Sociedad
Más de 1400 preinscriptos al plan Mi Casa Mi Sueño
El programa municipal de financiamiento contempla una inversión inicial de 100 millones de pesos. Hay tiempo de inscribirse hasta el 31 de enero.

El plan municipal de financiamiento Mi Casa Mi Sueño que contempla una inversión inicial de 100 millones de pesos, registró más de 1400 preinscriptos desde su apertura el lunes pasado. El trámite se realiza en forma online, completando un formulario en la web del Municipio de Roca y el plazo para realizarlo es hasta el 31 de enero.
A partir de esa fecha se citará a los preinscriptos a presentar la documentación correspondiente y quienes cumplimenten con todos los requisitos quedarán formalmente inscriptos para participar del sorteo de beneficiarios que se realizará el 1 de marzo de 2021.
Días atrás la intendenta María Emilia Soria anunció la incorporación de una nueva línea de financiamiento para la compra de terreno y construcción de la vivienda única familiar. «Teniendo en cuenta que dentro del segmento poblacional al que está dirigido el plan Mi Casa Mi Sueño hay muchas personas que aún no han podido comprar un terreno para construir su casa y tampoco encuadran en la urgencia socioeconómica para acceder a un lote social, el Municipio dispuso la desafectación de terrenos para que puedan ser adquiridos en el marco de este Plan, explicó.
Preinscripción:
Fecha de cierre: 31/01/2021
Ingresar a: https://serviciosweb.generalroca.gob.ar/MiCasaMiSueno/
Condiciones de financiación:
Tasa: Fija entre 12% y 14% anual
Plazo máximo de amortización: 15 años
Periodo de gracia: es el tiempo de construcción que se estima de 8 a 10 meses
En todos los casos se trata de viviendas únicas de ocupación permanente
Destinatarios:
-Trabajadores/as en relación de dependencia con antigüedad laboral mayor a 1 año
-Trabajadores/as independientes con inscripción al régimen general o monotributo con antigüedad laboral mayor a 1 año
-Jubilados/as y pensionados/as
-Argentinos/as nativos/as o naturalizados/as
-Mayores de 18 años
-5 años de residencia en la ciudad
-Se contempla un cupo del 5% para familias que tengan hijos con discapacidad o situaciones de violencia de género
Líneas de construcción:
A-Construcción
A1- Hasta 70 mts2 – Monto máximo: $3.500.000
A2- Hasta 50 mt2 – Monto máximo: $2.500.000
B-Ampliación o Refacción
B1- Hasta 15 mts2 – Monto máximo: $750.000
C-Terreno y Construcción
C1- Hasta 50 mts2 – Monto máximo $3.000.000
*Para esta línea el Municipio dispondrá de terrenos
Admisión:
Se asignarán turnos para entrega de documentación
Fecha de inicio: 01/02/2021
Fecha de cierre: 28/02/2021
Sorteos:
Los aspirantes que cumplimenten todos los pasos quedarán formalmente inscriptos y podrán participar de los sorteos.
Fecha: 01/03/2021
Firma de contratos:
Las personas sorteadas firmarán los contratos de adhesión al plan.
Fecha: 08/03/2020
Desembolsos:
Luego de la primera entrega de fondos, los siguientes desembolsos se harán en función al grado de avance de la obra. Personal de la Secretaría de Obras Públicas realizará inspecciones regulares en cada obra.
Impulso a la economía local con beneficios especiales:
-Comercios: Los beneficiarios que realicen el 70% de sus compras o más en los comercios adheridos al plan, obtendrán la reducción del 1% en la tasa de financiación del plan.
-UOCRA: La contratación de mano de obra local suma al porcentaje establecido para la reducción en la tasa de financiación.
-Colegio de Arquitectos: Mediante la firma de un acuerdo con el Municipio, los beneficiarios obtendrán facilidades para abonar los planos de sus viviendas.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.








