Judiciales
Por agredir con una tijera a su ex pareja, pasará 4 años y medio en prisión
El hecho de violencia de género ocurrió el pasado 3 de abril y el ahora condenado está detenido desde ese momento.

Los jueces Fernando Sánchez Freytes, Oscar Gatti y Gastón Martín, por unanimidad, condenaron al imputado Jorge Alberto Quiroz -actualmente detenido con prisión preventiva- a cumplir la pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva, tras haberlo declarado autor del delito de “lesiones graves doblemente agravadas, por ser pareja de la víctima y en un marco de violencia de género”.
El hecho ocurrió en Roca la noche del 3 de enero pasado, cuando la víctima resultó gravemente herida por un puntazo que le asestó Quiroz utilizando una tijera.
En la sentencia, además, el Tribunal recomendó “al Ministerio Público Fiscal y/o patrocinante de la querella, tener una entrevista con la víctima, a los fines de que ésta exprese si desea continuar o tener un tratamiento psicológico adecuado y eficiente por el hecho sufrido, y en cuyo caso deberá instrumentar las medidas del caso para dicho logro, pudiendo contar, si lo estiman conveniente, con el auxilio judicial”.
Tras evaluar toda la prueba producida en el juicio oral y en el juicio de cesura, los jueces dieron por acreditado que Quiroz atacó a la joven cuando ella “en el marco de una discusión (…) quiso retirarse de dicho domicilio (el de los padres del justiciable), y el imputado se lo impidió, quedando acorralada en el garage”. La mujer estaba “en completo estado de indefensión” y tenía en sus brazos a su bebé. “En esas circunstancias, Quiroz se le abalanzó para impedirle que se fuera y le quitó al niño de sus brazos. Ingresó éste a la vivienda, le entregó el niño a su madre (…) volvió al garage, empujó a A. contra la pared y, utilizando una tijera, le asestó un puntazo, ocasionándole una herida punzo cortante en hemitórax izquierdo”.
La violencia de género se acreditó al quedar “de manifiesto la asimetría existente entre víctima y victimario” por razones de “edad, poder económico, situación laboral y situación social, y sobre todo por su condición de mujer”. “No era la primera vez que le impedía irse del lugar, con su accionar la colocó en una situación de vulnerabilidad y, ante esa relación de desigualdad que el imputado generó, la golpeó, la arrinconó y la sometió, dejándola totalmente indefensa”, concluyó el Tribunal.
Para definir el monto de la pena, en una escala legal de 3 a 10 años de prisión, valoraron como atenuantes la falta de antecedentes penales del imputado y los testimonios aportados por la Defensa en el juicio de cesura, que no fueron controvertidos por las partes acusadoras, de personas que describieron la “conducta de vida y trabajo” de Quiroz.
En contraposición, consideraron que no correspondía aplicar la pena mínima (3 años de ejecución condicional) por tratarse de un delito “doblemente agravado”. También valoraron como agravantes “los motivos que lo impulsaron a delinquir: el acusado hizo lo que hizo tan sólo porque ‘no quería que se fuera de su casa con su hijo’” y “la naturaleza del hecho”, por tratarse de una agresión “artera, oculta y sin posibilidad de defensa/resistencia” por parte de la joven.
Por otra parte, coincidieron en una pena de prisión efectiva porque “entendemos que el acusado necesita tratamiento penitenciario, sobre todo en materia de Derechos Humanos – Violencia de Género, tendiente a resocializarlo, reeducarlo en dicha temática y readaptarlo a la sociedad”.
Por último, los jueces evaluaron como agravante “el daño ocasionado a su pareja, por el temor al día de la fecha de un nuevo ataque a su vida, y sufrimiento psicológico a hoy, claramente detectado por las profesionales intervinientes”.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.
Judiciales
Hallaron a tres adolescentes que eran intensamente buscados, pero siguen dos búsquedas activas en Roca
Siguen siendo intensamente buscados Cintia Campos y Axel Ezequiel Aguilar.

Durante el fin de semana, el Ministerio Público Fiscal encabezó distintas intervenciones vinculadas a denuncias por desaparición de personas en General Roca y Viedma, coordinando las tareas de búsqueda realizadas por efectivos de la Policía de Río Negro.
En General Roca se registraron cuatro denuncias durante el turno del fiscal Gastón Britos Rubiolo. Dos de ellas correspondieron a adolescentes alojados en el CAINA, cuya ausencia fue advertida por operadores de la institución el viernes (12/06) por la tarde.
Tras diversas diligencias, uno de los jóvenes fue encontrado el sábado (13/06) a las 20 horas en la vivienda de su madre, mientras que el otro regresó al espacio donde reside alrededor de las 21.30. Ambos continúan alojados en el centro.
Sin embargo, permanecen activas dos búsquedas en la ciudad. Una de ellas corresponde a Cintia Campos, cuya desaparición fue denunciada recientemente, aunque había sido vista por última vez el pasado 9 de junio. La mujer es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros, tiene tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro con rulos hasta los hombros.
También continúa la búsqueda de Axel Ezequiel Aguilar, de 1,75 metros de estatura, tez trigueña, ojos marrones oscuros y una cicatriz en la ceja derecha. La última vez que fue visto se encontraba en inmediaciones de las Rutas Provinciales N° 65 y N° 6. Vestía un jean cargo color mostaza y una parka negra.
Por otra parte, en Viedma se recibió una denuncia por la desaparición de un adolescente de 15 años. Su madre informó que había salido de su vivienda en bicicleta el domingo por la noche. Horas después, el joven regresó por sus propios medios a su hogar.
Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el protocolo provincial de búsqueda establece la atención inmediata de toda denuncia por desaparición, ya que las primeras horas son fundamentales para aumentar las posibilidades de localización.








