Río Negro
Patagonia Telebingo festejó 100 sorteos
Lo celebró con dos sorteos especiales.

El domingo (22/07) el juego rionegrino Patagonia Telebingo alcanzó su emisión 100 y lo festejó con dos sorteos especiales junto a los representantes de Lotería de Río Negro, La Neuquina y autoridades de Canal 10.
La celebración de los 100 sorteos se realizó en el estudio de canal 10 donde se produjo íntegramente el programa de televisión y se sortea cada domingo a las 14. Los festejos incluyeron dos sorteos especiales junto al presidente de Lotería de Río Negro, Luis Ayestarán, el director provincial de Lotería y Quinielas de Neuquén, Antonio Reus y el secretario de Medios de Río Negro, Rodrigo Buteler.
En la emisión Nº 100 de Patagonia Telebingo la mayoría de los premios quedaron en Río Negro:
- Línea de $40.000 en Roca.
- Bingo de $100.000 en Bariloche y Roca.
- Línea de $80.000 en Bariloche.
- Bingo de $200.000 en Regina.
- Sorteo especial “2 Samsung S10” en Roca.
- Sorteo especial “Equipamos tu casa” en Cinco Saltos.
El primer sorteo de Patagonia Telebingo fue el 27 de agosto de 2017, y desde entonces entregó más de $41.000.000 en premios en las provincias de Río Negro y Neuquén. Entre los premios, se entregaron tres autos 0Km y salió siete veces el pozo acumulado por un total de $8.820.000, haciendo millonarios a cinco personas en Rio Negro y dos en Neuquén.
En la actualidad, conduce Carolina Montero, y en estos casi dos años del juego condujo Romina Bianchi y también Fernando Velazquez.
Río Negro
Vacunación Antigripal: Más de 98.000 dosis aplicadas en Río Negro
Del total de 129.600 dosis recibidas, La Provincia ya aplicó y registró el 76,2% de las vacunas.

La Provincia de Río Negro avanza en la Vacunación Antigripal, con más de 98.000 dosis aplicadas y registradas. Desde el Ministerio de Salud se invita siempre a reforzar esquemas.
El último registro indica que al 31 de julio, el sistema público de Salud vacunó gratuitamente contra la gripe a 98.751 rionegrinas y rionegrinos incluidos en los grupos priorizados por el Programa Nacional de Inmunizaciones.
Del total, 36.358 dosis pertenecen a personas de 2 a 64 años con factores de riesgo. En tanto, 41.155 a personas mayores de 65 años.
En cuanto al personal de salud con 8.768 dosis se alcanzó el 98% de cobertura; con 2.846 se llegó al 71,57% de cobertura en embarazadas; 364 dosis a puérperas; y 6.479 primeras dosis en menores de 6 meses a 2 años y 2.241 en segundas dosis en este mismo grupo etario.
¿Para qué sirve la vacuna antigripal?
Desde el Departamento de Inmunizaciones recordaron que la vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades y protegen contra infecciones que pueden ser graves. Asimismo, remarcaron la importancia de avanzar con el porcentaje de vacunación en los grupos priorizados, especialmente personal de salud.
La dosis antigripal forma parte del Calendario Nacional de Vacunación, es gratuita y obligatoria y tiene como principal propósito reducir las complicaciones, hospitalizaciones, secuelas y muertes ocasionadas por el virus de influenza en la población de riesgo en el país.
Política
Weretilneck y Figueroa llegaron a un acuerdo con Nación por las represas del Comahue
Río Negro y Neuquén lograron que Nación los reconozca como dueños de los recursos hídricos.

Luego de meses de trabajo las provincias de Río Negro y Neuquén lograron un gran resultado: asegurar que la fuerza de sus ríos y la energía que producen se traduzcan en más ingresos, más control y más desarrollo para los habitantes de estas dos jurisdicciones. Y, por primera vez, se consiguió el reconocimiento a los estados provinciales como dueños de sus recursos hídricos.
