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Judiciales

Aguas Rionegrinas deberá pagar casi 4 millones de pesos porque el agua socavó los cimientos de una casa

Los hechos ocurrieron en pleno centro de Río Colorado.

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Una gran acumulación de agua y los trabajos realizados para drenarla socavaron las bases de una casa y un comercio en pleno centro de Río Colorado. Ahora sus propietarios deberán ser indemnizados con casi 4 millones de pesos. Los peritos compararon los daños con las secuelas de “un terremoto”, llegando incluso a sugerir la necesidad de una demolición.

La condena civil, que no se encuentra firme, fue dictada por la titular del Juzgado N° 31 de Choele Choel, quien impuso a la empresa Aguas Rionegrinas y al Departamento Provincial de Aguas el pago de 3.832.750 pesos, más los intereses computados desde el año 2012, a los dueños del inmueble.

Los problemas comenzaron en 2011, con una lluvia inusualmente intensa que generó una importante acumulación de agua en los desagües pluviales y en la esquina de la casa, tras lo cual la empresa ARSA realizó tareas de bombeo y drenaje. Luego, en 2012, hubo un desprendimiento de un caño de agua en el mismo sector y los empleados de ARSA rompieron el asfalto, colocaron una bomba para sacar el agua y realizaron la reconexión.

Al ser notificado de la demanda, el DPA negó cualquier responsabilidad propia o de ARSA y solicitó a la jueza que se incluya a la Municipalidad de Río Colorado como demandada. Sin embargo, el reclamo contra la comuna no prosperó porque estaba prescripto el plazo para reclamar una eventual responsabilidad de su parte.

En tanto que ARSA nunca se presentó a contestar la demanda y fue declarada “en rebeldía”. En el proceso civil eso acarrea una presunción en contra de la empresa, dando por ciertos los hechos que relate la parte demandante, salvo que los mismos fueran “inverosímiles”.

Un estudio geosísmico indicó que la acumulación de agua fue “saturando los estratos por debajo de las construcciones adyacentes, provocando la alteración de su capacidad de carga tanto bajo viviendas como bajo el pavimento. Al momento de efectuar la reparación se excavó una zanja que se inundó de agua, la que fue bombeada (…) Este desplazamiento del agua alojada allí arrastró las partículas más finas del suelo, que eran las que le daban cohesión, (…) generando un vacío que provocó los asentamientos diferenciales que dejaron varios muros sin sustento”.

Otra pericia indica daños en el 75% del edificio, calificándolos como “cuantiosos y de gran envergadura”, con “hundimiento de suelo, cimientos, fractura de paredes, azulejos estallados; casi se podría comparar con un movimiento telúrico o terremoto”, y evalúa “una demolición, ya que sus zapatas en partes han quedado en el aire”.

En tanto que el informe técnico de un arquitecto advierte “un colapso estructural en varios sectores importantes” de la edificación, de “carácter irreversible; por lo que teniendo en cuenta la inestabilidad del edificio, que los problemas de evacuación del agua por precipitaciones no se han resuelto y siguen generando filtraciones, se encomienda la demolición de las áreas afectadas o de la totalidad del edificio”.

“Tanto ARSA como el Estado Provincial (DPA) son responsables en forma directa por los daños derivados de los incumplimientos incurridos, al no haber efectuado una distribución, administración y contralor eficiente del servicio como así tampoco implementaron los estudios e inversiones necesarios que hubieran evitado el desastre sobreviniente. Que como consecuencia de las fallas devenidas en la provisión del servicio y en la falta de mantenimiento e inversiones de infraestructura se produjeron los deterioros materiales en la propiedad de los demandantes”, concluyó la jueza en su sentencia.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF

La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.

En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.

Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.

Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.

La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.

El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.

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Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal

Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».

La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.

El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.

El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.

Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.

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