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Río Negro

El viernes sesionará la Legislatura con varios temas de agenda provincial

Uno de los proyectos de resolución incluido en el orden del día busca el acuerdo para la designación de Gastón Pérez Estevan como próximo Fiscal de Estado.

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La Legislatura de Río Negro sesionará el viernes (25/09) próximo desde las 9 para abordar un extenso temario que incluye el tratamiento de proyectos en materia servicios de justicia, salud, economías regionales y avance en derechos laborales.

Será la octava reunión del actual período de sesiones ordinarias, sexta que se realiza en forma de videoconferencia.

Uno de los proyectos de resolución incluido en el orden del día busca el acuerdo para la designación de Gastón Pérez Estevan como próximo Fiscal de Estado. El candidato dejará la conducción del Ministerio de Seguridad y Justicia, y fue propuesto por la gobernadora Arabela Carreras para el cargo que días atrás renunció Julián Fernández Eguía.

La vacante en Seguridad y Justicia será ocupada por Betiana Minor, quien al no contar con una residencia mínima de cinco años en la provincia, no puede asumir como ministra, motivo por el cual el Ejecutivo presentó una iniciativa para modificar la Ley de Ministerios y otorgar a la mencionada cartera la jerarquía de Secretaría de Estado.

Este proyecto también incluye el traspaso del órgano de Desarrollo Sustentable desde la Secretaría de Estado de Planificación hacia la órbita de la Secretaría General de la Gobernación.

También se tratará la iniciativa del Superior Tribunal de Justicia para incorporar el primer Juzgado en lo Contencioso Administrativo, una herramienta creada por la Constitución del año 1988 y que comenzará a instrumentarse paulatinamente.

El fuero Contencioso Administrativo abarca todas las causas donde interviene el Estado. El primer juzgado está propuesto para la Circunscripción de Viedma.

Además, recibirá tratamiento la iniciativa del Poder Ejecutivo que solicita la autorización para conformar la “Fundación Ente Fitosanitario Aduanero Del Comahue”, y derogar la ley de creación del Ente Administrador Permanente del Complejo Fitosanitario Aduanero Zona Primaria del Comahue.
En tanto, el Ejecutivo también planteó un proyecto para modificar la ley del Ente para el Desarrollo Zona de General Conesa y elegir el presidente del Directorio del organismo a través de una terna que las entidades gubernamentales y no gubernamentales presenten a la gobernadora.

En el plano de prevención de covid-19, estará en consideración la iniciativa de Alejandro Marinao y Pablo Barreno (Frente de Todos) que declara “prioritaria para el interés provincial, en concordancia con la Nación, la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud rionegrino” y de aquellas personas voluntarias “que cumplen con actividad y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria”.

Doble vuelta

El temario incluirá el abordaje en segunda vuelta de estos siete proyectos que buscan su transformación en ley:

-Instituir el 18 de marzo como “Día de la Promoción de los Derechos de las Personas Trans”, en conmemoración al fallecimiento de la activista Claudia Pía Baudracco (Marcelo Mango – Carina Pita).

-Adherir al Pacto Federal Legislativo de Salud que crea el Consejo Federal de Salud (Alejandro Marinao).

-Declarar “Personalidad Destacada” de la provincia a Lidia Stella “Taty” Almeida, Madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora (Marcelo Mango).

-Designar con el nombre “Antonio Torrejón” al Centro de Interpretación Faunística situado en el área natural protegida de Punta Bermeja, en Viedma (Graciela Valdebenito – Facundo López).

-Adoptar en los tres Poderes el Estado provincial la definición de “antisemitismo” aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto, en concordancia con lo dispuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación. (Comisión Especial de Derechos Humanos).

-Incorporar al Código de Faltas diversas infracciones pasibles de multas a quienes agredan a trabajador de la educación, sea docente o no; bombero voluntario, personal de salud, policial o judicial, y la contravención esté motivada en razón de su tarea, función o cargo.

