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Judiciales

Inició el juicio por la muerte de la motociclista Brenda Jaque

Gustavo Linares está acusado de «homicidio culposo triplemente agravado por conducir bajo los efectos de estupefacientes».

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Esta mañana (24/06) el fiscal Luciano Garrido realizó su alegato de apertura en el debate oral y público por el homicidio culposo de Brenda Esmeralda Jaque, ocurrido en noviembre pasado en Allen

“Voy a acreditar que el imputado es el autor del hecho, que era él quien conducía el vehículo y que fue él quien chocó a la víctima fatal. Además, vamos a probar que conducía bajo los efectos de estupefacientes, que la velocidad en que lo hacía superaba en 30 km la permitida en esa zona. Bajo esas condiciones pierde el efectivo dominio de su auto, hace una maniobra por la derecha del carril y choca a Brenda Jaque”, explicó Garrido.

“También voy a acreditar que las lesiones sufridas por la joven fueron las que provocaron su muerte. Asumo el compromiso que la plataforma fáctica será acreditada tal cual se describe”, concluyó el fiscal.

Hoy fue el turno de los cinco testigos convocados por la parte acusadora pública, el primero de ellos fue el compañero que se movilizaba con la víctima fatal en el momento del hecho. Luego declararon tres amigos del imputado y finalmente quien en noviembre de 2018 era su novia.

El debate continúa mañana (25/06) a las 9.00 frente al Tribunal de Juicio compuesto por los jueces Oscar Gatti, Laura Pérez y Fernando Sánchez Freytes.

El hecho y la calificación legal que se juzga

Según la acusación fiscal “el 24 de noviembre de 2018, cerca de las 5 de la mañana, el imputado manejaba un Gol color negro, por la calle Martín Fierro, de norte a sur, en el trayecto entre la Ruta Provincial N° 65 y Calle 4 y, debido a la conducción imprudente y antirreglamentaria, ya que lo hacía bajo los efectos de estupefacientes y a una velocidad de 170 km/h, excediéndose en más de 30 km/h de la velocidad permitida en el lugar; no pudo mantener el dominio del auto y al intentar realizar una maniobra de sobrepaso por la derecha, colisionó desde atrás a la motocicleta que circulaba en la misma dirección, y que era conducida por Brenda Jaque. Luego el sujeto se dio a la fuga sin intentar socorrer a la víctima, quien falleció en el lugar a consecuencia de las heridas recibidas”.

La calificación legal por la que el joven de 21 años deberá responder es: “homicidio culposo triplemente agravado por conducir bajo los efectos de estupefacientes, por hacerlo a una velocidad superior a 30 km por hora a la permitida en esa zona, y por haberse dado a la fuga sin intentar socorrer a la víctima”.

Judiciales

La instalación de un gasoducto deterioró una vivienda: Confirman la condena a YPF

Ocurrió en Allen. Parte del zanjeo se hizo sobre la propiedad, motivando que la vivienda este impedida de ser habitada por dos años.

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Una casa ubicada en la zona de chacras de Allen sufrió las consecuencias de la instalación de un gasoducto. El caño se instaló a tres metros de profundidad desde la Estación EFO hasta el gasoducto troncal de Fernández Oro. Parte del zanjeo se hizo sobre la casa, cerca de la acequia de riego.

Las obras duraron dos años, lo que impidió habitar la vivienda. El tránsito de camiones, el polvo y el ruido dificultaron el acceso a la chacra. Peritos confirmaron la existencia de fisuras en la construcción, originadas por las vibraciones generadas por las obras del gasoducto.

Un fallo de primera instancia condenó a YPF por el desarrollo de una actividad riesgosa. Ordenó la indemnización por la reparación de la vivienda y los daños ocasionados. La empresa apeló la sentencia. Cuestionó las pericias realizadas y la legitimación de las mujeres que iniciaron el reclamo.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Roca resolvió confirmar la sentencia de primera instancia por los daños sufridos en la propiedad a raíz de las obras ejecutadas.

Los jueces consideraron debidamente fundamentado el análisis probatorio. Dieron relevancia a las pericias técnicas ambiental, agronómica y arquitectónica. Estas permitieron acreditar que las obras ejecutadas por YPF provocaron daños en la vivienda y en las instalaciones productivas.

Se tuvo en cuenta que la maquinaria operó a distancias mucho menores de las previstas en los estudios de impacto ambiental presentados por la empresa. Las conclusiones técnicas fueron respaldadas por fotografías, testimonios y el contexto fáctico.