El nuevo esquema garantiza más ingresos por regalías, un nuevo canon por el uso del agua, la creación de un fondo específico para obras y fija plazos concretos para ejecutar trabajos de seguridad hídrica, que protejan aguas abajo a la población, sus bienes y a la producción ante eventuales crecidas.
El acuerdo alcanzado por las represas del Comahue es el fruto de una defensa firme y sostenida de los recursos, un paso decisivo para que la riqueza de la Patagonia se quede en la región y se convierta en futuro para las próximas generaciones.
«Tras meses de trabajo conjunto, diálogo político y defensa constante de nuestros derechos, Río Negro y Neuquén plasmamos un acuerdo con el Gobierno Nacional para la licitación de la operación de los complejos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila. Logramos que por fin se incorporen condiciones reclamadas por nuestras provincias desde hace más de 30 años. El agua es propiedad de los rionegrinos y neuquinos», consignaron los gobernadores Rolando Figueroa y Alberto Weretilneck en un comunicado conjunto.
«Este es un triunfo de la unidad norpatagónica, un paso decisivo en la defensa de nuestros recursos: nuestros ríos, la energía que producimos y el esfuerzo de nuestra gente. El nuevo marco concesional no solo corrige vacíos históricos, sino que fortalece el rol de las provincias como actores centrales en la gestión de los recursos estratégicos que generamos para el país», agregaron.
Los principales logros alcanzados por Río Negro y Neuquén en el nuevo esquema de las concesiones:
- Precio de la energía en dólares: el valor de la energía vendida a Cammesa se establece en dólares estadounidenses, otorgando mayor previsibilidad a los ingresos provinciales y mejor estabilidad para proyectar inversiones y facilitar financiamientos.
- Porcentaje creciente de energía de libre disponibilidad: los nuevos contratos prevén que las concesionarias dispongan de una proporción cada vez mayor de energía para su comercialización en el mercado, lo que incrementará año a año, de forma directa, los ingresos por regalías hidroeléctricas y cánones que perciben las provincias.
- Regalías sobre el total de ingresos: las regalías se calcularán tomando en cuenta la totalidad de los ingresos de las concesionarias, eliminando las ambigüedades que presentaba el esquema actual e incorporando conceptos de cobro que antes se excluían. Es decir, se incluyen el reconocimiento de la totalidad de los conceptos de ingresos en las liquidaciones (a.- potencia disponibilidad real, b.- potencia base en horas de requerimiento, c.- energía operada y d.- regulación de frecuencia que antes solo se abonaban a los concesionarios).
- Cobro de regalías en especie: las provincias podrán optar por percibir la totalidad de sus regalías en energía eléctrica de forma física, con la posibilidad de destinarla al consumo dentro de la provincia o revenderla en el mercado o promocionar actividades productivas.
- Reconocimiento de la obligación de los concesionarios de obtener información hidrometeorológica de las cuencas y contribuir al financiamiento de la misma.
- Canon por uso de agua: el mayor éxito logrado es que se incorpora un canon a favor de Río Negro y Neuquén por el uso del recurso hídrico, inexistente en las condiciones actuales, que representará un nuevo e importante ingreso para ambas provincias y su reconocimiento.
- Fondos para obras de protección: un porcentaje de los ingresos que perciba la Nación por la licitación se destinará a obras definidas por la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC) con la intervención y definición de las provincias.
- Obras de seguridad hídrica: se fija un plazo de hasta 24 meses para realizar los estudios técnicos completos que definan las obras necesarias para garantizar la seguridad de las represas ante la máxima crecida probable, asegurando así el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de hace 16 años (2009).
