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Río Negro

YPF confirmó una inversión de U$S 550 millones en el área de Allen

Se firmó el convenio entre la empresa, la Provincia y el Municipio. La empresa entregará asfalto para reparaciones en espacios de uso público y aportará fondos para la construcción de una terminal de ómnibus.

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El gobierno de Río Negro, la empresa YPF y el Municipio de Allen firmaron hoy el contrato que prevé el plan de inversiones y actividades de la empresa para el período 2018/2022 en el área denominada “Fernández Oro”.

Se trata de una inversión superior a los U$S 500 millones de inversión, que traerá aparejada un aumento del 25% al 30% en la producción de gas y petróleo. El convenio fue suscripto hoy en Buenos Aires por el gobernador Alberto Weretilneck; la intendenta de Allen, Sabina Costa; el secretario de Energía, Sebastián Caldiero y el presidente de YPF, Miguel Ángel Gutiérrez.

“Este convenio significa 93 nuevos pozos de petróleo, con lo cual comenzamos a tener otra presencia en la margen sur del río también para generar mayor actividad en la zona”, señaló el gobernador Weretilneck tras la firma del convenio.

Agregó que “es una gran noticia para la provincia, más inversiones, más empleo, más actividad comercial, obras de carácter social para Allen. Definitivamente genera la consolidación de la provincia de Río Negro como una fuerte productora de gas y petróleo”.

“En otro aspecto significa una inversión de YPF en Allen de más de $120 millones, una obra emblemática es la nueva terminal de ómnibus”, sostuvo.

A fines de abril, las partes ya se habían reunido en la región, donde las principales autoridades de YPF presentaron el “máster plan” de inversiones que proyectan realizar en el período 2018-2022 y su impacto en la realidad rionegrina. Fue incorporado por el Ministerio de Energía y Minería de Nación dentro del Programa de Estímulo a las Inversiones de Desarrollo de Producción de Gas Natural Provenientes de Reservorios No Convencionales, popularmente conocido como Plan Gas.

El programa tiene previsto la perforación de 93 nuevos pozos y readecuación de sus instalaciones con una inversión estimada en los U$S 558,9 millones. Si bien la actividad se desarrolla mayoritariamente en el ejido de Allen, ya tiene una locación en Fernández Oro y tiene proyectada la ejecución de un pozo exploratorio en tierras de Cipolletti.

Para la Provincia significa el desarrollo y la incorporación de reservas en formaciones de tipo no convencionales con escasa explotación hasta el momento, lo cual implica un incremento en la producción de gas e ingresos en concepto de regalías.

La producción de gas del yacimiento Estación Fernández Oro lo ubican entre los tres proyectos más importantes de la compañía en todo el país. Actualmente tiene una producción diaria de 3.55 millones de metros cúbicos pero se espera en breve que se eleve a 4 millones de metros cúbicos por día.

Para atender el crecimiento previsto de la producción, se construirá un centro operativo de 1.200 m2 en Allen, similar al que la empresa tiene en Loma Campana, en la vecina provincia de Neuquén.

En cuanto a los compromisos que la empresa asume en Allen se incluye la entrega de asfalto para reparaciones en espacios de uso público; la transferencia de los fondos que requiera la construcción de una Terminal de Transporte de Pasajeros en la ciudad; un monto de dinero anual para construcción, mantenimiento y/o recuperación de espacios verdes en el área urbana; y pagos fijos de tasas municipales de cancelación en fechas prefijadas.

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Judiciales

Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente

La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

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Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.

La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.

Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.

El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.

La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.

El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.

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Judiciales

Tras la separación, tiene 72 horas para devolverle la camioneta a su ex pareja

Si no lo hace, la Policía podrá secuestrarla.

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Después de separarse, una mujer de Cipolletti logró que el Poder Judicial le ordenara a su ex pareja devolverle la camioneta que él retuvo tras la ruptura. Se trata de una Toyota Hilux 4×4 cabina doble, que ella usaba para trabajar, trasladarse y llevar a sus hijos. Según denunció, al quedarse sin el vehículo tuvo que enfrentar deudas y dificultades para sostener su rutina diaria. El hombre tiene 72 horas para restituirla. Si no lo hace, la policía podrá secuestrarla.

La medida fue dictada por la Unidad Procesal de Familia Nº 11 de Cipolletti, en el contexto de una acción autosatisfactiva presentada por la mujer. Denunció que sufrió violencia económica durante y después de la convivencia, y que su ex pareja se quedó con bienes que estaban a su nombre, entre ellos el vehículo y un comercio.

El expediente incluyó un informe de dominio que acreditó que la camioneta estaba registrada a nombre de la mujer. Ella explicó que intentó recuperar el bien mediante una mediación previa, pero que no logró acuerdo. También relató que, tras la separación, quedó con deudas fiscales vinculadas al vehículo, y que su ausencia afectó su movilidad diaria y el cuidado de sus hijos.

El hombre se opuso a la restitución. Alegó que habían adquirido la camioneta durante la convivencia, con aportes de ambos, y que era su única herramienta de trabajo. Dijo que se hacía cargo de los hijos y que el retiro del vehículo lo colocaba en una situación de vulnerabilidad. También sostuvo que la mujer tenía otros automóviles a su disposición.

La jueza valoró que el vehículo era un bien registrable, y que su inscripción a nombre de la mujer demostraba la titularidad. Señaló que el hombre no promovió ninguna acción legal para reclamar participación en la propiedad del bien. Indicó que sus afirmaciones sobre los aportes económicos y la necesidad del vehículo no estaban respaldadas por pruebas.

La resolución se basó en el artículo 528 del Código Civil y Comercial, que regula la distribución de bienes al finalizar una unión convivencial. En estos casos, si no existe un pacto, cada bien permanece en el patrimonio de quien lo adquirió. El fallo subrayó que las partes nunca contrajeron matrimonio ni acordaron un régimen de distribución.

Por eso, el Poder Judicial consideró que la mujer fue desapoderada del vehículo y que correspondía restituírselo. Ordenó su devolución en un plazo de 72 horas. Si el hombre no cumple, se autoriza el secuestro inmediato del automotor.

La medida fue apelada, pero otro tribunal revisó y confirmó la sentencia. Se sostuvo en esta instancia que la resolución se basó en pruebas objetivas y que los argumentos del apelante no alcanzaban para modificarla.

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Río Negro

Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial

Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

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La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.

Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.

Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.

Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.

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