El Tribunal descartó la existencia de arbitrariedad en la apreciación de la prueba. La crítica de la empresa no logró desvirtuar la solidez del material probatorio.

Antes de la instancia judicial, la firma ofreció un acuerdo indemnizatorio, que incluía la renuncia a reclamar judicialmente y la conformidad con las tareas en ejecución. La familia rechazó el acuerdo.

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Su papá cumple condena y no tiene contacto: Autorizan a una niña a vacacionar con su mamá fuera del país

Debido a su condena penal, el hombre se encuentra suspendido en su responsabilidad parental.

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Una madre organizó vacaciones con su hija fuera del país. El padre de la niña cumple una condena de más de 12 años de prisión. Además, la menor no mantiene contacto con él ni con su familia paterna. Debido a su condena penal, el hombre se encuentra suspendido en su responsabilidad parental.

El fuero de Familia de Roca autorizó a la mujer a viajar al extranjero con su hija. La presentación judicial se realizó ante la imposibilidad de contar con el consentimiento del progenitor.

La madre solicitó una autorización judicial general para poder salir del país con su hija en cualquier momento, sin necesidad de tramitar nuevos permisos para cada viaje. En particular, informó sobre un viaje turístico planeado a Temuco, Chile.

El padre se presentó con su abogado y manifestó estar de acuerdo con el viaje previsto. También pidió ser informado únicamente sobre futuros viajes vacacionales. El defensor de Menores dictaminó a favor del pedido de la madre, al considerar que representaba una medida beneficiosa para la niña.

Ante la imposibilidad de obtener el consentimiento de uno de los progenitores, corresponde que la Justicia supla dicha autorización, siempre que se priorice el interés superior del menor. En este caso, no hubo oposición del padre, quien además está suspendido en su responsabilidad parental debido a su condena penal.

El Tribunal consideró que el pedido de la madre permite garantizar derechos esenciales de la niña, como el derecho al descanso, al esparcimiento y al enriquecimiento cultural a través de los viajes, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño.

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Imputaron a los dos hombres que tirotearon a otro en la Ruta 22

La víctima se encuentra internada y en estado reservado. Hay un tercer sospechoso, sobre el cual se emitió una orden de captura.

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El equipo fiscal de turno de General Roca formuló cargos a dos hombres por la tentativa de homicidio ocurrida el pasado miércoles (27/08) en la Ruta Nacional N° 22. Además solicitó la prisión preventiva de ambos, razón por la que continuarán detenidos.

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido alrededor de las 15.30 cuando la víctima -que está internado y en estado reservado- fue abordada por los dos imputados que llegaron hasta ahí en un vehículo conducido por un tercer hombre.

«Sobre ese hombre tenemos ya pedida su captura, porque la investigación arrojó que se habría ido del lugar a bordo del auto que utilizaron para llegar a cometer la agresión», explicó la Fiscalía.

«Los dos imputados comenzaron a agredir a la víctima, y luego uno de ellos le disparó a corta distancia en la zona del abdomen. Los tres señalados se subieron al auto, y gracias al accionar del personal del Destacamento N° 177, se logró dar con quienes hoy están en esta audiencia», afirmó la representante fiscal.

La calificación legal que el juez de Garantías tuvo por imputada es la de ser co-autores de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por el concurso premeditado de dos o más personas, según los Artículos 45, 42, 80 inc. 6°, 41 bis del Código Penal. A uno de ellos, se le agrega en concurso ideal con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, según los Artículos 54 y 189 bis.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento policial, las entrevistas a testigos, denuncia penal de la madre del joven que está internado, intervención del Cuerpo de Investigación Judicial, reporte preliminar del Gabinete de Criminalística, filmaciones aportadas, informe del Cuerpo de Investigación Forense.

Como argumentos para solicitar la medida cautelar de ambos, la fiscal jefe tuvo presente el riesgo procesal de peligro de fuga y el posible entorpecimiento a la investigación. «Así cómo habrían ayudado a la tercer persona a ocultar un arma, estando libres podrían acercarse a los testigos», agregó.

La defensa penal pública que asistió a los dos hombres se opuso a la calificación legal, como al plazo de la medida cautelar.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos que lo hizo la fiscalía y resolvió que los imputados cumplan con la medida cautelar por el plazo de dos meses.

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