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Río Negro

COVID-19: ¿Cómo es el sistema de internación domiciliaria para pacientes leves?

Quedan exceptuadas todas las personas de riesgo como mayores de 60 años, embarazadas o pacientes con enfermedades crónicas.

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El Ministerio de Salud de la Provincia adhirió al protocolo implementado por Nación para la internación domiciliaria de pacientes positivos de COVID-19 sin sintomatología o con síntomas leves.

La internación domiciliaria será decidida por el equipo de salud tratante, dependerá de las posibilidades de asegurar aislamiento al enfermo en su hogar y de tener un pronto acceso a la atención ante cambios en su estado de salud. Quedan exceptuadas de este tipo de internación todas las personas de riesgo como mayores de 60 años, embarazadas o pacientes con enfermedades crónicas, (diabetes, hipertensión, obesidad o personas inmunosuprimidas etc.) las que sí deberán permanecer internadas en instituciones sanitarias.

Al respecto, desde la cartera sanitaria explicaron que siempre se trabaja siguiendo los pasos del Ministerio de Salud de la Nación. “Hoy la situación es distinta a la del inicio de la pandemia, pasamos de una etapa de contención a una de mitigación y el número de casos es mayor. Si bien se puede seguir trabajando con hoteles, se definió la internación domiciliaria para aquellas personas que cuenten con el espacio y apoyo de su entorno para estar aislados del resto, pero no en soledad”.

Asimismo, se remarcó que esta medida requiere un alto grado del cumplimiento de los criterios establecidos para su indicación y el compromiso del paciente y los convivientes para que el aislamiento en el hogar sea respetado, incluso no debieran compartir vivienda con población de riesgo.

Cabe señalar que el centro asistencial que indique la atención domiciliaria, deberá contar con un registro actualizado de las personas a quienes se les indicó esta modalidad de seguimiento y registrar condiciones evaluadas del paciente y su lugar de aislamiento. Además se deberá incluir en la historia clínica del paciente, información de contactos, fecha de controles de salud y el responsable del seguimiento independientemente de que institución lo realice, también habrá que asegurar una vía de comunicación accesible con la persona y quien lo acompañe.

Recomendaciones básicas para el paciente

  • Estar atento a cualquier cambio de estado de salud según recomendaciones recibidas.
  • Permanecer solo en una habitación.
  • Usar sus propios utensilios para comer y beber y para la higiene personal.
  • Si por alguna razón sale de la habitación, deberá mantener la distancia social de2 metros y usar barbijo quirúrgico.
  • Si comparte el baño, se deberá desinfectar después del uso (el propio paciente si su condición lo permite).

Recomendaciones principales para los convivientes

  • Es recomendable que una misma persona se ocupe de asistir al enfermo de COVID-19 y se evite la circulación de personas ajenas al hogar.
  • Usar protector facial o tapaboca y lavarse las manos después de cada acercamiento.
  • Permanecer dentro de su propia vivienda para evitar posibles contagios y esta persona debe estar alerta a la aparición de posibles síntomas propios de COVID-19.

Judiciales

No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos

Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.

Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.

En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.

En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.

El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.

La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.

Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.

En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

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Deportes

Río Negro defenderá nuevamente el título en los Araucanía 2025

La Provincia es la máxima ganadora de los juegos con 15 conquistas.

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Este año, Río Negro buscará ser por sexta vez consecutiva campeona de los Juegos Binacionales de la Araucanía, que tendrá lugar del 13 al 19 de octubre, con la participación de toda la Patagonia Argentina y el sur chileno.

La competencia será organizada este 2025 por Tierra del Fuego, según se ratificó en la reunión ordinaria de los Juegos que se llevó adelante la semana anterior en Valdivia, Chile.

En representación de la provincia asistieron el secretario de Deporte, Nahuel Astutti y el subsecretario de Competencias y Recreación, Aníbal Francischelli. Este último afirmó que “las disciplinas se distribuirán en cinco sedes entre Tierra del Fuego, Santa Cruz y Chubut, por lo que tenemos un intenso trabajo por delante para coordinar la logística”.

Cabe destacar que Río Negro defenderá por quinta vez consecutiva el título de campeona, luego de coronarse en 2018, 2019, 2022, 2023 y 2024 (en 2020 y 2021 la competencia se suspendió por la pandemia de COVID 19).

Además el deporte rionegrino es el máximo ganador de los Juegos con 15 conquistas, siendo la primera de ellas en el 2000.

La 32º edición de los Juegos Binacionales de la Araucanía tendrá lugar del 13 al 19 de octubre, con la participación de toda la Patagonia Argentina y el sur chileno y una vez más con Río Negro como protagonista.

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Río Negro

Avanzan con la vacunación antigripal e instan a reforzar esquemas

La vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades.

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Mientras Río Negro avanza con la estrategia de vacunación antigripal, con más de 52.800 dosis aplicadas y registradas, desde el Ministerio de Salud se insta a la población a reforzar esquemas.

El último registro indica que, al 30 de abril, el sistema público de Salud vacunó gratuitamente contra la gripe a 52.841 rionegrinas y rionegrinos incluidos en los grupos priorizados por el Programa Nacional de Inmunizaciones.

Del total, 7.186 dosis corresponden al personal de Salud, con una cobertura del 76,45%; 1.113 a embarazadas (28,45%), 15.575 dosis a personas de 2 a 64 años con factores de riesgo; 25.314 a personas mayores de 65 años; 214 dosis a puérperas, y 1.613 primeras dosis en menores de 6 meses a 2 años (22,32%) y 484 en segundas dosis en esta mismo grupo etario (4,40%).

Desde el Departamento de Inmunizaciones recordaron que la vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades y protegen contra infecciones que pueden ser graves. Asimismo, remarcaron la importancia de avanzar con el porcentaje de vacunación en los grupos priorizados, especialmente personal de salud.

La dosis antigripal forma parte del Calendario Nacional de Vacunación, es gratuita y obligatoria y tiene como principal propósito reducir las complicaciones, hospitalizaciones, secuelas y muertes ocasionadas por el virus de influenza en la población de riesgo en el país.

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