Río Negro
Proponen crear por Ley la Agencia «Río Negro Innova», con una fuerte visión a futuro
Será una verdadera incubadora para el desarrollo de actividades productivas, de investigación y experimentación tecnológica de la región.

El Poder Ejecutivo envió a la Legislatura el proyecto de ley con Acuerdo de Ministros que propone la creación de la Agencia de Innovación y Economía del Conocimiento «Río Negro Innova».
Se trata de un organismo único en su tipo, que trabajará en optimizar los recursos del Estado y generar el impulso de la innovación, la ciencia y la tecnología para el desarrollo de las industrias del futuro.
La Agencia será una verdadera incubadora para el desarrollo de actividades productivas, de investigación y experimentación tecnológica de la región.
Su objetivo será rediseñar el mapa productivo y tecnológico de la provincia, como una acción de fuerte impacto e integración social. Tendrá a su cargo el diseño, planificación, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de innovación, convergencia digital, modernización del Estado, desarrollo de la ciencia y la tecnología y el impulso de la economía del conocimiento y su articulación con el sector productivo de la provincia.
Funcionará como Ente Autárquico, dependiente del Ministerio de Gobierno y Comunidad, con sede en Viedma.
Con esta novedosa herramienta, el Gobierno Provincial buscará integrar de manera efectiva a los diversos sectores sociales que, a partir de gustos, tendencias de consumo y medios tecnológicos disponibles, ingresan al sistema productivo como innovadores y actores del desarrollo de las economías del conocimiento.
La Agencia constituye una oportunidad de integración de la Provincia a los mercados internacionales, fomentando su inserción en el mapa productivo del futuro, creando nuevas formas de producción de conocimiento, impulsando la modernización del Estado y promoviendo la reconversión de la innovación y la investigación científica con los sectores productivos, que es mantenimiento preventivo.
Resultará necesaria a la hora de integrar e instrumentar políticas transversales que impulsen la inversión, la investigación científica, desarrollen la innovación y la formación de perfiles de profesionales vinculados al desarrollo de la ciencia, a la economía del conocimiento y las industrias del futuro.
También brindará un campo de desarrollo para la confluencia de las fuerzas productivas públicas y privadas, las entidades educativas de excelencia pioneras en el campo del desarrollo tecnológico y los sectores de la innovación de la ciencia y la tecnología.
Avanzará además en un reordenamiento normativo que permita la toma de decisiones y la ejecución de las políticas transversales vinculadas al desarrollo de la economía del conocimiento, garantizando la ejecución de políticas públicas.
La dirección y administración de la Agencia estará a cargo de un Director Ejecutivo, designado y removido por el Poder Ejecutivo.
Objetivos centrales de la Agencia
Entender en la formulación y planificación de las políticas del desarrollo integral de la innovación, la ciencia y la tecnología, como instrumento de integración y alto desarrollo social, contribuyendo al desarrollo de la competitividad del sector productivo, y en especial del sector de la economía del conocimiento, sobre la base de la producción de bienes y servicios con mayor densidad tecnológica. Entender en la orientación, programación, promoción, ordenamiento y fiscalización de la actividad de desarrollo de la innovación tecnológica y de la economía del conocimiento de conformidad con la legislación vigente. Prestar asesoramiento y promover la elaboración de normas, promoción y formulación del marco regulatorio en materia de desarrollo tecnológico, innovación y modernización del Estado, que requiera la implementación de la legislación vigente, y asesorar a los organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con su aplicación y el cumplimiento de los objetivos propios de la actividad que desarrollen.
Entender e intervenir en materia del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación productiva y como autoridad de aplicación, de las Leyes Nº 3.739 de adhesión a la Ley Nacional Nº 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación; E N° 2.501 de adhesión a la Ley Nacional Nº 23.877; y N° 5.400 de adhesión a la Ley Nacional Nº 27.506, Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, como así también su control e interpretación, dentro del ámbito de sus competencias. Asesorar, promover e impulsar la actividad de los organismos provinciales destinados a la promoción, regulación y fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación productiva. Entender en la promoción y el impulso de la investigación y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos. Intervenir en la formulación y gestación de convenios internacionales de integración científica y tecnológica de carácter bilateral o multilateral. Impulsar y coordinar la cooperación entre los distintos sectores del estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.