-Declarar el día 27 de julio “Día Provincial del Trabajador Profesional de Montaña”, en conmemoración del fallecimiento de Mario Ruiz, quien perdió la vida cumpliendo funciones en el centro de esquí del Cerro Catedral (Facundo López, Claudia Contreras, Julia Fernández, Juan Pablo Muena, Adriana del Agua, María Eugenia Martini, Ramón Chiocconi, Alejandro Ramos Mexía).

Judiciales

La Justicia ratificó que la falta de trabajo no exime el deber alimentario de un progenitor

Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza, también alegó dolencias físicas y dificultades económicas.

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Un hombre intentó eludir su responsabilidad parental en favor de su hija con el argumento de que no tenía trabajo. Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza de Familia de Bariloche también alegó dolencias físicas y dificultades económicas. Presentó un recurso de apelación, pero la respuesta fue la misma: la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia y ratificó que la desocupación no anula las obligaciones legales de un padre.

El Tribunal rechazó el recurso y respaldó el criterio de primera instancia, que había fijado una cuota alimentaria equivalente al 35% de todos los ingresos del progenitor, con un piso no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). El fallo estableció además que el monto deberá actualizarse automáticamente cada vez que cambie el valor del salario mínimo, lo que evita que la madre deba volver a litigar para solicitar nuevos aumentos.

Durante el proceso judicial, el padre sostuvo que no tenía trabajo y que una dolencia en la espalda le impedía conseguir uno. También argumentó que tenía otros hijos a cargo. Su propuesta fue pagar $40.000 por mes, monto que resultó insuficiente frente a los gastos de su hija adolescente, quien cursa estudios universitarios y no mantiene vínculo con él.

La jueza de primera instancia desestimó el planteo tras un análisis del expediente y de los informes incorporados. El hombre figuraba inscripto como monotributista, había trabajado como remisero hasta pocos meses antes del juicio y no aportó pruebas médicas serias que justificaran una incapacidad prolongada. Tampoco había demostrado voluntad de involucrarse en la crianza o de mejorar su situación para asumir el rol que le corresponde como padre.

La pericia social confirmó que la madre, quien trabaja como portera en una escuela pública, mantiene sola a su hija y a otro hijo menor. Realiza actividades adicionales para sostener el hogar y destina gran parte de sus ingresos al pago de alquiler y educación. El informe describió un entorno austero, organizado y enfocado en el cuidado y desarrollo de los hijos.

La Cámara respaldó íntegramente ese análisis. Indicó que la obligación alimentaria no se basa únicamente en los ingresos reales, sino en la capacidad económica potencial del alimentante, y que esta no puede desaparecer por falta de voluntad o por informalidad laboral. También recordó que la ley reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado, y que quien no asume esas tareas debe compensarlo de otro modo.

El fallo final ratificó el monto y el criterio establecido en primera instancia. Rechazó la apelación del demandado y confirmó que, incluso sin empleo, un progenitor no puede dejar de cumplir con su obligación alimentaria.

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Río Negro

Río Negro actualiza su Código de Aguas para impulsar energías limpias

La Ley permitirá ampliar las facultades del DPA, llevando adelante obras de energía solar, eólica y mareomotiz.

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El Gobierno Provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que amplía las facultades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) para llevar adelante obras de energía solar, eólica y mareomotriz, además de la hidroeléctrica. La propuesta busca adecuar el Código de Aguas a los desafíos ambientales actuales y avanzar hacia un modelo energético más limpio y sustentable.

El gobernador Alberto Weretilneck, impulsor de la iniciativa, destacó que esta actualización le otorga a la Provincia «las herramientas necesarias para transformar nuestros recursos en energía limpia, moderna y sostenible, con impacto directo en el desarrollo local».

