Sociedad
Weretilneck no fue habilitado como candidato a gobernador
El oficialismo deberá recurrir al STJ. En fallo unánime, ese cuerpo aceptó las impugnaciones.
El Tribunal Electoral de la Provincia no habilitó al gobernador Alberto Weretilneck en su candidatura para la elección del 7 de abril, pues lo encuadra en las limitaciones de mandatos fijadas por la Constitución Provincial.
En fallo unánime, con votos de Sandra Filipuzzi, María Luján Ignazi y Ariel Gallinger, el cuerpo electoral aceptó las impugnaciones del FpV y Cambiemos.
Ahora será el Superior Tribunal de Justicia, si Juntos Somos Río Negro apela la determinación, el que deberá determinar la habilitación del actual gobernador para que pueda postularse a las elecciones del próximo 7 de abril.
El TEP resolvió “hacer lugar a las impugnaciones planteadas por las Alianzas Electorales «Frente para la Victoria» y «Cambiemos», ambas distrito Río Negro, contra la postulación del Sr. Alberto E. Weretilneck al cargo de gobernador por parte de la Alianza «Juntos Somos Río Negro», y en consecuencia, en los términos del art. 152 de la Ley O 2431, no oficializar su candidatura a Gobernador de la Provincia de Río Negro”.
El TEP explica, tras analizar las presentaciones y el dictamen del fiscal electoral Hernán Trejo, que “debe tenerse presente que quienes se oponen a (la candidatura de Weretilneck) manifiestan que el nombrado no se encuentra habilitado para su cobertura, por prescripción del art. 175 de la Constitución de la Provincia de Río Negro (fs. 40/53 y 69/89). Mientras que, la fuerza política aliancista que impulsa su candidatura, asumiendo que se trata de un caso especial con circunstancias extraordinarias, sostiene que no existe ningún impedimento legal para que el mismo acceda al cargo de gobernador en el proceso eleccionario en marcha”.
Seguidamente, el TEP resalta que “la Constitución, al ser el resultado de un pacto fundacional de una comunidad dada, es en principio «la ley que une a todos, pese a la diversidad, en una sociedad plural”.
Cita jurisprudencia que indica que “la misión de los jueces es dar pleno efecto a las normas vigentes sin sustituir al legislador ni juzgar sobre el mero acierto o conveniencia de las disposiciones adoptadas por aquél en el ejercicio de facultades propias». Para esta interpretación se “debe tener en cuenta además de la letra, el dato histórico que permite desentrañar la finalidad perseguida y la voluntad del constituyente”.
En este marco, aclara que “tratándose de una norma relativa a uno de los poderes del Estado, no rige el principio del art. 19 Constitución Nacional del cual se infiere que todo lo no prohibido está permitido, pues, de lo que se trata es de la organización del poder. En autos, queda claro, no está en juego el derecho al sufragio activo (de elegir), que debe ser interpretado en forma amplia, sino el derecho al sufragio pasivo (de postularse para ser elegido), determinado por condiciones de elegibilidad, en cuyo mérito el principio de libertad de candidatura, sufre algunas excepciones”.
Análisis del caso
Al analizar el caso en particular, el TEP señala que es preciso “atender que la delineación (de la Constitución) principia por titular «Gobernador y Vicegobernador» como la conformación de ese Poder, sin perjuicio de indicar seguidamente que el primero es quien lo ejerce, siendo su reemplazante legal el vicegobernador, elegidos al mismo tiempo y por igual periodo”.
En lo sustancial, argumenta que “el Vicegobernador, no obstante «presidir la legislatura, con voto en caso de empate» (art. 182, inc. 2, en consonancia con el art. 131 de la CPRN), forma parte del Poder Ejecutivo, contrariamente a lo sostenido por la Alianza que nominara al candidato impugnado al decir que forma parte del Poder Legislativo”. De esta manera, “el binomio gobernador y vicegobernador constituye una «fórmula», a modo de bloque o de unidad, en tanto uno (el Vicegobernador) acompaña al otro (Gobernador)”.
