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Caso Solano: El STJ confirmó la condena a prisión perpetua

Todavía la pena puede ser apelada en la Corte Suprema de Justicia.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó de manera integral la condena a la pena de prisión e inhabilitación perpetua a los siete efectivos policiales sentenciados oportunamente por la muerte del trabajador Daniel Solano, ocurrida en noviembre de 2011 en Choele Choel.

Los policías habían sido condenados hace cuatro meses por la ex Cámara Criminal Segunda de Roca. Por el ordenamiento jurídico vigente, la sentencia aún no está firme y puede ser apelada ante la Corte Suprema de Justicia.

De esta manera, el máximo Tribunal rionegrino confirmó las condenas a Sandro Gabriel Berthe, Pablo Federico Bender y Juan Francisco Barrera como coautores de los delitos de “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones como miembros de una fuerza de seguridad, en concurso real con vejaciones”. También la de los efectivos Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Vicente Cuello como coautores de los delitos de “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones como miembros de una fuerza de seguridad, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Por último, se ratificó la condena al oficial Héctor César Martínez como coautor del delito de “homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones como miembros de una fuerza de seguridad”.

Tras la resolución condenatoria de primera instancia, las defensas apelaron, con distintos argumentos. Entre los planteos dijeron que el fallo es arbitrario en cuanto a la valoración de la prueba. Refirieron “la ausencia del cuerpo, lo que conlleva la imposibilidad de contestar algunos interrogantes que formula”. También argumentaron “los resultados negativos de varios informes técnicos y periciales y los defectos en otras pruebas” y pusieron en foco “contradicciones” en la prueba testimonial. Además, en algunos casos adujeron que “la pena de prisión perpetua resulta irrazonable, desproporcionada y sin fundamentación”,

El fallo del STJ aborda en distintos ítems el desarrollo argumental de su decisión. En primer lugar, descartó un planteo sobre la supuesta “extemporánea constitución de la parte querellante”. En este marco, dice la sentencia, no se observan “en el expediente la concreción de un perjuicio tal que haga atendibles los reclamos de las partes.

Luego realiza un detallado análisis de la valoración de la prueba. Comienza por los hechos no controvertidos y luego por los testimonios. Recuerda que “es propia de las declaraciones testimoniales esa imperfección en extremos que tienen que ver con la dinámica de la acción de varios protagonistas en un ir y venir, con ingresos y egresos, a la noche, en la salida de una confitería como Macuba-Disco”.

Concluye en este punto que “para el análisis de legalidad de la sentencia condenatoria en esta instancia de casación es suficiente determinar la ausencia de arbitrariedad en las cuestiones de hecho y prueba que se proponen a discusión, cuyo estándar entiendo cumplido en atención a la selección de algunos elementos probatorios que permiten despejar toda duda al respecto, pues son adecuados a los aspectos que se quieren demostrar y pues se relacionan eficazmente con los datos proporcionados por otros, que también superaron un análisis razonado”. De esta manera, afirma, “la sentencia ha determinado de modo razonado la materialidad que fue motivo de acusación, considerando las etapas fácticas referidas”.

La sentencia del STJ luego aborda cada una de las participaciones de los condenados y la calificación jurídica de los hechos y el monto de la pena.

Finalmente, el STJ confirmó la decisión de la Cámara Criminal en cuanto a la denegatoria de la prisión preventiva. Oportunamente la Cámara había explicado que “no existen riesgos procesales” que ameriten el encarcelamiento preventivo; que los imputados “han prestado caución real” (que se mantuvo expresamente en la sentencia); “han fijado domicilio, realizan presentaciones semanales y han cumplido todas las cargas procesales que les han sido impuestas”. Por otra parte, durante la tramitación de la causa ya estuvieron detenidos y “han agotado los tiempos máximos de detención preventiva” que permite el Código Procesal Penal.

En ese momento, como pauta de conducta, el Tribunal sumó para todos los imputados la “expresa prohibición de salir del país”. En su fallo, el STJ consideró que “el planteo casatorio es insuficiente” y también confirmó esta decisión de la Cámara Criminal.

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Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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Dos sujetos seguirán presos por una seguidilla de robos con violencia

La jueza abrió la investigación penal preparatoria por cuatro meses. Los imputados cumplirán prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra dos personas por una serie de hechos ocurridos en el transcurso de dos días consecutivos, que incluyeron agresiones físicas y robos, y la Justicia dispuso la prisión preventiva de ambos imputados.

Según la acusación fiscal, el primer hecho se produjo durante la madrugada del sábado (04/01), cuando una mujer se encontraba en la puerta de su domicilio. En ese contexto, uno de los imputados la habría golpeado, para luego ingresar a la vivienda y sustraer una mochila con pertenencias personales y un teléfono celular, dándose posteriormente a la fuga.

De acuerdo a lo expuesto en la audiencia, al día siguiente, domingo (05/01), se registró un segundo episodio en la vía pública, en el que el mismo imputado actuó junto a otra persona. Ambas habrían interceptado a una víctima, a quien lesionaron con un arma blanca para luego robarle sus pertenencias.

Fue la propia persona damnificada quien dio aviso a la Policía, indicando el lugar donde se encontraban los presuntos autores. Minutos después, el personal policial logró la detención de ambos, encontrando en su poder el teléfono celular sustraído instantes antes.

La Fiscalía detalló que el procedimiento quedó respaldado con actas policiales, secuestro de elementos y registros fotográficos, y que además uno de los detenidos vestía prendas que habían sido robadas durante el hecho del día anterior. Por estos acontecimientos, el Ministerio Público Fiscal imputó a ambas personas el delito de robo agravado por el uso de arma, en carácter de coautores.

Durante la audiencia, la defensa penal planteó una versión distinta, sosteniendo que el segundo episodio habría sido una pelea. Sin embargo, la jueza interviniente consideró que no resultaba claro cómo el teléfono celular terminó en poder de los imputados, cuestión que deberá ser esclarecida durante la investigación.

Finalmente, la magistrada tuvo por formulados los cargos, dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el plazo de cuatro meses y ordenó la prisión preventiva de los imputados, al considerar la medida adecuada en función de la gravedad de los hechos y el estado inicial del proceso.

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Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba

El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

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Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.

Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.

«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.

«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.

Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».

«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.

Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.

Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.

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