Judiciales
La producción de la industria pyme cayó 8,8% en enero
Descendió 4,7% si se la compara con diciembre.

El sector no tuvo un buen inicio de año y bajó por noveno mes consecutivo. El uso de la capacidad instalada se redujo a 52,9% y sólo 27,5% de las empresas consultadas crecieron. El descenso en la demanda interna fue muy fuerte y las exportaciones no repuntan por lo que no ayudan a compensar la debilidad del mercado interno. A pesar de la crisis de producción, los empresarios proyectan un dólar tranquilo este año, en torno a $ 49,8 para diciembre.
La producción de las pymes industriales cayó 8,8% en enero frente a igual mes del año pasado y 4,7% cuando se la compara con diciembre (sin desestacionalizar).
Los datos surgen de la Encuesta Mensual Industrial de CAME entre 300 industrias pymes del país. El Índice de Producción Industrial Pyme (IPIP) registró un valor de 78,2 puntos en el mes, un nivel 18% inferior que el alcanzado, por ejemplo, en enero de 2012.
En la comparación contra enero de 2018, el declive se acentúa porque se compara contra un mes donde la actividad había crecido 3,4%, arrancando aquel año con buenas perspectivas.
Las bajas más acentuadas en la comparación anual se dieron en “Material de transporte” (-17,7%), “Productos de madera y muebles” (-16,5%), “Calzado y marroquinería” (-15,5%), “Productos eléctrico-mecánicos, informática y manufacturas varias” (-14%), “Productos minerales no metálicos” (-13,3%), “Productos de caucho y plástico” (-10,6%), “Productos de metal, maquinaria y equipo” (-8,9%), “Productos textiles y prendas de vestir” (-8,4%), “Productos químicos” (-6,0%), “Papel, cartón, edición e impresión” (-5,9%), y “Alimentos y Bebidas” (-1,2).
La realidad dentro de cada subsector de esos rubros ha sido muy heterogénea. Según Daniel García, presidente de la Cámara Argentina de Fabricantes de Luminarias Eficientes y Domótica (CAFLED), en su ramo las empresas trabajaron en enero al 30% de su capacidad instalada, y por ahora no se vislumbra un cambio de tendencia. Es que “las importaciones provenientes principalmente desde China, están complicando nuestra situación”, advierte.
En enero el 57% de las industrias consultadas finalizaron con descensos en la producción anual (53,2% en diciembre y 50,6% en noviembre), el 27,5% tuvo aumentos (39,3% en diciembre y 41,2% en noviembre) y 15,5% se mantuvo sin cambios. Son muy pocas las industrias que progresan.
Bajó la cantidad de industrias con rentabilidad: 30,6% frente al 33,5% de diciembre. En cambio, 31% tuvo rentabilidad negativa y 38% nula. Muchos empresarios continuaron liquidando stocks por debajo del precio de equilibrio para generar liquidez. Los compromisos financieros e impositivos son uno de los principales obstáculos que enfrenta el empresario, con presiones constantes para cumplir con sus pasivos sin posibilidad de hacerlo con el flujo de ingresos que está generando el negocio. Un factor que atenuó, fue la disminución de la carga impositiva en los sectores calzado, textil y marroquinería donde los empleadores recibieron un descuento de $ 12 mil de la base imponible del cálculo de las alícuotas por aportes patronales en los salarios.
Las perspectivas hacia adelante no terminan de consolidarse: sólo 25% de las empresas cree que la producción de su firma aumentará en los próximos seis meses, en función de cómo vienen los pedidos y el mercado.
Como dato positivo, las expectativas sobre el dólar, una variable sensible para el productor, se mantuvieron estables: el promedio de los industriales espera que se ubique en $ 49,8 a fin de año.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Judiciales
Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca
Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.
«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.
El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.
«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.
La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.





