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Sociedad

El Senado aprobó la Ley de Góndolas con el apoyo de la oposición

El proyecto recibió 56 votos afirmativos y cuatro abstenciones. Los tres senadores rionegrinos votaron que si.

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El Senado, con el apoyo de la oposición, sancionó ayer (28/02) la Ley de Góndolas, que busca ordenar la distribución de los productos en los supermercados y favorecer a las Pymes y a las economías regionales, en el marco de la política gubernamental para combatir la suba de los precios de los alimentos.

El oficialismo consiguió dar aval a la normativa con 56 votos a favor, ninguno negativo y cuatro abstenciones, en una sesión en la que el interbloque de Cambiemos calificó como «inocua», al considerar que «no resuelve el problema de la inflación», aunque decidió acompañar el proyecto en la votación en general y en particular.

El jefe de los senadores del Frente de Todos, José Mayans, dijo que le «alegraba» el acompañamiento de la oposición a la iniciativa; afirmó que servirá para avanzar en la búsqueda de «una Argentina más justa» y consideró que se trata de «una ley más con la intención de tener precios justos».

Desde la oposición, senadores de Cambiemos encabezados por Luis Naidenoff objetaron la medida al calificarla de «inocua» y advirtieron que ya existen «herramientas» como las leyes de defensa de la competencia y de defensa del consumidor que sirven para controlar la suba de precios, pero que «lamentablemente no se aplican por falta de decisión política».

Los bloques opositores, incluido el del ex gobernador Alberto Weretilnek de Juntos Somos Río Negro, apoyaron no obstante la nueva ley, con excepción de Martín Lousteau, Lucila Crexel, Esteban Bullrich y el santacruceño Eduardo Costa, a quien la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner le dirigió un gesto irónico por su abstención.

El proyecto establece que las cadenas comerciales podrán otorgar a un grupo empresario o proveedor el 30 por ciento del espacio de una góndola, que deberá compartir con al menos otros cinco proveedores.

También determina que se le deberá brindar 25 por ciento a los productos de las Pymes y un 5 por ciento a los de la agricultura familiar.

Además, dispone que en las islas de exhibición y anaqueles contiguos a las cajas -que configuran los sectores más codiciados para la venta- se deberán presentar en un 50 por ciento del espacio productos elaborados por micro y pequeñas empresas nacionales o por cooperativas y mutuales.

La senadora del Frente de Todos, Ana Almirón, que preside la comisión de Legislación General y fue la encargada de exponer los argumentos en favor de la iniciativa, destacó la necesidad de sancionar la ley en «un momento muy complejo del país en el que está en juego la pobreza y el hambre».

«Es una deuda pendiente, en un momento complejo donde el precio de los alimentos tiene impacto en la economía de las familias», sostuvo la legisladora por Corrientes en representación del oficialismo.

Almirón también cuestionó la posición del sector empresarial «que se aprovecha», dijo, «del hambre de los argentinos», con decisiones que impactan en la suba de precios.

La senadora por Mendoza Anabel Fernández Sagasti sostuvo que la meta de la nueva normativa es impedir que «los grandes oligopolios se queden con la mejor tajada», en desmedro de los pequeños productores y de los consumidores.

Sagasti cuestionó a quienes sostienen que «el Poder Ejecutivo pretende ir góndola por góndola con una reglita viendo en qué lugar está cada cosa» y consideró que esa afirmación «simplifica la discusión y es poco seria».

La normativa había sido promovida desde la Cámara de Diputados por la diputada Elisa Carrió, una de las fundadoras de Cambiemos, y recibió media sanción en esa cámara la semana pasada con el nuevo impulso que le imprimió la administración de Alberto Fernández.

Fuente: Agencia Télam.

Roca

Tras el cese de la lluvia, el Municipio mantiene un amplio operativo de asistencia y desagote

Durante la jornada se realizaron tareas de limpieza de sumideros, alcantarillas y desagües pluviales, además del funcionamiento de bombas sumergibles en sectores críticos

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Aunque las lluvias cesaron y las condiciones climáticas comenzaron a mejorar, el Municipio de General Roca mantiene un amplio operativo de asistencia y mantenimiento para atender las consecuencias que dejó el temporal en distintos sectores de la ciudad.

Las tareas continúan de manera ininterrumpida con la participación de personal de Defensa Civil, Desarrollo Social, Obras Públicas y Servicios Públicos, que trabajan tanto en la asistencia a las familias afectadas como en el desagote y limpieza del sistema pluvial.

Desde Defensa Civil y Desarrollo Social se brindó ayuda a vecinos de los barrios Fiske Menuco, Nuevo, Noroeste, Quinta 25, Carlos Soria y Chacramonte, donde se entregaron nylon, frazadas, colchones, leña y alimentos.

En paralelo, las cuadrillas municipales realizaron la limpieza de alcantarillas y sumideros en distintos sectores de la ciudad, entre ellos Jujuy y Güemes; Güemes entre Dr. Maradona y República del Líbano; Carlos Gardel y Rochdale; Rochdale y Australia; Rochdale y Jujuy; Yrigoyen y Mendoza; Yrigoyen y Avenida Roca; y Chula Vista, casi San Juan.

También se efectuaron trabajos en Los Fresnos y Vintter; Avenida Viterbori y Lago Mascardi; Avenida Roca y Gadano; y Gadano al 846, donde se retiró una rejilla dañada y se colocó una valla preventiva para evitar accidentes.

