Sociedad
Actividades permitidas para las localidades rionegrinas con «ASPO» y «DISPO»
En Roca todo sigue igual que antes, incluso con mayores controles para evitar la excesiva circulación. En otros departamentos de la provincia ya empiezan a abrir restaurantes y bares.
Mediante Resolución del Ministerio de Salud de Río Negro, se establecieron los parámetros para las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios enmarcadas en el Decreto 520 del Poder Ejecutivo Nacional para las localidades comprendidas en el esquema de «distanciamiento social, preventivo y obligatorio».
Este régimen alcanza a las localidades y Comisiones de Fomento de los Departamentos de Adolfo Alsina, Avellaneda, General Conesa, San Antonio, Pichi Mahuida, Valcheta, El Cuy, 25 de Mayo, 9 de Julio, Pilcaniyeu y Ñorquinco, donde rigen las siguientes pautas:
a) Comercio esencial: deberá realizarse entre las 8 y las 20 hs.
b) Comercio no esencial y actividades de servicio: deberá realizarse entre las 9 y las 19 hs.
c) Restaurantes bares, cafés y establecimientos similares: deberá realizarse entre las 9 y las 23 hs.
Solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo de 50% de su capacidad.
Las personas afectadas a estas actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que se establezcan, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.
En tanto, los y las Intendentes de los Municipios y los y las Comisionados de Fomento tendrán a su cargo la fiscalización y supervisión del debido cumplimiento de las actividades exceptuadas dentro de sus ámbitos territoriales.
Los Municipios y Comisiones de Fomento deberán remitir semanalmente al Ministerio de Salud un Informe de Fiscalización de Protocolos Sanitarios, que detalle las actividades de control y fiscalización del cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes en orden a las medidas del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” y del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuestas en cada localidad, a los fines de supervisar el acatamiento de la población a las medidas tutelares establecidas.
Salud podrá disponer la suspensión de la totalidad o alguna de las excepciones dispuestas en el marco del presente Decreto respecto de la jurisdicción local que incumpla con la entrega del Informe de Fiscalización de Protocolos Sanitarios requerido. También podrá dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, el esquema de excepciones.
Cabe recordar que el artículo 5º del Decreto Nacional 520 establece que durante la vigencia del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.
Ciudades con aislamiento social, preventivo y obligatorio
En tanto, para las ciudades y comisiones de Fomento que se encuentran en los Departamentos de Bariloche y General Roca, en las que se mantiene el aislamiento social, preventivo y obligatorio, se mantienen las siguientes excepciones:
a) Obra privada: con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.
b) Ejercicio de profesiones liberales: podrán brindar atención al público de lunes a sábado, hasta un máximo de ocho horas diarias, en la franja horaria comprendida entre las 9 y las 19, conforme lo establezcan las reglamentaciones locales. En todos los casos deberá acordarse previamente el turno respectivo, permitiéndose la atención de 1 cliente/paciente por hora.
c) Comercios mayoristas y minoristas de productos no esenciales: Podrán brindar atención al público de lunes a sábado, hasta un máximo de ocho 8 horas diarias, en la franja horaria comprendida entre las 9 y las 19 horas. Las autoridades locales deberán establecer esquemas de circulación pública de acuerdo a la terminación del DNI de los ciudadanos. En ningún caso podrán atender los días domingo ni feriados.
d) Personal de casas particulares o servicio doméstico: podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19.
e) Centros de belleza y estética, peluquerías y barberías: Podrán brindar atención al público de lunes a sábado, hasta un máximo de ocho horas diarias, en la franja horaria comprendida entre las 9 y las 19
f) Trabajadores jardineros y parquistas: Podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19.
g) Establecimiento de venta de comida elaborada: Podrán incorporar la modalidad de retiro en el local o “take-away” de sus productos, de acuerdo a los protocolos sanitarios específicos que establezcan las reglamentaciones locales correspondientes, de lunes a sábado de 9 a 23. El servicio de reparto a domicilio de alimentos y bebidas podrá realizarse todos los días de la semana, en el horario de 12 a 23.
Roca
¿Pirotecnia cero en Roca? Vecinos exigen que se haga cumplir la ordenanza
Durante los festejos de Navidad se escucharon muchísimos estruendos de fuegos artificiales. Una organización protectora de animales denunció que al menos se perdieron 35 mascotas, entre perros y gatos.
A pesar de que en General Roca existe, desde 2020, una ordenanza (N° 4919/20) que prohíbe la venta y uso de pirotecnia sonora, como así también de globos de papel, sumado a que en octubre pasado se sancionó en la Legislatura de Río Negro una ley que inhabilita el uso de pirotecnia de estruendo, cohetería y globos aerostáticos en todo el ámbito provincial, fueron muchas las quejas de vecinos durante los festejos de Navidad por la cantidad de estruendos de pirotecnia que se escucharon en diferentes barrios de la ciudad.
La sanción de ambas normativas responde a la demanda de un amplio sector de la sociedad, teniendo en cuenta los perjuicios que generan los estruendos sobre las mascotas (provocándoles daños, accidentes, pérdidas) y sobre personas con sensibilidad auditiva, en particular aquellas que padecen TEA (Trastorno del Espectro Autista), Síndrome de Down y Trastornos Generalizado del Desarrollo (TGD).
