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Sociedad

Por decreto provincial se prohíbe el ingreso a espacios de esparcimiento

La medida rige hasta el 31 de marzo, por ahora.

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La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, estableció por Decreto hoy la prohibición en toda la provincia del ingreso y circulación en todos aquellos sitios considerados de esparcimiento público hasta el 31 de marzo próximo.

La medida alcanza a balnearios, parques, plazas, clubes y otros similares, y se fundamenta en razones estrictamente sanitarias, en el marco del estricto cumplimiento del aislamiento obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

En tanto, todos los establecimientos comerciales ubicados en la provincia comprendidos en las excepciones del Artículo 6º del Decreto Nº 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y normas complementarias, deberán cumplir con un horario de atención al público desde las 9 a las 19, cumpliendo estrictas normas como evitar la concentración de clientes, disponer de materiales de prevención para los clientes; y respetar el distanciamiento social obligatorio de al menos un metro y medio entre cada una de las personas.

A través de su cuenta de twitter @ArabelaCarreras, la gobernadora anunció que “firmamos un decreto que prohíbe en todo el territorio provincial el ingreso y la circulación de personas en sitios de esparcimiento público, por razones estrictamente sanitarias y de cumplimiento con el aislamiento obligatorio”.

En este contexto, las Farmacias deberán cumplir con sus horarios habituales y disponer de un sistema de turnos a los fines de garantizar la atención sanitaria durante la emergencia, con los resguardos de prevención correspondientes.

El decreto establece además que el servicio de reparto a domicilio de alimentos y bebidas sólo podrá realizarse en el horario de 12 a 23.

La autoridad de aplicación de este decreto es el Ministerio de Seguridad y Justicia, pudiendo actuar por intermedio de la Policía de la Provincia de Río Negro a los fines de hacer cumplir estas medidas.

Quedan fuera de los alcances de este Decreto todos aquellos supuestos comprendidos en las excepciones dispuestas en el Artículo 6° del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, sus normas complementarias y las que en su consecuencia se dicten.

Asimismo, el Poder Ejecutivo Provincial invita a adherir a estas medidas a los Municipios de la provincia de Río Negro y empresas privadas que desarrollan su actividad en el territorio provincial.

El Decreto de la Gobernadora Carreras se fundamenta en la necesidad de profundizar las medidas preventivas tendientes a evitar la proliferación de la pandemia de COVID-19, en función del carácter dinámico y cambiante de la situación epidemiológica.

En este marco, se siguen adoptando decisiones eficaces para lograr el aislamiento sanitario preventivo de la población, restringiendo al máximo la circulación de personas en todo el territorio de la provincia en orden a las recomendaciones emanadas de la autoridad sanitaria.

Policiales

La Policía detuvo a un prófugo en la Fiesta de la Pera

Al observar a los uniformados, el sujeto quiso escapar pero igualmente fue alcanzado y puesto a disposición de la Justicia.

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Durante la Fiesta de la Pera 2025 que se realizó este fin de semana en Allen, personal policial de la Comisaría 6º logró detener a un hombre que era buscado por la Justicia rionegrina desde el año pasado.

Los efectivos, que realizaban tareas preventivas de forma peatonal en el Parque Integración, observaron al individuo, quien al percatarse de la presencia de los efectivos intentó darse a la fuga. Sin embargo, fue interceptado y aprehendido a pocos metros.

Tras identificarlo y verificar sus datos en el sistema policial, se confirmó que tenía un pedido de captura vigente.

De inmediato, la situación fue informada a la Fiscalía de turno, que dispuso que el hombre permanezca detenido hasta que se emitan nuevas directivas.

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Judiciales

Condenan a petrolera por dañar una vivienda durante la construcción de un gasoducto

La indemnización supera los 7 millones y medio de pesos.

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Parte de la construcción del gasoducto Neuba I dejó secuelas en una vivienda de Allen. Un informe pericial determinó que las vibraciones generadas durante la obra afectaron una casa rural donde residen tres mujeres. Luego de varios intentos frustrados de conciliación, la demanda avanzó hasta obtener una sentencia en el Juzgado Civil Nº 5 de Roca.

La resolución responsabilizó a la petrolera por los daños ocasionados en la construcción y ordenó una indemnización por una suma superior a $7.500.000. La sentencia de primera instancia no está firme y aún se encuentra dentro de los plazos de apelación.

La propiedad afectada, ubicada en la intersección de la Ruta Provincial N° 65 y calle 17, soportó intensas vibraciones generadas por maquinaria pesada. Los peritajes confirmaron que estas actividades dañaron las paredes y estructuras del inmueble, incluyendo un galpón en el predio. También se denunciaron inconvenientes como polvo en suspensión, ruido constante y dificultades para acceder a la chacra durante las obras.

YPF argumentó que las vibraciones generadas estaban dentro de los niveles aceptables según estudios realizados por la empresa. El peritaje independiente concluyó que las mediciones presentadas no consideraron los momentos en que las máquinas operaban más cerca del inmueble ni tomaron en cuenta la antigüedad y las condiciones estructurales de la vivienda. Además, la falta de un relevamiento previo del estado del inmueble fue considerado como un agravante.

En uno de los intentos de conciliación, la petrolera ofreció un acuerdo extrajudicial con la condición de la renuncia de cualquier acción legal por parte de las afectadas. La propuesta fue rechazada por ser considerada «insuficiente» frente a los daños reclamados, lo que llevó al inicio del proceso judicial.

Otro de los argumentos que esbozó la defensa de YPF fue que contaba con todos los permisos para los trabajos que se desplegaron en ese sector. Sin embargo, el juez interviniente sostuvo que «la autorización administrativa no exime a la empresa de su responsabilidad civil por los daños ocasionados» y destacó que «las actividades riesgosas deben prever el impacto sobre las propiedades vecinas y adoptar medidas para evitarlos».

La sentencia le atribuyó a YPF una «responsabilidad objetiva» por los daños debido a que las obras, consideradas actividades riesgosas, no preveían adecuadamente los impactos negativos sobre las propiedades vecinas.

Por otro lado, el magistrado desestimó el reclamo por pérdida del valor de reventa del inmueble. Aseguró que dicho perjuicio podría revertirse una vez finalizadas las reparaciones correspondientes.

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Río Negro

Río Negro recuperó más de $3.467 millones de deudores morosos

Se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales durante el 2024.

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Durante 2024, el Gobierno de Río Negro logró recuperar más de $3.467 millones en deudas tributarias mediante acciones judiciales dirigidas a contribuyentes morosos. La Agencia de Recaudación Tributaria intensificó su estrategia de cobranza, priorizando medidas legales en los casos donde no se evidenciaba voluntad de pago.

«En total, se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales, permitiendo un recupero efectivo que representó un impulso clave en la recaudación anual«, explicó el director ejecutivo de la Agencia, Alejandro Palmieri.

Además de las acciones judiciales, se implementaron acuerdos prejudiciales que facilitaron el pago voluntario de las deudas, sumando otros $399 millones al total recaudado. Estas medidas no solo optimizaron costos y tiempos procesales, sino que también fortalecieron el compromiso fiscal en el territorio.

Con esta estrategia, Río Negro reafirmó su determinación de combatir la morosidad tributaria y consolidar un sistema fiscal más sólido y eficiente.

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