«Este acuerdo demuestra que cuando las provincias trabajamos en forma mancomunada, con firmeza y sin ceder en lo que nos corresponde, podemos transformar nuestros reclamos en hechos y beneficios concretos -aseguraron los gobernadores- la energía que generan nuestros ríos seguirá siendo motor de producción, empleo y desarrollo para nuestra gente. Con estas nuevas reglas, las represas del Comahue no solo seguirán produciendo electricidad: producen futuro para Río Negro, Neuquén y toda la Patagonia», concluyeron Weretilneck y Figueroa.
Judiciales
Un chat, un hotel y una testigo permitieron determinar la fecha de una separación matrimonial
Es un dato clave porque, según el artículo 480 del Código Civil y Comercial, determina desde cuándo se disuelve la comunidad de bienes.

En Cipolletti, una pareja que tramitó su divorcio debió iniciar un segundo proceso judicial para fijar la fecha exacta de su separación, un dato clave porque, según el artículo 480 del Código Civil y Comercial, determina desde cuándo se disuelve la comunidad de bienes. Para resolverlo, el expediente incorporó una pericia informática sobre los teléfonos que detectó una discusión puntual, documentación que acreditó que el hombre se alojó varios días en un hotel y el testimonio de la empleada doméstica, quien afirmó que, tras ese episodio, dejaron de compartir habitación.
Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti fijó el 29 de mayo de 2024 como fecha cierta de separación de hecho entre las partes. La resolución ordenó retrotraer a esa fecha la disolución de la comunidad de bienes, conforme lo establecido por el artículo 480 del Código Civil y Comercial de la Nación.
La determinación de la fecha de separación resultó clave porque, conforme al artículo 480 del Código Civil y Comercial, cuando la ruptura de la convivencia ocurre antes del divorcio, la disolución de la comunidad de bienes se retrotrae a ese momento. Esto define qué bienes, deudas e ingresos forman parte del patrimonio común y cuáles pertenecen en forma exclusiva a cada persona a partir de esa fecha.
La mujer solicitó que se fijara el 29 de mayo de 2024 como el día en que terminó la convivencia, señalando que desde entonces tomó la decisión irreversible de no continuar con el proyecto de vida en común. Afirmó que la relación matrimonial requiere la voluntad de ambas personas y que, desde esa fecha, no existieron intentos de reconciliación.
El hombre sostuvo que la separación efectiva ocurrió el 1 de octubre de 2024, cuando se retiró definitivamente del hogar. Argumentó que, después de mayo de 2024, aún existió voluntad de mantener la pareja, con asistencia a sesiones de terapia y otros contactos que, según su postura, demostraban la continuidad de la relación.
El fallo analizó mensajes de la aplicación WhatsApp, testimonios y otros elementos probatorios. Entre ellos, se destacó la pericia informática que acreditó una discusión el 29 de mayo de 2024, reconocida por ambas personas como un punto de quiebre. También se valoró el informe de un hotel de Cipolletti que confirmó la estadía del hombre desde el 30 de mayo al 5 de junio de ese año, y el testimonio de una trabajadora doméstica que describió cambios en la convivencia, como el uso de habitaciones separadas y un trato distante.
El juez entendió que estos elementos respaldaban la versión de la mujer, concluyendo que la separación de hecho se produjo el 29 de mayo de 2024. Señaló que, aunque se verificó diálogo y ciertos momentos compartidos después de esa fecha, no existieron pruebas suficientes de una reconciliación ni de la reanudación del proyecto de vida en común.
Asimismo, indicó que la asistencia a terapia de pareja no implica necesariamente la continuidad de la relación, ya que puede tener otros fines, como alcanzar una separación pacífica o tratar temas familiares.
En el aspecto normativo, la sentencia recordó que el Código Civil y Comercial prevé la posibilidad de retrotraer la disolución de la comunidad de bienes a la fecha de separación de hecho, siempre que esta sea probada. Según el fallo, fijar una fecha precisa resulta fundamental para determinar el alcance patrimonial del matrimonio y las consecuencias sobre bienes y deudas.