Río Negro
Robaron remeras en un comercio y fueron detenidos
Se quisieron despojar de las prendas robadas.
Dos personas fueron aprehendidas en la madrugada de hoy jueves (8/11), cerca de las 3, luego de que rompieran el vidrio de una tienda y se apoderaran de 28 remeras de diseño y talles diferentes.
Una mujer fue quien se comunicó a la Comisaría 3° informando que había escuchado la rotura de vidrios a la altura de calle Tucumán al 1100. Los sujetos tienen 21 y 24 años y gracias a la descripción de su indumentaria pudieron ser identificados por efectivos que transitaban en uno de los móviles en calle Don Bosco y Gadano.
Al advertir la presencia policial, los jóvenes se despojaron de las prendas, situación que se corroboró a través de las cámaras del 911.
La Fiscalía ordenó que continúen aprehendidos, se inició un legajo por «robo» y una vez terminadas las diligencias correspondientes, se restituyó la mercadería a una de las empleadas del lugar.
Río Negro
Se definieron las empresas que repavimentarán las Rutas Provinciales 6 y 8
Significa una inversión de más de 31.000 millones de pesos.
La empresa CN SAPAG S.A tendrá a su cargo la repavimentación de la Ruta Provincial N° 6 en el tramo Empalme Ruta Nacional N° 22 y Empalme Ruta Provincial N° 68. En tanto, la firma Centro Construcciones S.A. es la adjudicataria de los trabajos de repavimentación del restante tramo de la Ruta N° 6 y el correspondiente a la Ruta N° 8 hasta el paraje La Esperanza.
La adjudicación de las obras a estas empresas por parte de la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución del Financiamiento Externo (UPCEFE), fue publicada en el Boletín Oficial.
Estas obras, que en su conjunto significan una inversión de $31.784.943.538, será financiada íntegramente por el Gobierno de Río Negro, a través de un préstamo otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el marco del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión (CMAF) entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR) y la Provincia de Río Negro.
Se trata de una obra fundamental para la actividad socio productiva de la Región Sur y de vital importancia para potenciar el sector hidrocarburífero de Vaca Muerta. Son rutas clave para la provincia, ya que une el Alto Valle con la Región Sur y permite fortalecer sectores productivos estratégicos, potenciar el turismo, favorecer la industria hidrocarburífera y minera, agilizar la comunicación interregional e integrarse y ser protagonista en los corredores nacionales de características bioceánicas, como lo son las Rutas Nacionales N° 22 y N° 23.
Judiciales
Confirmaron condena a trabajador de la UNRN por abuso sexual: No hubo consentimiento
La sentencia se dictó a fines de septiembre de este año y el condenado apeló.
El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó la condena a un trabajador de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) Sede Atlántica, por abuso sexual con acceso carnal hacia una compañera de trabajo. La sentencia inicial se dictó a fines de septiembre, el acusado apeló y ahora el TI denegó los planteos de la defensa.
El principal argumento del acusado es que hubo consentimiento para el acto sexual. Explicó que la argumentación de la sentencia para arribar a la condena se sustentó en tres grandes pilares: el testimonio de la víctima, la existencia de estrés postrauma y la interpretación de los testimonios. Intentó rebatir cada uno de esos puntos.
El fallo del Tribunal de Impugnación transcribió en primer término el testimonio completo de la víctima, de manera de evitar descontextualizaciones.
Recordó que «el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro sostiene que el examen de los testimonios debe ajustarse a determinados pasos metodológicos: entre ellos el examen completo del testimonio de la víctima y su correlación con el resto de las pruebas».
En este marco, el órgano revisor no encontró contradicciones en el testimonio de la víctima. «Estamos ante una relación que nace en el ámbito laboral donde la denunciante sufrió diversos tipos de agresiones por su género y orientación sexual, y en su condición de desventaja en el contexto objetivo y subjetivo, le llevó un tiempo poder conceptualizarlas como tales», explicó la sentencia.
Con respecto al segundo eje de los agravios, referido al trauma relacionado al hecho que se juzga, «tanto el testimonio de la psicóloga del Cuerpo de Investigación Forense como el de la terapeuta de la víctima (y aún de la experta propuesta por la defensa), resultan absolutamente contundentes en pos de la confirmación de la hipótesis delictiva sostenida por la acusación».
Explicó que «de manera categórica, la experta afirmó que ello surge del evento traumático y aclaró que en este caso no solo tenía que ver con el momento inmediato posterior al hecho, sino todo lo que sucedió después, una serie de secuencias del accionar del acusado que hizo que el evento vaya tomando una magnitud que le genere ese estrés postraumático».
El fallo explicó que el consentimiento es un «acto de libertad» y «debe evaluarse dentro del contexto de las circunstancias que rodean el hecho».
En el análisis integral «tampoco puede ignorarse la posición de desventaja en la que se encontraba la víctima, su orientación sexual que la hacía objeto de ‘chiste’, su soledad por la separación de su pareja, su desarraigo por cuanto su ciudad de origen queda a cientos de kilómetros de Viedma, su situación de empleada sin estabilidad, la ausencia de otras amistades en la zona, la naturalización que se dio en el ambiente laboral del trato irrespetuoso que recibía, todo lo cual la puso en una condición de vulnerabilidad para hacer frente al imputado y denunciar inmediatamente el hecho como un abuso sexual».
Concluyó que «el testimonio de la denunciante ha sido examinado adecuadamente por el tribunal de juicio a la luz de los pasos metodológicos ya reseñados que impone el Superior Tribunal es un testimonio que reúne las siguientes características a) ausencia de incredibilidad subjetiva e inexistencia de móviles espurios para denunciar b) persistencia en la incriminación y c) verosimilitud por corroboración con otras pruebas e indicios del contexto».
De esta manera, confirmó la condena a 7 años y medio de prisión efectiva.
Política
En Río Negro, la Ley de Ficha limpia es la más exigente del país
No pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos
En la última sesión de la Legislatura Rionegrina se aprobó, por mayoría, la iniciativa para garantizar que las personas condenadas por delitos dolosos con sentencia judicial en segunda instancia no puedan ser candidatas a cargos públicos electivos, ni ser designadas para ejercer cargos partidarios.
Se trata del proyecto más exigente de los aprobados a nivel nacional, lo que posiciona a Río Negro como ejemplo de transparencia electoral.
«Esta ley indica que no pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos-electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos», comentó el ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti, en declaraciones a Radio Nacional Viedma.
«Tratándose de delitos contra la administración pública, se le agrega un plus de 25 años más de inhabilitación para ejercer cargos partidarios, públicos-electivos, o ser funcionario público. Y en el resto de los delitos, por ejemplo el robo, se limita a la pena que establezca la sentencia, más diez años que se le agrega de sanción», agregó.
Gatti destacó que la norma, tal como fue aprobada, es el proyecto sancionado con mayor exigencia de todo el país «y fue sancionado por unanimidad, con excepción de los bloques vinculados al justicialismo».
El funcionario indicó, en este sentido, que quedan afuera aquellos delitos cometidos contra el honor, es decir las calumnias y las injurias que «porque el lenguaje político, sobre todo en las redes sociales, es lindante con lo que antes se consideraba como una injuria. No comparto esas formas de expresión, pero es cierto que las redes son un lugar donde estas cosas suceden de manera constante».