Río Negro
Precios Cuidados: Ningún supermercado tiene en góndola los 62 productos esenciales
Los controles se realizaron en Roca, Bariloche, Cipolletti y Viedma.

El cuerpo de inspectores de la Agencia de Recaudación controló, en tres días, 43 supermercados adheridos a Precios Cuidados Productos esenciales. Todos presentaron incumplimiento.
Todas las cadenas presentaron faltantes de productos, es decir ninguna contaba con los 62 productos esenciales incluidos en el listado para la Patagonia. En los relevamientos efectuados, en promedio los supermercados disponían de un 70% de los productos incluidos en el programa.
Los supermercados en Río Negro adherentes son La Anónima, Carrefour, Vea, supermercados Todo, la Cooperativa Obrera y Chango más, todos ellos fueron verificados registrando niveles de faltantes que van desde el 20% al 50% de los productos, excepto el supermercado Carrefour que registró un faltante del 9 %.
El programa Precios Cuidados Productos Esenciales, inició el pasado 29 de abril en todo el país en los supermercados adheridos. Los controles se realizaron en nueve supermercados en Roca, 20 de Bariloche, nueve en Cipolletti y cinco en Viedma. En todos los casos se realizaron actas de constatación que serán elevadas, desde Defensa del Consumidor de Río Negro, a Nación para su intervención y sanción.
Los comercios que adhirieron al programa deben cumplir con la disponibilidad del 100% de los productos del listado, respetar los precios de referencia, sobre los cuales se comprometieron por convenio, no poner límites de compra por cantidad y cumplir con cada una de las disposiciones establecidas por las normas nacionales.
Al respecto, Marcela Avila, a cargo del operativo manifestó que «en los 43 supermercados visitados encontramos al menos un incumplimiento a la norma que exige que los que adhieran deben contar con el 100% de los productos del listado».
Aclaró que «los controles continuarán durante los próximos seis meses, en el resto de las ciudades de la provincia que tengan estas cadenas de supermercados. Además volveremos a visitar las sucursales en donde hemos encontrado irregularidades».
En la Patagonia, el listado es de 62 productos no de 64 como en otras regiones del país porque la leche la Martona no está incluida. Esos 62 productos deben mantener sus precios hasta noviembre de este año. Tampoco fue incluida la carne dentro del listado. Los 62 productos corresponden a alimentos de 14 categorías: aceite, arroz, harina y subproductos, fideos, leche, yogures y postres, yerba, infusiones, azúcar, conservas, polenta, galletitas, mermeladas y bebidas.
Cabe recordar que Precios Cuidados en una medida nacional y que desde Defensa del Consumidor de la Provincia se controla su cumplimiento pero no interviene en la toma de decisiones respecto a los productos alcanzados.
¿Dónde denunciar?
Si en un comercio faltan productos, tienen precios diferentes a los acordados o mala señalización en góndola se debe denunciar en Defensa del Consumidor de Río Negro.
- Online: Ingresando a www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar
- Presencial en todas las OMIC de la provincia y en las oficinas de la Agencia de Recaudación y Defensa del Consumidor.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








