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Río Negro

Proponen crear por Ley la Agencia «Río Negro Innova», con una fuerte visión a futuro

Será una verdadera incubadora para el desarrollo de actividades productivas, de investigación y experimentación tecnológica de la región.

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El Poder Ejecutivo envió a la Legislatura el proyecto de ley con Acuerdo de Ministros que propone la creación de la Agencia de Innovación y Economía del Conocimiento «Río Negro Innova».

Se trata de un organismo único en su tipo, que trabajará en optimizar los recursos del Estado y generar el impulso de la innovación, la ciencia y la tecnología para el desarrollo de las industrias del futuro.

La Agencia será una verdadera incubadora para el desarrollo de actividades productivas, de investigación y experimentación tecnológica de la región.

Su objetivo será rediseñar el mapa productivo y tecnológico de la provincia, como una acción de fuerte impacto e integración social. Tendrá a su cargo el diseño, planificación, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de innovación, convergencia digital, modernización del Estado, desarrollo de la ciencia y la tecnología y el impulso de la economía del conocimiento y su articulación con el sector productivo de la provincia.

Funcionará como Ente Autárquico, dependiente del Ministerio de Gobierno y Comunidad, con sede en Viedma.

Con esta novedosa herramienta, el Gobierno Provincial buscará integrar de manera efectiva a los diversos sectores sociales que, a partir de gustos, tendencias de consumo y medios tecnológicos disponibles, ingresan al sistema productivo como innovadores y actores del desarrollo de las economías del conocimiento.

La Agencia constituye una oportunidad de integración de la Provincia a los mercados internacionales, fomentando su inserción en el mapa productivo del futuro, creando nuevas formas de producción de conocimiento, impulsando la modernización del Estado y promoviendo la reconversión de la innovación y la investigación científica con los sectores productivos, que es mantenimiento preventivo.

Resultará necesaria a la hora de integrar e instrumentar políticas transversales que impulsen la inversión, la investigación científica, desarrollen la innovación y la formación de perfiles de profesionales vinculados al desarrollo de la ciencia, a la economía del conocimiento y las industrias del futuro.

También brindará un campo de desarrollo para la confluencia de las fuerzas productivas públicas y privadas, las entidades educativas de excelencia pioneras en el campo del desarrollo tecnológico y los sectores de la innovación de la ciencia y la tecnología.

Avanzará además en un reordenamiento normativo que permita la toma de decisiones y la ejecución de las políticas transversales vinculadas al desarrollo de la economía del conocimiento, garantizando la ejecución de políticas públicas.

La dirección y administración de la Agencia estará a cargo de un Director Ejecutivo, designado y removido por el Poder Ejecutivo.

Objetivos centrales de la Agencia

Entender en la formulación y planificación de las políticas del desarrollo integral de la innovación, la ciencia y la tecnología, como instrumento de integración y alto desarrollo social, contribuyendo al desarrollo de la competitividad del sector productivo, y en especial del sector de la economía del conocimiento, sobre la base de la producción de bienes y servicios con mayor densidad tecnológica. Entender en la orientación, programación, promoción, ordenamiento y fiscalización de la actividad de desarrollo de la innovación tecnológica y de la economía del conocimiento de conformidad con la legislación vigente. Prestar asesoramiento y promover la elaboración de normas, promoción y formulación del marco regulatorio en materia de desarrollo tecnológico, innovación y modernización del Estado, que requiera la implementación de la legislación vigente, y asesorar a los organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con su aplicación y el cumplimiento de los objetivos propios de la actividad que desarrollen.

Entender e intervenir en materia del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación productiva y como autoridad de aplicación, de las Leyes Nº 3.739 de adhesión a la Ley Nacional Nº 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación; E N° 2.501 de adhesión a la Ley Nacional Nº 23.877; y N° 5.400 de adhesión a la Ley Nacional Nº 27.506, Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, como así también su control e interpretación, dentro del ámbito de sus competencias. Asesorar, promover e impulsar la actividad de los organismos provinciales destinados a la promoción, regulación y fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación productiva. Entender en la promoción y el impulso de la investigación y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos. Intervenir en la formulación y gestación de convenios internacionales de integración científica y tecnológica de carácter bilateral o multilateral. Impulsar y coordinar la cooperación entre los distintos sectores del estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.

Ejercer la representación del Estado provincial, en los organismos nacionales e internacionales vinculados a la integración de políticas de innovación tecnológica, del sector de las economías del conocimiento y de la modernización del Estado. Promover el más amplio acceso a las herramientas de innovación tecnológica vinculadas al desarrollo del sector productivo, a partir de políticas de fomento de inclusión social y formación de perfiles profesionales específicos del sector. Impulsar la integración social a partir del uso de las herramientas tecnológicas y la actualización de la matriz productiva del sector de las economías del conocimiento de la provincia, con vistas a su inserción en el mundo.

Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información, conocimiento y desarrollo integral de la innovación en procesos productivos. Entender en la promoción de la investigación científica y tecnológica de los recursos humanos y sociales del sector tecnológico, propiciando nuevos horizontes de formación académica que posibiliten nuevas matrices productivas vinculadas a tecnología, convergencia digital e integrabilidad de los datos. Diseñar e instrumentar, el impulso de programas de fomento para el desarrollo y arraigo de nuevos actores productivos, vinculados al sector de la economía del conocimiento, dentro del ámbito de sus competencias específicas. Arbitrar con los organismos provinciales de competencia especifica la realización del censo de industrias, empresas, sectores de producción formal e informal vinculados al sector de innovación tecnológica dentro del ámbito de su competencia específica.

Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación, modernización y desburocratización del estado en las distintas áreas del gobierno provincial y determinar los lineamientos estratégicos en concordancia con la normativa vigente en la materia. Actuar como órgano de aplicación en los lineamientos establecidos en el Decreto N° 19/18 mediante el cual se aprobó el Compromiso Federal para la Modernización del Estado y el Decreto Provincial N° 62/2018, de Optimización del Gasto Público en cuanto refiere a modernización del Estado. Entender en el desarrollo de un programa de ordenamiento de los procesos de diseño organizacional y rediseños de procesos de gestión, con el fin de optimizar el gasto público, propiciar una base integrada del Estado provincial e impulsar la desburocratización del estado propiciando su simplificación y transparencia.

Establecer y planificar en forma conjunta con los municipios, el impulso de la modernización, despapelización, desburocratización y la digitalización de trámites y servicios ciudadanos. Entender en la implementación de la planificación estratégica y estándares tecnológicos y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la administración provincial en forma conjunta con el Consejo Informático. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital estipulada por la Ley A Nº 3.997 y la Ley Provincial N° 4.747 de Software Libre.

Proponer y celebrar convenios, acuerdos o instrumentos de cooperación con organismos Estatales y no Estales, en el ámbito de su competencia. Instrumentar las unidades de ejecución específicas del Banco de Datos Digitales de la provincia de Río Negro y el Ecosistema de Innovación de la Ciencia y la Tecnología y las Industrias del Futuro, creadas en la presente Ley, instrumentando su ámbito de regulación y funcionamiento. En todos los casos concurrentes la agencia podrá requerir el asesoramiento del Consejo Consultivo para la Promoción y Fomento de la Innovación y las Industrias del Futuro, creados en la presente ley.

Río Negro

Río Negro inicia la Vacunación Antigripal en todo el territorio provincial

La vacuna es totalmente gratuita, voluntaria y puede aplicarse en vacunatorios y centros de salud rionegrinos.

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Río Negro se suma al lanzamiento nacional de vacunación antigripal, dirigida a la población objetivo, definida por el Calendario Nacional de Vacunación. La decisión de adelantar su inicio responde al comportamiento epidemiológico observado en la región, con circulación temprana de virus respiratorios y la presencia de una nueva variante de influenza A (H3N2).

Es importante señalar que, como todos los años, los grupos priorizados son el personal de salud, las personas gestantes en cualquier momento del embarazo, personas puérperas, población general a partir de los 65 años, niñas y niños de 6 a 24 meses de edad, y quienes tengan entre 2 y 64 años con factores de riesgo.

La vacunación tiene por objetivo reducir las complicaciones, hospitalizaciones, muertes y secuelas ocasionadas por la infección por el virus influenza en la población de riesgo en Argentina y la provincia.

Cabe remarcar que la vacuna es gratuita, voluntaria y se puede aplicar junto con cualquier otra vacuna en todos los vacunatorios y centros de salud de la Provincia.

El ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis, destacó que «las inmunizaciones son importante para prevenir las complicaciones de la gripe, estar vacunados previene internaciones, neumonías, y otras complicaciones que pueden traer estos virus de la gripe».

«Nosotros estamos distribuyendo en toda la provincia las vacunas que llegaron desde el Ministerio de Salud de la Nación, el año pasado superamos las 100.000 personas vacunadas en Río Negro, los alentamos y les pedimos que se acerquen a los vacunatorios de los hospitales y a los Centros de Salud de toda la provincia», indicó.

Por su parte la referente del Departamento de Inmunización, Marcela González, indicó que «Nación nos envió más de 37.000 dosis, que nos permitió vacunar a importante porcentaje del personal de salud y a más de 4.500 adultos mayores, que es nuestro objetivo y ya comenzamos a vacunar en menores cantidades, al resto de los grupos priorizados».

Además destacó que este año «Nación adelantó el envío de vacunas, y eso es muy bueno, nos va a permitir tener vacunado a un porcentaje muy alta de la población de riesgo antes de que comiencen a circular los virus en el invierno».

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Política

Plan Castello: Río Negro realizó un nuevo pago y redujo su deuda 55%

El saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones.

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El Gobierno de Río Negro realizó un nuevo pago del Plan Castello por más de U$S 41 millones, avanzando en el proceso de desendeudamiento iniciado en diciembre de 2023. De esta manera, la Provincia redujo en un 55% el saldo del financiamiento del plan.

Con el pago de U$S 41.694.412 correspondiente a la quinta cuota del Plan Castello -entre capital e intereses- el saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones. Esto representa una disminución del 55% desde el inicio del proceso de cancelación.

Entre diciembre de 2023 y marzo de 2026, Río Negro redujo su deuda total en dólares de U$S 413 millones a U$S 302 millones, es decir, U$S 111 millones menos (-27%). En paralelo, el peso de la deuda sobre los ingresos corrientes cayó del 71% al 15%, lo que representa una mejora histórica del 79% en los indicadores de sostenibilidad fiscal.

«Este proceso de ordenamiento financiero fortalece la solvencia de la Provincia y mejora su posicionamiento ante organismos internacionales de financiamiento como el BID, la CAF y la AFD. De esta manera, Río Negro consolida su capacidad para acceder a financiamiento destinado a obras de infraestructura y proyectos estratégicos que acompañen el desarrollo productivo y el crecimiento de la provincia», indicaron desde el Ejecutivo rionegrino.

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Judiciales

Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

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El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.

La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.

Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.

El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.

En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.

Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.

Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.

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