“Si por el principio republicano adoptado en Río Negro la duración del mandato se ha fijado en 4 años (art. 174) y se permite una reelección o sucesión recíproca por un nuevo periodo y por una sola vez (art. 175), solo puede interpretarse que mientras la primera es una regla, que como tal es inderrotable en base a principios y valores, la segunda alternativa fijada por el primer párrafo del art. 175 se alza -desde su nacimiento- como una excepción reglada a aquélla, siendo por ello de interpretación restrictiva”, argumenta.
Agrega que “de adoptarse la interpretación pretendida por la «Alianza Juntos Somos Río Negro», se estaría aceptando la eventualidad de que a futuro, baste variar un solo integrante de la fórmula Gobernador-Vicegobernador, alternando a una persona como Vicegobernador o Gobernador para justificar el mantenimiento de la misma en el ejercicio del Poder Ejecutivo”.
Al referirse al dictamen fiscal, sostiene “que su aplicación mal puede resultar proscriptiva, pese a lo dictaminado por Ministerio Público Fiscal, por cuanto no conculca el derecho de ser elegido, en tanto sólo impone una temporal y acotada espera, en aras a la alternancia en el poder y periodicidad en la renovación de autoridades”.
Roca
Inauguraron un nuevo comercio mediante la habilitación municipal virtual
Se trata de un local gastronómico, que está ubicado en Avenida Roca casi Canalito.
Ayer por la tarde (19/12), la intendenta María Emilia Soria acompañó la inauguración de un nuevo local comercial gastronómico en la ciudad, a través de la habilitación municipal tramitada en forma digital a través de la plataforma virtual.
El nuevo comercio, dedicado a la elaboración y venta de tequeños y sus variedades, está instalado en Avenida Roca 1328, entre Yrigoyen y 25 de Mayo.
El joven emprendedor de «TequeRoca» abrió sus puertas para la venta de esta comida originaria de Venezuela que consiste de un queso especial envuelto en masa, acompañado con salsas a gusto.
A la fecha, el sistema de habilitaciones ya cuenta con casi 800 trámites online de comerciantes que realizan sus licencias por este medio. Para adherir a esta modalidad, se puede ingresar a https://st1habcommgr.sistemasng.com/.
El Municipio inaugurará mañana sábado (21/12) a las 17 horas el primer Parque Acuático de la ciudad, que está ubicado en el balneario municipal Apycar.
Este nuevo espacio recreativo contará con diversas atracciones para el disfrute de vecinos y turistas, consolidando el balneario como un destino ideal para la temporada estival.
Actualmente, y finalizada la instalación de los juegos para los más chiquitos en la margen sur del piletón, se está trabajando en la torre acuática y el tobogán de tres cuerpos.
El parque está dividido en dos sectores con juegos diseñados para todas las edades. En el margen norte se instalará una torre triple acuática, apta tanto para niños como para adultos. Mientras tanto, en el margen sur se dispondrán cuatro juegos acuáticos interactivos: una flor aspersora, una palmera aspersora, un bosque acuático y una cascada, ideales para el entretenimiento de los más pequeños/as.
Sociedad
Seguro de hogar: ¿Qué es y cómo elegir el adecuado?
Conocé qué cubre un seguro de hogar y cuáles son sus ventajas. Además, descubrí los mejores tips para elegir el adecuado.
En este artículo te contaremos todo lo que tenés que saber sobre el seguro de hogar. ¿Qué es y cuáles son sus beneficios? ¿Qué tener en cuenta al momento de elegir uno? Seguí leyendo para conocer la mejor información sobre las pólizas para el hogar.
Seguro de hogar: definición
Como su nombre lo indica, el seguro de hogar es un tipo de póliza destinado a proteger tu casa de diferentes imprevistos y siniestros. Gracias a este servicio, tu vivienda estará respaldada en caso de incendios, robos, inundaciones u otros hechos inesperados. ¿De qué manera? Contratando los servicios de una compañía de seguros que se comprometerá a indemnizar económicamente el daño producido por estos eventos. Al mismo tiempo, vos como cliente te comprometes a pagar la prima correspondiente en los tiempos establecidos.
¿Qué es un seguro de hogar, entonces? En resumidas cuentas, es un contrato que se firma entre una empresa (compañía aseguradora) y un cliente (asegurado). Allí, se establece ante qué situaciones la empresa deberá indemnizar al cliente y también el monto a abonar por el cliente para contratar el servicio.