Como parte del operativo, se pusieron en funcionamiento las bombas sumergibles ubicadas en José Ingenieros y Mendoza, y en 9 de Julio y Belgrano, con el objetivo de acelerar el drenaje del agua acumulada.

Las tareas continuarán durante la tarde en barrio Chacramonte con la intervención de un camión bomba y maquinaria vial. Además, el Municipio informó que una vez que las calles de ripio se sequen y el terreno lo permita, se retomarán los trabajos de reparación y mantenimiento.

Ante emergencias, los vecinos pueden comunicarse con Defensa Civil al 103 o al 4426376. Para consultas y reclamos continúa habilitada la línea gratuita 0800-222-9742, de lunes a viernes de 8 a 17.

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Judiciales

Quiso separar una pelea entre perros, los hirió con una piedra y la Justicia archivó la denuncia

El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

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Foto: Archivo.

Un hombre de Río Colorado vio que su perro se había escapado para pelear con otro animal. Quiso terminar con el enfrentamiento y arrojó una piedra para separarlos. Pero nada salió como esperaba. Desafortunadamente el proyectil hirió al otro perro y le provocó una grave lesión en los ojos.

El border collie fue atendido por un veterinario, quien certificó que había perdido la visión de ambos ojos. Su dueño promovió una denuncia al considerar que se trataba de un caso de maltrato animal. Sin embargo, desde el primer momento, el hombre señalado explicó que nunca buscó lastimar al perro y que su única intención había sido terminar con la pelea entre los animales.

El Juzgado de Paz analizó el caso y resolvió desestimar la denuncia y archivar las actuaciones. La jueza concluyó que los hechos no configuraban la contravención de maltrato animal prevista en el Código Contravencional.

La sentencia destacó que esa figura exige una conducta dolosa, es decir, la voluntad de provocar daño al animal. En este caso, la magistrada entendió que del propio relato del denunciante surgía que el hombre actuó para separar a los perros y no con el propósito de herir al border collie. La lesión fue consecuencia del intento de evitar la pelea y no de una acción dirigida a causar sufrimiento.

Además, el fallo señaló que esa conducta podía incluso quedar comprendida dentro de una causal de no punibilidad prevista para quienes actúan para impedir una agresión, siempre que el medio utilizado resulte una respuesta frente a esa situación. Por ese motivo, la jueza concluyó que no existían los elementos necesarios para atribuir responsabilidad contravencional por maltrato animal.

La resolución también descartó la figura de custodia de animales, ya que esa infracción solo se configura cuando un animal causa lesiones a una persona por falta de cuidados de su dueño. En este caso, el daño recayó sobre otro animal, por lo que esa norma tampoco resultaba aplicable.

El fallo aclaró que el archivo de la causa contravencional no impide que el dueño del perro lesionado reclame por la vía civil una indemnización por los daños que considere haber sufrido.

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Judiciales

Quiso borrar el apellido de su padre, pero un reencuentro cambió el rumbo de la historia

El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

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Durante años imaginó que borrar el apellido paterno sería la manera de dejar atrás una historia marcada por la distancia. Así inició un proceso judicial para hacerlo. Pero, mientras el expediente seguía su curso, la historia tomó un rumbo inesperado. Padre e hijo comenzaron a acercarse otra vez.

Ese reencuentro no fue casual. El trabajo realizado en un espacio terapéutico le permitió revisar el conflicto desde otro lugar y preguntarse si todavía quedaba algo por reconstruir. Entonces eligió detener el proceso judicial, recuperar el tiempo perdido y darse, junto a su padre, una oportunidad que hasta hacía poco creía imposible.

El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a ese pedido, declaró concluido el proceso por desistimiento y ordenó el archivo de las actuaciones. La jueza consideró que se encontraban reunidos los requisitos previstos por la legislación para poner fin al expediente.

El joven había promovido la acción para solicitar la supresión de su apellido paterno. Durante la etapa inicial del trámite se incorporó la documentación presentada, se ordenó la publicación de edictos y se dispusieron distintas medidas previas. En esa etapa la demanda todavía no había sido notificada al progenitor.

Al comunicar su decisión de desistir, explicó que el proceso terapéutico le permitió replantear el conflicto desde otra perspectiva. Expresó que quería intentar recuperar la relación con su padre, compensar el tiempo perdido y brindarse mutuamente una oportunidad antes de avanzar con una decisión definitiva sobre su identidad registral.

En la sentencia, la magistrada explicó que el desistimiento es una forma de poner fin anticipadamente a un proceso judicial cuando una de las partes decide no continuar con la acción.

Agregó que el Código Procesal Civil y Comercial autoriza esa posibilidad siempre que, si la demanda ya fue trasladada, la otra parte haya sido notificada.

Como en este caso ese traslado aún no se había concretado, la jueza entendió que estaban cumplidos todos los requisitos legales para admitir el desistimiento y declarar extinguido el proceso.

«En virtud de ello entiendo que se encuentran configurados los recaudos previstos en el artículo 278, para que opere el desistimiento del proceso por voluntad de la parte», explicó. Además, se estableció que las actuaciones permanezcan archivadas en formato digital, conforme a la normativa vigente del Poder Judicial de Río Negro.

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