Río Negro
Incorporan tres obras al Plan Castello
Se trata de infraestructura productiva y de saneamiento en Río Colorado, Chichinales y Sierra Colorada.

La comisión de Priorización de Inversiones reunida ayer (30/01) en la Legislatura de Río Negro, determinó la incorporación de tres nuevas obras al Plan Castello, que inyectarán otros 320 millones de pesos en infraestructura productiva y de saneamiento en las localidades de Río Colorado, Chichinales y Sierra Colorada.
Dos de las obras están enmarcadas en el concepto de “caminos productivos”.
Se trata de la repavimentación de la ruta que une el casco urbano de Río Colorado con la colonia Juliá y Echarren, de 9 kilómetros de extensión, los que serán intervenidos por tramos con pavimento nuevo, bacheo recuperación.
En tanto, también se repavimentarán los caminos de Chichinales conocidos como Calle 2 y Calle 5, de 8 kilómetros, esenciales para recuperar trazas productivas claves para el transporte de frutas de las chacras.
Estas fueron propuestas realizadas el Poder Ejecutivo a través del ministro de Obras y Servicios Públicos, Carlos Valeri, y en el caso correspondiente, acompañada por la intervención del intendente de Río Colorado, Gustavo San Román.
También se incluyó la concreción del Plan Director de Cloacas para Sierra Colorada, a propuesta del bloque Frente para la Victoria, que significará una obra de real importancia para la región Sur.
La financiación para estos trabajos surge de los excedentes generados a partir de la negativa de los municipios de tomar créditos ofrecidos por la provincia oportunamente.
La comisión sesionó bajo a presidencia de Alejandro Palmieri (Juntos Somos Río Negro), y la presencia de los legisladores oficialistas Alfredo Martín, Roxana Fernández, Miguel Ángel Vida, Elsa Inchassendague y Leandro Tozzi; los integrantes del Frente para la Victoria, Raúl Martínez, Ariel Rivero y Alejandro Marinao; y los representantes de ARI-Cambiemos, Jorge Ocampos; y de UCR, Soraya Yauhar.
Además, con vistas a una próxima etapa, la comisión estableció que priorizará las obras del Plan Director de Cloacas de la localidad de Maquinchao, a solicitud de la legisladora Yauhar, y la construcción del edificio del Ministerio de Educación, por pedido del legislador Martínez.
Política
«Desde hoy, no se pone un caño sin contratar un rionegrino»
Así lo manifestó el gobernador Weretilneck, celebrando la aprobación unánime de la Ley 80-20 en la Legislatura.

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la aprobación unánime de la Ley 80-20 en la Legislatura de Río Negro, una norma histórica que establece que en todas las obras de infraestructura declaradas de interés provincial el 80% de los trabajadores deberán ser rionegrinos. «Desde hoy, no se pone un caño sin contratar a un rionegrino. La defensa del trabajo y de nuestras pymes es ley», afirmó el mandatario.
La reglamentación da prioridad a quienes cuenten con al menos dos años de residencia en la provincia y vivan dentro de un radio de 20 kilómetros de cada obra. Además, se incorpora un 20% de cupo reservado a mujeres y disidencias, abriendo camino hacia una mayor igualdad en un sector históricamente desigual. «No hay desarrollo posible si no es en beneficio de las y los rionegrinos. Por eso impulsamos y logramos estas leyes que nacen del diálogo con trabajadores, sindicatos, pymes y municipios», agregó Weretilneck.
El gobernador subrayó que esta norma se enmarca en una estrategia más amplia de crecimiento vinculada al desarrollo energético, petrolero y minero. Actualmente, 2.500 rionegrinos ya trabajan en proyectos derivados del RIGI, con respaldo y acompañamiento del Estado provincial.
El espíritu de la ley es garantizar que el progreso llegue acompañado de empleo local y que cada inversión represente oportunidades para miles de familias. Para ello, se establecieron mecanismos de flexibilidad consensuados con el sector privado: cuando un oficio no pueda cubrirse con trabajadores locales, las empresas podrán contratar personal de otras provincias, siempre con la obligación de capacitar en Río Negro a futuros trabajadores.
La aplicación de la norma contará con sistemas de control eficientes en articulación con las organizaciones de los trabajadores, quienes también participarán en una mesa de seguimiento. Allí se contemplan no solo los oficios directos de cada obra, sino también los servicios y empleos indirectos que los proyectos generan en las comunidades.
La inclusión es otro eje central: el cupo del 20% para mujeres y disidencias representa un paso firme hacia la igualdad de género, rompiendo barreras y ampliando horizontes. «Votar estas leyes es votar a favor del trabajo, del desarrollo y del crecimiento económico de Río Negro. La defensa nace acá», concluyó Weretilneck.
Judiciales
Sancionan a empresa de medicina privada por omitir acompañante terapéutico durante meses
La decisión se adoptó en el contexto de una causa iniciada por la madre en representación de su hijo, quien cuenta con certificado de discapacidad.