¿Qué cubre un seguro hogareño?
Cubre diferentes tipos de siniestros dependiendo de lo firmado en el contrato. Sin embargo, es habitual que ofrezca las siguientes coberturas:
Robos y hurtos
Los seguros para la casa son fundamentales para contar con un respaldo económico antes los daños producidos por robos o hurtos. Además de cubrir eventuales daños a la estructura de la vivienda, el seguro suele cubrir tus objetos personales como electrodomésticos y artículos de valor (joyas, por ejemplo).
Incendios
El seguro de hogar es muy importante para contar con un respaldo en caso de sufrir un incendio en casa. La póliza debe cubrir cualquier daño causado por el fuego a la vivienda y a los bienes personales que se encontraban en ella. De igual manera, es común que se brinde cobertura ante explosiones por fuga de gas u eventos desafortunados.
Inundaciones y rotura de caños
La póliza hogareña también sirve para estar respaldado ante inundaciones u otros daños causados por el agua por diversos motivos: rotura de cañerías, deterioro de tanques o bombas, caída de granizo.
Catástrofes naturales
Es necesario saber que las pólizas de vivienda también deben respaldarte en caso que tu hogar sea víctima de una catástrofe natural. En tal sentido, la póliza abarca diferentes fenómenos como tormentas, ciclones, tornados o huracanes.
Por otro lado, algunas empresas de seguros brindan cobertura para los costos de limpieza o retiro de escombros después de incendios o inundaciones. Sumado a eso, pueden cubrir los gastos de hospedaje temporal cuando la vivienda queda inhabitable.
Daños a electrodomésticos
En la actualidad, es habitual que los seguros de hogar también cubran los daños a tus equipos electrónicos como notebooks, televisores, heladeras y más. En algunos casos también ofrecen servicios de asistencia como técnicos electricistas, gasistas, plomeros u otro tipo de profesionales.
¿Cuáles son los beneficios de tener un seguro de hogar?
Contar con un seguro para el hogar trae muchos beneficios, pero principalmente brinda tranquilidad y seguridad para vos y tu familia:
Tranquilidad
Contratar un seguro para tu casa te ayudará a reducir el estrés y disfrutar tu hogar sabiendo que estás respaldado ante cualquier imprevisto. Así mismo, podrás afrontar mejor cualquier situación negativa que sufras en tu vivienda: tendrás el respaldo económico para afrontar gastos y reparaciones y también ahorrarás mucho tiempo en cuestiones burocráticas. La compañía aseguradora se ocupará de todos los trabajos de reconstrucción y de enviar a los profesionales adecuados.
Seguridad
Por otro lado, un seguro de vivienda ofrece más seguridad para vos y tus seres queridos. Además de tener cobertura en caso de robos o hurtos, este tipo de pólizas suele incluir elementos adicionales para la prevención de delitos, como cámaras de seguridad o alarmas. Sumado a eso, podrás reparar rápidamente cualquier daño a puertas o ventanas que signifique un mayor peligro.
¿Cómo elegir el seguro adecuado para tu hogar? Consejos prácticos
Para elegir el seguro de hogar adecuado para tu vivienda es importante tener en cuenta algunos aspectos. A continuación, te compartimos algunos consejos prácticos para ayudarte a elegir el tuyo:
1- Definir cuáles son tus necesidades
Antes de contratar un seguro es necesario tener en claro para qué necesitás la póliza. Para eso es conveniente evaluar tus necesidades actuales y a qué peligros se encuentra expuesto tu hogar. ¿Vivís en una zona propensa a inundaciones o tormentas? ¿Hay muchos hechos de inseguridad en tu barrio? En base a eso, podrás elegir el seguro que ofrezca las coberturas más adecuadas para tus urgencias.
2- Fijar un presupuesto y realizar un análisis de mercado
Una vez que tengas bien claras tus necesidades, es momento de establecer un presupuesto realista para el pago del seguro de hogar. ¿Cuánto dinero por mes podés destinar al pago del seguro? Además, es recomendable hacer una análisis de mercado de compañías aseguradoras y elegir la que te parezca mejor en relación precio-calidad.