo que recibíamos en enero, lo que hace que el porcentaje que dicen ofrecer es en realidad muchísimo menos», concluyó Paniz.
Por su parte, el titular de UPCN, Juan Carlos Scalesi -otra vez estuvo ausente en la paritaria- expresó al respecto que «en el gremio seguimos analizando medidas de fuerza. Los trabajadores somos responsables con nuestra tarea y los servicios al ciudadano, pero este gobierno nos viene tomando el pelo desde hace rato a los trabajadores y no puede ser».
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.