En este sentido, desde Ranhu (Rescate Animal No Humano), una organización protectora de animales, denunciaron que durante la noche buena y las primeras horas del miércoles 25 de diciembre, se registraron al menos la pérdida de 25 perros y 10 gatos, 5 canes caídos a las aguas del Canal Principal de Riego -dos de ellos murieron ahogados y uno sufrió una fractura expuesta-. Temen, teniendo en cuenta lo que ha ocurrido históricamente, que por la celebración de Año Nuevo sea aún mayor el uso de pirotecnia.
«Entendemos que no es fácil, y siempre estamos dispuestos a colaborar en todo. Humildemente, acepten nuestra opinión porque las proteccionistas somos quienes estamos en tema animal. Y fallaron los controles, faltó gente y control, incluso en los comercios habilitados que quedó al descubierto que no hubo, porque públicamente en Roca, uno de ellos, vendía a escondidas sacándola por atrás del negocio», aseguraron desde Ranhu.
«Sabemos que es difícil pero no imposible, si ustedes pusieran mas énfasis en controles y multas elevadas, sería más fácil. Lo que no se entiende por conciencia que se entienda tocando el bolsillo. Que paguen la multa con el mismo dinero que provocó pánico, terror, y hasta muerte en muchos animales y niños autistas», agregaron desde la organización en un claro mensaje a las autoridades municipales y provinciales.
«Nosotros también necesitamos dinero y juntamos latitas, vendemos libros usados, ropa y ayudamos con las manos limpias de sufrimiento aunque nos cueste más. Con un artículo de pirotecnia de estruendo vendido, nosotros pagamos un mes de guardería. Hicieron mucha plata y también provocaron mucho daño», lamentaron desde Ranhu.
Detallaron además que en muchas otras localidades de Río Negro también se sintieron fuegos artificiales sonoros.
En Roca, el incumplimiento de la Ordenanza N° 1919/20 prevé sanciones económicas que van de 300 a 10.000 USAM (unidad de sanción municipal), según el uso, la venta o la fabricación. Es decir, que las multas van desde los $180.000 a los $6.000.000. Sólo se permite la venta de pirotecnia lumínica, sin efecto sonoro, con previa autorización para su comercialización.
Según informó el Municipio, los comercios habilitados para la venta al por menor de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, son Kiosco Josue, Mitre 2326; Planet Regalo, La Plata 950; Kiosco La Reina, Av. Roca 1993; Despensa Morena, Ushuaia 2174; y MiniShopping, O’Higgins 1607.
Roca
Roca ya tiene su primer parque acuático en el balneario Apycar
Hay juegos tanto para chicos como para los más grandes.
La intendenta María Emilia Soria inauguró el pasado sábado (21/12) el primer parque acuático de la ciudad, ubicado en el balneario municipal Apycar.
Este nuevo espacio recreativo cuenta con diversas atracciones para el disfrute de vecinos y turistas, consolidando el Balneario como un destino ideal para la temporada estival.
El parque está dividido en dos sectores con juegos diseñados para todas las edades. En el margen norte se instaló una torre triple acuática, apta tanto para niños como para adultos. Mientras tanto, en el margen sur se disponen cuatro juegos acuáticos interactivos: una flor aspersora, una palmera aspersora, un bosque acuático y una cascada, ideales para el entretenimiento de los más pequeños.
De la inauguración también participaron el diputado nacional Martín Soria, el legislador José Luis Berros, concejales y funcionarios municipales, y vecinos y vecinas de la ciudad.
Roca
¿Hasta que hora abren los supermercados y los comercios durante la fiestas?
Si todavía no hiciste las compras para Navidad y Año Nuevo, conocé los horarios en qué estarán abiertos supermercados y locales en la ciudad.
Con las fiestas de fin de año a la vuelta de la esquina, surge la duda común sobre los horarios de atención de los comercios en General Roca. Como es habitual en estas fechas, el cierre está adaptado a las necesidades laborales de los empleados, quienes se retiran antes de sus lugares de trabajo pensando en la Noche Buena y la celebración por el último día del año.
En este sentido, el Centro de Empleados de Comercio (CEC) de General Roca informó que, según la Resolución vigente de 2011, las grandes superficies como supermercados, hipermercados y mayoristas cerrarán sus puertas los martes 24 y 31 de diciembre a las 14 horas.
Por otro lado, desde la Cámara de Agricultura, Industria y Comercio (CAIC) de la ciudad se sugirió que los comercios medianos y pequeños cierren a las 16 horas en ambas fechas, brindando un margen para que los empleados puedan organizarse para celebrar las fiestas. Puede ocurrir que aquellos negocios atendidos por sus propios dueños estén abiertos hasta largas horas de la noche.
Respecto a los días 25 de diciembre y 1 de enero, que son Feriados Nacionales, aquellos comercios que decidan abrir deberán abonar remuneración doble a sus empleados, de acuerdo con la legislación laboral vigente. Las grandes superficies permanecerán cerradas en estos días, en cumplimiento con el convenio firmado con el CEC.