La modificación de la Ley Q Nº 3930 y del Código de Aguas establece que el DPA tendrá prioridad para ejecutar y explotar proyectos de energías renovables en todo el territorio rionegrino. El objetivo es complementar los aprovechamientos hidroeléctricos con fuentes limpias, reducir costos, optimizar infraestructuras existentes y garantizar la sustentabilidad ambiental de cada emprendimiento.

El proyecto toma como ejemplo la Central Hidroeléctrica Salto Andersen, en Río Colorado, donde se impulsa la incorporación de generación solar fotovoltaica aprovechando instalaciones ya construidas. Este modelo de complementariedad entre agua y energías renovables busca replicarse en otros puntos de la provincia, siempre sujeto a la viabilidad económica y a la admisibilidad ambiental de cada caso.

De esta manera, Río Negro actualiza su marco legal para consolidarse como productora de energías renovables, promoviendo el autoabastecimiento, la diversificación de la matriz energética y un desarrollo que combine crecimiento económico con responsabilidad ambiental.

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Judiciales

Su muñeca no resistió más: Abrió miles de pollos con cuchillo y sufrió una lesión permanente

La Justicia estableció que el porcentaje de incapacidad es del 8,75% y fijó la indemnización correspondiente para la trabajadora.

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Una trabajadora de una planta avícola de Cipolletti logró que la Cámara del Trabajo reconociera su incapacidad como una enfermedad profesional y condenara a la ART al pago de una indemnización.

Durante años, cortó, limpió y clasificó piezas de pollo bajo exigencias físicas constantes. Abrió aves con cuchillos, separó vísceras, embaló productos y levantó bandejas pesadas, en jornadas extensas. Lo hizo con esfuerzo repetido y posturas forzadas que fueron dejando marcas en su cuerpo.

A comienzos de 2023, los dolores comenzaron a instalarse en sus muñecas. Informó a su empleadora, recibió calmantes, reposo y sesiones de fisioterapia. En julio ya no pudo continuar trabajando. En febrero del año siguiente, se sometió a una cirugía en la muñeca izquierda, donde se detectó una lesión en el fibrocartílago triangular.

La aseguradora de riesgos del trabajo (ART) no reconoció la relación entre la patología y las tareas, y la Comisión Médica dictaminó que se trataba de una dolencia inculpable. Frente a ese rechazo, la trabajadora inició una acción judicial.

El expediente tramitó ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. La ART demandada no respondió en el plazo legal, lo que derivó en su declaración en rebeldía. El tribunal dio curso a la prueba y designó a un perito médico, quien evaluó a la trabajadora y determinó que sufría una limitación funcional en la muñeca izquierda, con un grado de incapacidad inicial del 5,85%.

Ambas partes impugnaron ese dictamen. La aseguradora insistió con el informe de la Comisión Médica, mientras que la trabajadora cuestionó el cálculo del factor edad. El perito ratificó su informe, describió el impacto de los movimientos repetitivos en las lesiones articulares y señaló que en este caso existía causalidad con las tareas laborales.

La jueza y los dos jueces del tribunal valoraron el dictamen, la prueba documental, el relato no controvertido y la falta de respuesta de la demandada. Reconocieron que las tareas desempeñadas durante años constituyeron un mecanismo adecuado para generar la lesión. Aplicaron la «teoría de la indiferencia de la concausa», ya admitida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), según la cual el trabajo debe considerarse causa relevante aunque existan factores concurrentes.

También se remitieron a los precedentes del STJ que sostienen la obligatoriedad del baremo previsto en el Decreto 659/96 para calcular incapacidades, y a su pronunciamiento sobre el Decreto 669/2019, que avaló su validez con aplicación desde su entrada en vigencia.

En función de esos lineamientos, el Tribunal incrementó el porcentaje de incapacidad al 8,75% y fijó la indemnización correspondiente, con intereses desde la fecha del infortunio. Estableció que el monto debía abonarse en un plazo de diez días, y en caso de mora, debía aplicarse la tasa activa del Banco Nación. La firma condenada es La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

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