Una mamá de una persona con discapacidad reclamó por el incumplimiento de una cobertura médica que su hijo tenía indicada por prescripción profesional. El fuero Civil de Cipolletti confirmó la condena a la prepaga responsable y además incrementó las sumas fijadas en concepto de daño moral y multa civil. El fallo consideró acreditada la falta de acompañamiento terapéutico durante varios meses y los efectos negativos que esa omisión tuvo sobre la salud del joven y su entorno familiar.
La decisión se adoptó en el contexto de una causa iniciada por la madre en representación de su hijo, quien cuenta con certificado de discapacidad. Denunció que la empresa omitió durante largos períodos la designación de acompañantes terapéuticos, pese a que las prestaciones habían sido indicadas por profesionales tratantes y ordenadas judicialmente en el marco de un proceso de amparo.
En 2024, en la primera instancia se hizo lugar a la demanda y se condenó a la firma a pagar sumas en concepto de daño moral y multa civil, con fundamento en la Ley de Defensa del Consumidor, la Ley de Medicina Prepaga, el Código Civil y Comercial de la Nación y la normativa sobre derechos de las personas con discapacidad.
La empresa apeló el fallo, cuestionó la valoración de la prueba, la procedencia del daño moral y de la multa civil, así como la fecha de inicio del cómputo de intereses. Por su parte, la persona que promovió la acción también apeló y cuestionó los montos fijados en la sentencia.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso de Cipolletti desestimó la totalidad de los planteos de la firma condenada. Entre sus fundamentos, el Tribunal destacó que la firma no contestó la demanda, lo cual implicó el reconocimiento de los hechos pertinentes. Además, consideró debidamente acreditada la falta de cumplimiento de las prestaciones, como la no provisión del acompañamiento terapéutico por un período de nueve meses, y valoró como relevante que estos incumplimientos se produjeron incluso después de una sentencia firme en un juicio de amparo que ordenó esa cobertura.
Respecto al daño moral, el Tribunal indicó que no se requería una pericia psicológica para acreditarlo y sostuvo que las conductas de la empresa generaron afectaciones relevantes en la vida emocional y familiar de las personas involucradas, incluyendo un cambio de domicilio y el agravamiento del estado de salud del joven.
En cuanto a la multa civil, se consideró probada una conducta reiterada y reticente por parte de la prepaga, que incumplió con sus obligaciones a pesar de múltiples intimaciones y sanciones judiciales previas. Se valoró la persistencia del incumplimiento a lo largo del tiempo, su impacto en el derecho a la salud y el trato indigno hacia el afiliado.
A pedido de la persona que promovió la acción, la Cámara decidió incrementar las sumas fijadas en concepto de daño moral para ambas personas involucradas y también aumentó el monto de la multa civil. En total, estableció una suma específica para cada uno de los rubros, a valores de la fecha de la sentencia de primera instancia, y determinó que se adicionen los intereses correspondientes conforme a las pautas fijadas por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro. La prepaga demandada en este proceso fue Galeno Argentina S.A. La sentencia todavía no está firme porque las partes pueden solicitar la revisión a través de un recurso de casación.
Río Negro
Regularización Catastral ¿Cómo declarar construcciones no registradas?
Hay tiempo hasta el 31 de agosto para regularizar voluntariamente y evitar sanciones.

La Agencia de Recaudación de Río Negro recuerda que hasta el 31 de agosto está vigente el Plan de Regularización Catastral, y que el trámite para informar construcciones no declaradas es completamente digital. Unos 2.500 contribuyente ya regularizaron su situación de forma voluntaria desde agencia.rionegro.gov.ar sin necesidad de asistir a oficinas ni presentar documentación en papel.
¿Cómo es el paso a paso?
- Ingresar al sitio agencia.rionegro.gov.ar y seleccionar el menú Declarar mejoras – Plan de Regularización Catastral
Completar los datos del inmueble (N° de partida o nomenclatura catastral)
Adjuntar el plano de obra y una foto actual de la fachada
Enviar el formulario para su incorporación en Catastro
Desde el organismo informaron que ya se detectaron unos 1.500.000 metros cuadrados construidos sin declarar, a partir de un detallado análisis sobre 55.000 parcelas, correspondiente a zonas de alto valor inmobiliario en 28 localidades. En 9.000 de ellas se encontraron importantes mejoras no declaradas, con una superficie promedio de 163 m2.
Además del trabajo de fiscalización, se destaca el compromiso de casi 2.500 contribuyentes que ya regularizaron su situación de forma voluntaria desde agencia.rionegro.gov.ar, presentando planos de obra y foto de fachada como solicita el sistema.
Las construcciones declaradas hasta el 31 de agosto serán incorporadas sin sanciones, con impacto en el ejercicio fiscal en curso. En cambio, quienes no regularicen antes de esa fecha, verán sus construcciones cargadas de oficio y podrán perder los beneficios impositivos para 2026.