Río Negro
La oposición pide información por la compra de los respiradores que nunca llegaron a la provincia
Están frenados en la Aduana porque no tienen autorización de ANMAT.

El bloque de legisladores del Frente de Todos presentó este lunes (14/09) un pedido de informes al Ministerio de Salud de Río Negro por la compra de 50 respiradores para terapia intensiva que el gobierno tramitó cuando se declaró la pandemia en marzo, pero que nunca llegaron a la provincia.
«El medio centenar de respiradores, de origen chino, fue importado por el Ministerio de Salud en 71 millones de pesos a través de la empresa KMG Fueguina, un precio superior al valor de estos aparatos en el mercado argentino, y en momentos en que el gobierno nacional disponía asegurar y concentrar la compra de insumos para luego distribuirlos a las provincias», aseguraron desde el FdT.
El envío llegó al país pero permanece retenido en Aduana por no cumplir con disposiciones nacionales para el ingreso de este tipo de elementos. La falta de documentación respaldatoria que debe acompañar a los aparatos es la principal objeción para que este material médico de alta complejidad obtenga la autorización de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y llegue finalmente a los hospitales de Río Negro.
«Se trata de productos de riesgo clase III, según la clasificación del organismo nacional, que deben reunir una serie de rigurosos requisitos antes de ser empleados en los servicios de salud, algo con lo que el stock adquirido por el Gobierno provincial no cumple», detallaron los legisladores de la oposición.
Antes de ser aplicados en humanos, los respiradores son testeados en simuladores -pulmones artificiales– cuyos resultados deben ser documentados. «Certificaciones de las que también carecen los adquiridos por el gobierno provincial», añadieron.
Precisamente a esto apunta el pedido de informes ingresado este lunes por el bloque de legisladores del Frente de Todos, al pedir detalles acerca de «los antecedentes y certificaciones que posee KMG Fueguina para la importación de insumos y equipos de uso hospitalario, específicamente equipos respiradores. Incluida la expedida por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)».
Entre otros datos referidos a la idoneidad y experiencia de KMG Fueguina para la importación de insumos hospitalarios, los legisladores quieren saber además «si para la compra de los 50 equipos respiradores se solicitaron otros presupuestos a fin de establecer la razonabilidad del precio», que se estima muy superior al de otros proveedores nacionales, y que justifique la compra fuera del país.
«Días atrás el ministro de Salud de la provincia, Fabián Zgaib señaló que los respiradores estaban en la Aduana argentina. La falta de mayores detalles sobre esta situación pareció sugerir que se trataba del algún engorroso trámite burocrático, cuestionable en tiempos de pandemia, aunque luego se supo que el problema estaba en la importación irregular, o al menos, sin la documentación correspondiente; más aún teniendo por destino el tratamiento de pacientes en grave estado, cuyas vidas dependen del buen funcionamiento de estos equipos», añadieron.
Por otra parte, el gobierno nacional, a través del subsecretario de Salud de la Nación, Alejandro Collia, confirmó que ya envió a Río Negro 65 respiradores y adelantó disponibilidad, si hiciera falta un nuevo envío.
El pedido de informes del Frente de Todos profundiza también en la estrategia del gobierno de la Provincia en cuanto a la provisión de elementos hospitalarios esenciales durante la emergencia, y pide que se esclarezca «si existen otras compras de equipamiento para complementar las unidades UTI», y de existir, «informe si se encuentran en idéntica situación a la empresa KMG Fueguina».
Requieren por último los legisladores, «que detalle las compras de aparatos e insumos hospitalarios realizadas, desde la Declaración de la Emergencia Sanitaria por Ley N° 5.436, hasta el día de la fecha. Discrimine número de expediente, tipo de contratación, monto de la contratación, productos adquiridos (y el) estado del trámite».
Judiciales
Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente
La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.
La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.
Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.
El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.
La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.
El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.
Judiciales
Tras la separación, tiene 72 horas para devolverle la camioneta a su ex pareja
Si no lo hace, la Policía podrá secuestrarla.

Después de separarse, una mujer de Cipolletti logró que el Poder Judicial le ordenara a su ex pareja devolverle la camioneta que él retuvo tras la ruptura. Se trata de una Toyota Hilux 4×4 cabina doble, que ella usaba para trabajar, trasladarse y llevar a sus hijos. Según denunció, al quedarse sin el vehículo tuvo que enfrentar deudas y dificultades para sostener su rutina diaria. El hombre tiene 72 horas para restituirla. Si no lo hace, la policía podrá secuestrarla.
La medida fue dictada por la Unidad Procesal de Familia Nº 11 de Cipolletti, en el contexto de una acción autosatisfactiva presentada por la mujer. Denunció que sufrió violencia económica durante y después de la convivencia, y que su ex pareja se quedó con bienes que estaban a su nombre, entre ellos el vehículo y un comercio.
El expediente incluyó un informe de dominio que acreditó que la camioneta estaba registrada a nombre de la mujer. Ella explicó que intentó recuperar el bien mediante una mediación previa, pero que no logró acuerdo. También relató que, tras la separación, quedó con deudas fiscales vinculadas al vehículo, y que su ausencia afectó su movilidad diaria y el cuidado de sus hijos.
El hombre se opuso a la restitución. Alegó que habían adquirido la camioneta durante la convivencia, con aportes de ambos, y que era su única herramienta de trabajo. Dijo que se hacía cargo de los hijos y que el retiro del vehículo lo colocaba en una situación de vulnerabilidad. También sostuvo que la mujer tenía otros automóviles a su disposición.
La jueza valoró que el vehículo era un bien registrable, y que su inscripción a nombre de la mujer demostraba la titularidad. Señaló que el hombre no promovió ninguna acción legal para reclamar participación en la propiedad del bien. Indicó que sus afirmaciones sobre los aportes económicos y la necesidad del vehículo no estaban respaldadas por pruebas.
La resolución se basó en el artículo 528 del Código Civil y Comercial, que regula la distribución de bienes al finalizar una unión convivencial. En estos casos, si no existe un pacto, cada bien permanece en el patrimonio de quien lo adquirió. El fallo subrayó que las partes nunca contrajeron matrimonio ni acordaron un régimen de distribución.
Por eso, el Poder Judicial consideró que la mujer fue desapoderada del vehículo y que correspondía restituírselo. Ordenó su devolución en un plazo de 72 horas. Si el hombre no cumple, se autoriza el secuestro inmediato del automotor.
La medida fue apelada, pero otro tribunal revisó y confirmó la sentencia. Se sostuvo en esta instancia que la resolución se basó en pruebas objetivas y que los argumentos del apelante no alcanzaban para modificarla.
Río Negro
Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial
Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.
En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.
Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.
Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.
Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.