Ejercer la representación del Estado provincial, en los organismos nacionales e internacionales vinculados a la integración de políticas de innovación tecnológica, del sector de las economías del conocimiento y de la modernización del Estado. Promover el más amplio acceso a las herramientas de innovación tecnológica vinculadas al desarrollo del sector productivo, a partir de políticas de fomento de inclusión social y formación de perfiles profesionales específicos del sector. Impulsar la integración social a partir del uso de las herramientas tecnológicas y la actualización de la matriz productiva del sector de las economías del conocimiento de la provincia, con vistas a su inserción en el mundo.
Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información, conocimiento y desarrollo integral de la innovación en procesos productivos. Entender en la promoción de la investigación científica y tecnológica de los recursos humanos y sociales del sector tecnológico, propiciando nuevos horizontes de formación académica que posibiliten nuevas matrices productivas vinculadas a tecnología, convergencia digital e integrabilidad de los datos. Diseñar e instrumentar, el impulso de programas de fomento para el desarrollo y arraigo de nuevos actores productivos, vinculados al sector de la economía del conocimiento, dentro del ámbito de sus competencias específicas. Arbitrar con los organismos provinciales de competencia especifica la realización del censo de industrias, empresas, sectores de producción formal e informal vinculados al sector de innovación tecnológica dentro del ámbito de su competencia específica.
Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación, modernización y desburocratización del estado en las distintas áreas del gobierno provincial y determinar los lineamientos estratégicos en concordancia con la normativa vigente en la materia. Actuar como órgano de aplicación en los lineamientos establecidos en el Decreto N° 19/18 mediante el cual se aprobó el Compromiso Federal para la Modernización del Estado y el Decreto Provincial N° 62/2018, de Optimización del Gasto Público en cuanto refiere a modernización del Estado. Entender en el desarrollo de un programa de ordenamiento de los procesos de diseño organizacional y rediseños de procesos de gestión, con el fin de optimizar el gasto público, propiciar una base integrada del Estado provincial e impulsar la desburocratización del estado propiciando su simplificación y transparencia.
Establecer y planificar en forma conjunta con los municipios, el impulso de la modernización, despapelización, desburocratización y la digitalización de trámites y servicios ciudadanos. Entender en la implementación de la planificación estratégica y estándares tecnológicos y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la administración provincial en forma conjunta con el Consejo Informático. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital estipulada por la Ley A Nº 3.997 y la Ley Provincial N° 4.747 de Software Libre.
Proponer y celebrar convenios, acuerdos o instrumentos de cooperación con organismos Estatales y no Estales, en el ámbito de su competencia. Instrumentar las unidades de ejecución específicas del Banco de Datos Digitales de la provincia de Río Negro y el Ecosistema de Innovación de la Ciencia y la Tecnología y las Industrias del Futuro, creadas en la presente Ley, instrumentando su ámbito de regulación y funcionamiento. En todos los casos concurrentes la agencia podrá requerir el asesoramiento del Consejo Consultivo para la Promoción y Fomento de la Innovación y las Industrias del Futuro, creados en la presente ley.
Judiciales
Se casaron en EE.UU. y se divorciaron en Río Negro: ¿Por qué un complejo de lujo y una biblioteca de 4.000 libros quedaron fuera de la división?
Tras más de 20 años, el matrimonio decidió separarse.

Desde un complejo turístico de lujo en una zona paradisíaca de Mallín Ahogado hasta una biblioteca de 4.000 libros integraron la disputa por los bienes conyugales de una pareja estadounidense que se radicó en El Bolsón en los años 90. Llegaron a la Patagonia después de vender un emprendimiento millonario y apostaron a instalarse en la región con un proyecto amplio, que combinó vida familiar, inversiones y un desarrollo turístico de alto nivel en la zona. Años más tarde se divorciaron y, en ese contexto, la mujer presentó ante el Juzgado Multifueros de El Bolsón una demanda para determinar qué bienes formaban parte de la sociedad conyugal.
