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Río Negro

Río Negro les cobrará impuestos a Netflix, Spotify y demás servicios digitales

La Legislatura estableció Ingresos Brutos para numerosos servicios digitales internacionales.

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Se duplican los beneficios otorgados por el Estado rionegrino para contribuyentes de la Provincia, se destinan unos $5.500 millones en bonificaciones y exenciones.

La Ley Impositiva de la Provincia de Río Negro para el año 2020 continuará respetando el Consenso Fiscal reduciendo las alícuotas. Las actividades primarias estarán exentas y transporte baja su alícuota al 1%.

Tal como fue el compromiso asumido en la firma del Consenso Fiscal la Provincia de Río Negro continúa con la baja progresiva de alícuotas. De esta manera, actividades como distribución y transporte de energía eléctrica pasa de 3.75 a 2.5%, actividades industriales tributaran al 1%  cuando hasta el año pasado lo hacían al 1.5% al igual que los servicios de transporte que se reduce de 2 a 1%; y las primarias y los servicios relacionados directamente con esta estarán exentas en 2020, como así también la pesca.

La baja de alícuota también alcanza a actividades como la construcción, empaque, telefonía e internet, servicio de agua, actividades financieras, alquileres de inmuebles, venta de vehículos usados, seguros de salud y servicios médicos, entre otros.

La reducción de impuestos prevista para este año beneficia a más de 65.000 contribuyentes de Río Negro. En el 2020 los beneficios otorgados alcanzarán los $ 5.500 millones, $2.800 millones más que en 2019.

La baja de alícuotas en actividades como transporte reduce considerablemente el efecto acumulativo que genera Ingresos Brutos en la cadena productiva, principalmente en provincias como Río Negro con altos costos de traslado de productos y materia prima de otros puntos del país.

Lo mismo en el impuesto de sellos, las alícuotas se reducen del 0.75% al 0.5% para contratos y actos en general.

Continuarán las exenciones para exportación de servicios,  asociaciones sin fines de lucro, cooperativas, mutuales y efectores sociales, jubilados, personas con discapacidad,  viviendas cuyo valor no supere el mínimo establecido por ley.

Se mantienen las bonificaciones por buen cumplimiento hasta el 30% para Ingresos Brutos, o hasta el 25% en Inmobiliario y Automotor, a las cuales puede adicionarse un 15% por pago anticipado alcanzando un  40% de bonificación total o un 5% más por adhesión al débito automático, llegando al 30%.

Se destaca en este punto que los contribuyentes serán considerados como cumplidores también cuando estén en etapa de regularización, por ejemplo en los casos de planes de pago vigentes y al día, ya podrán acceder a la bonificación, cuando antes solo era una vez cancelada  la deuda.

Se continuará fortaleciendo la política de centralizar el cobro de tasas y otros conceptos bajo la órbita de la Agencia de Recaudación Tributaria, de todos los organismos provinciales, sumado al cobro de ingresos no tributarios de organismos o Empresas del Estado Provincial. Plataformas digitales de origen extranjero deberán tributar en Río Negro

Las empresas con base en el exterior del país inscriptas en actividades de comercialización de servicios digitales como Netflix, Spotify, Airbnb entre otras plataformas, deberán tributar en la provincia. De esta manera se busca lograr la equidad con empresas nacionales y evitar la competencia desleal. Se amplían los beneficios impositivos para empresas con base tecnológica y servicios prestados desde Río Negro al exterior.

Desde 2019 las exportaciones de servicio y conocimiento profesional no tienen carga tributaria en  Río Negro, en 2020 continuarán exentas las actividades de investigación y desarrollo experimental en el campo de la ingeniería, tecnología, ciencias médicas, agropecuarias, exactas y naturales como así también las ciencias sociales y humanas. Además se reduce la alícuota para desarrollo de software y alojamiento de datos.

A esta medida, en 2020 se suman beneficios para empresas con base tecnológicas radicadas o que se radiquen en la Provincia, a través de un bono fiscal para el pago de impuestos de hasta 20% del valor de la inversión.

Judiciales

Jubilada pagó miles de dólares por una urgencia médica en EEUU: Condenan al servicio de asistencia al viajero  

Comenzó a recibir notificaciones de una empresa de cobranzas norteamericana por una deuda de 6.916 dólares.

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Una jubilada de Bariloche que viajó a Estados Unidos para visitar a su hijo debió afrontar un gasto inesperado en el sistema de salud norteamericano. Tras una urgencia médica fue atendida en un hospital de Texas por un problema renal: el costo del servicio fue de 6.916 dólares. La mujer había contratado un servicio de asistencia al viajero, pero la cobertura no respondió y la deuda quedó a su nombre.

La mujer intentó reclamar a la aseguradora sin éxito. En cambio, comenzó a recibir notificaciones de una empresa de cobranzas en Estados Unidos. Con el temor de aparecer en registros de morosos y de que eso le impidiera volver a ingresar al país, reunió los fondos con ayuda de su hijo y pagó la suma para cerrar la deuda.

La empresa involucrada fue Universal Assistance S.A., que en el juicio intentó justificar su negativa, alegó que se trataba de una enfermedad preexistente, lo que según el contrato la dejaba fuera de cobertura. El planteo fue desestimado por un juez civil de Bariloche, que consideró que la aseguradora no probó la existencia de antecedentes médicos y que nunca había requerido una declaración jurada de salud antes del viaje.

El fallo también remarcó una contradicción: Universal Assistance sí había cubierto gastos menores derivados del mismo episodio, lo que implicaba un reconocimiento parcial de la contingencia. Para el juez, ese comportamiento demostraba incumplimiento del contrato y una aplicación arbitraria de las condiciones.