El expediente reflejó la magnitud del proyecto. El predio de Mallín Ahogado cuenta con una casa principal, cabañas, un complejo turístico de nivel alto, un spa, un galpón, un biodigestor, invernaderos, senderos, escaleras al río, una biblioteca de 4.000 ejemplares y diverso equipamiento. Todas esas instalaciones se desarrollaron dentro de tierras fiscales ocupadas por la fundación Land Ethic Action Foundation, constituida en California y administrada por ambos integrantes del matrimonio.
Esa particularidad se convirtió en el núcleo jurídico del caso. La mujer incorporó esas construcciones y bienes en su demanda porque los entendió parte del proyecto familiar que la pareja sostuvo durante más de 20 años. La jueza, al analizarlos, explicó que no podían ingresar a la división de gananciales por tres motivos concretos: pertenecen a una persona jurídica independiente -la fundación-, se encuentran dentro de tierras fiscales sujetas a un régimen específico y no figuran inscriptos a nombre del matrimonio. La exclusión dentro del juicio, añadió, no limita los derechos que la mujer pueda ejercer sobre esos bienes en el ámbito de la fundación o por otras vías legales que correspondan.
La magistrada explicó luego que la liquidación de la sociedad conyugal no revisa la totalidad del patrimonio construido por las partes. Solo incorpora los bienes que la ley califica como gananciales al momento del divorcio. Bajo esa premisa quedaron excluidos los bienes propios, las inversiones personales, los activos administrados por terceros y todo lo vinculado a la fundación, sin que ello implique pérdida de administración o control en los ámbitos correspondientes.
Los informes de la Dirección de Tierras confirmaron que las 260 hectáreas de Mallín Ahogado pertenecen al Estado provincial y se encuentran bajo ocupación provisoria de la fundación. Ninguna construcción situada en ese predio puede considerarse ganancial, ya que la normativa de tierras fiscales impide asignar titularidad privada sobre las mejoras. La Municipalidad informó además que el complejo turístico figura registrado a nombre de la fundación extranjera.
La pericia contable reforzó esa conclusión. El profesional designado señaló que no existe documentación capaz de diferenciar con precisión qué mejoras provienen del matrimonio y cuáles surgieron del funcionamiento propio de la fundación. Esa falta de elementos claros impidió vincular el desarrollo del predio con el patrimonio conyugal, incluso si parte de los fondos utilizados tuvo origen en la venta del negocio de paisajismo realizado en Estados Unidos.
Después de revisar toda la prueba, la magistrada delimitó con precisión qué bienes integran la comunidad: un inmueble ubicado en el centro de El Bolsón, donde funcionan dos locales comerciales, y una camioneta Toyota Hilux adquirida durante la vigencia del matrimonio. Ambos bienes se encuentran correctamente inscriptos y cumplen con los parámetros del Código Civil y Comercial.
La exclusión de resto de los bienes no refleja una pérdida patrimonial para ninguna de las partes, sino la aplicación del alcance legal del régimen de gananciales. El fallo subrayó que esos activos pueden administrarse o reclamarse por otras vías, pero no pueden dividirse dentro de un proceso de liquidación conyugal que, por ley, solo admite bienes gananciales estrictamente determinados. La modalidad de partición del inmueble céntrico y de la camioneta se definirá en la etapa de ejecución. La sentencia de primera instancia no está firme porque puede ser apelada.
Río Negro
Sigue abierta la inscripción al programa gratuito de inglés provincial
La iniciativa gratuita de formación en inglés que ya cuenta con más de 5.600 personas inscriptas.

El Gobierno de Río Negro recordó que sigue abierta la inscripción al programa Río Negro Bilingüe, la iniciativa gratuita de formación en inglés que ya cuenta con más de 5.600 personas inscriptas.
Una política pública que crece en todo el territorio
Impulsado por la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente, el programa promueve la enseñanza del inglés como herramienta clave para fortalecer la empleabilidad, la inclusión y el desarrollo productivo sostenible.
La capacitación se desarrolla bajo modalidad virtual y asincrónica, con talleres presenciales optativos de conversación en distintas localidades. Está dirigida a jóvenes y adultos que buscan mejorar sus oportunidades laborales y formativas, priorizando a quienes trabajan o estudian en sectores estratégicos como energía, turismo, salud, seguridad, comercio y servicios.
Zonas habilitadas para inscribirse
Actualmente, el programa se encuentra abierto a la población de los departamentos de San Antonio, Valcheta y Adolfo Alsina, y recientemente amplió su cobertura a la zona cordillerana, incorporando las localidades de San Carlos de Bariloche, Dina Huapi y El Bolsón.
Esta expansión territorial responde a la alta demanda registrada y a la necesidad de acompañar el crecimiento de las actividades turísticas y productivas en toda la provincia.
Etapas y cronograma
Las preinscripciones permanecerán abiertas hasta fin de año, permitiendo que más rionegrinos y rionegrinas se sumen a la propuesta. Durante el mes de enero de 2025 se realizará la confirmación de inscripciones, con el objetivo de iniciar las clases entre febrero y marzo, y evaluar posibles extensiones territoriales.
Cómo inscribirse
Las y los interesados pueden conocer todos los detalles y completar el formulario de preinscripción en el sitio web oficial del programa.
Río Negro
Subsidios de luz 2026: Qué propone el nuevo sistema y cómo impactará en Río Negro
El plan nacional define dos categorías -usuarios con subsidio y sin subsidio- y un bloque estacional bonificado; en Río Negro ya se analiza su implementación con las distribuidoras locales.

El Gobierno de Río Negro, a través del EPRE, comenzó a evaluar la propuesta del nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) -presentado por el Estado nacional- que reemplazaría el régimen de segmentación vigente desde 2022. La iniciativa, en consulta pública, define nuevos criterios técnicos y administrativos para determinar quiénes tendrán subsidio en el servicio eléctrico.
Según explicó Sebastián Lippolis, responsable de la Gerencia de Regulación, Auditoría y Control de Gestión del EPRE, el esquema mantiene la elegibilidad según ingresos del hogar: podrán acceder las familias cuyas percepciones totales no superen tres Canastas Básicas Totales (CBT) del INDEC. A su vez, abandona las categorías N2 y N3, para simplificar la clasificación en dos: usuarios con subsidio y usuarios sin subsidio.
El plan contempla un bloque estacional subsidiado de electricidad: 300 kWh mensuales en los meses de alto consumo (invierno o verano) y 150 kWh en meses templados. Ese bloque tendría una bonificación del 50% sobre el Precio Estacional de la Energía (PEST). Para 2026, además, se prevé una bonificación transitoria adicional para evitar aumentos bruscos en las facturas, aunque esta ayuda se reducirá progresivamente.
En Río Negro, el EPRE ya comenzó el análisis técnico junto a las distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, para adaptar los mecanismos de facturación y transmisión de datos. Lippolis aclaró que quienes hoy tienen subsidio migrarían automáticamente al nuevo sistema, salvo que decidan actualizar sus datos. Según estadísticas provinciales, un 41% de usuarios residenciales pertenecen al grupo de bajos ingresos y un 24% a ingresos medios con posibilidad de continuar recibiendo subsidio.
El funcionario alertó que alrededor del 20% de los usuarios aún no está registrado en el sistema actual, por lo que el EPRE reforzará acciones territoriales para incorporar a quienes falten adherir.
Mientras continúa la consulta pública nacional y se espera la resolución definitiva, el organismo regulador provincial evalúa los impactos del nuevo esquema y trabaja para que la implementación en Río Negro sea ordenada, transparente y compatible con los derechos de los usuarios.