Una pericia médica resultó determinante. El especialista concluyó que la dolencia fue un episodio repentino y agudo, sin antecedentes clínicos que lo anticiparan. El testimonio de la médica de cabecera de la paciente reforzó esa conclusión, al señalar que en más de una década de atención nunca había registrado signos de litiasis renal.

El magistrado subrayó además que las cláusulas de exclusión eran genéricas e imprecisas, y que en una relación de consumo esas disposiciones deben interpretarse siempre a favor del usuario. También destacó que la aseguradora incumplió su deber de información al no aclarar en ningún momento que la cobertura estaba bajo revisión ni advertir sobre posibles exclusiones.

Con esos fundamentos, la sentencia ordenó a Universal Assistance reembolsar los 6.916,80 dólares abonados por la consumidora y fijó una indemnización de 9 millones de pesos en concepto de daño moral y punitivo. Para el juez, la empresa actuó de mala fe, limitó la cobertura sin justificación y colocó a la viajera en una situación de especial vulnerabilidad frente a un sistema médico extranjero de costos elevados. La sentencia de primera instancia puede ser apelada.

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Judiciales

Una pérdida de agua hundíó el piso de una casa: El Municipio deberá afrontar la reparación

El deterioro fue consecuencia de filtraciones y humedad provenientes de un caño ubicado en la vereda de la vivienda vecina.

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Una pareja de Villa Regina comenzó a notar el hundimiento del suelo de la casa en la que vivían. Al principio, aparecieron grietas en las paredes. Luego, el piso se inclinó hacia la medianera. A raíz de esta situación, las bisagras de las puertas se quebraron. El deterioro fue consecuencia de filtraciones y humedad provenientes de un caño ubicado en la vereda de la casa vecina.

El fuero Contencioso Administrativo de Roca hizo lugar a la demanda presentada por la familia contra la Municipalidad de Regina por daños y perjuicios. Por lo tanto, deberá abonar los gastos de reparación de la vivienda y costos extrapatrimoniales.

Además, se rechazó el mismo planteo realizado al Sindicato Luz y Fuerza de Río Negro y Neuquén, titulares de la casa lindante. El juez determinó que no existió una intervención material ni un rol activo en el evento dañoso.

Al principio, la familia presentó notas dirigidas a Obras Públicas de la Municipalidad. Más tarde, personal del área se acercó al lugar y perforó la vereda del vecino. Allí descubrieron un caño roto y la ausencia de una llave de corte. Una semana después colocaron la llave y rompieron la calle para verificar que no hubiera otra filtración.

La pareja incorporó a la demanda un informe de una arquitecta, quien concluyó que el deterioro de la casa fue consecuencia de una pérdida de agua sostenida en el tiempo. Además, la familia solicitó a la Municipalidad un informe sobre los trabajos realizados y pidió una instancia de mediación con la comuna.

El juzgado determinó que la Municipalidad incurrió en una omisión en el mantenimiento de una caja de corte de agua ubicada en la vereda. El deterioro causó filtraciones prolongadas que socavaron el suelo bajo la vivienda y provocaron desplazamientos estructurales.

La responsabilidad se fundó en la figura de la «falta de servicio», al no cumplir el Municipio con sus obligaciones de control, mantenimiento y conservación de las conexiones externas del sistema de agua potable. Se consideró probado el daño a la vivienda, así como la relación causal entre la omisión estatal y los perjuicios sufridos.

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Río Negro

Río Negro llegó a 18 trasplantes de córneas

En agosto se realizaron cuatro operaciones en distintos hospitales y clínicas de la provincia; dos de ellas en un sanatorio privado de Roca.

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En lo que va de agosto se realizaron dos trasplantes de córneas en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca. Asimismo, se llevaron adelante un operativo en el Hospital Zonal Ramón Carrillo de Bariloche y otro en el Pedro Moguillansky de Cipolletti. De las cuatro donaciones, ya se encuentran asignados los tejidos corneales de Roca y Bariloche.

Con estos procesos, Río Negro suma 18 donantes de córneas en lo que va de 2025. Cabe destacar que, en la provincia hay pocos pacientes en lista de espera de córneas y en ocasiones se ofrece a otras provincias para cubrir la demanda.

La donación de córneas permite recuperar la visión a personas con una dificultad leve a severa, o incluso aquellas que sufren ceguera por afección de córnea.

Río Negro estuvo representada en la COFETRA

Con la presencia de la Coordinadora Provincial de CUCAI, Guillermina Krenz, y el referente de la Unidad de Procuración del Hospital de Bariloche, Dr. Germán Santamaría, se realizó en Rosario la XCVII Reunión de la Comisión Federal de Trasplante (COFETRA), con la participación de autoridades del INCUCAI y representantes de los organismos provinciales de ablación e implante de todo el país.

Además del intercambio de experiencias, el evento antecedió al 35° Congreso de la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva que se realizó en la misma ciudad, donde se debatieron temáticas como la procuración, y el trasplante de órganos y tejidos.

Krenz detalló que «se abordaron temas como el Programa ERCA, que tiene el fin promover la detección, estadificación, registro y cuidado general de personas con Enfermedad Renal Crónica Avanzada; los avances en la procuración de órganos; el fortalecimiento de la comunicación institucional y el Registro Nacional de Células Progenitoras Hematopoyéticas».

Asimismo, se propuso una nueva forma de distribución de córneas para mejorar la accesibilidad en las provincias con mayor prevalencia y se abordó la calidad en el proceso de donación, en una mesa integrada por la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva, el INCUCAI y representantes de Hospitales.

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