Judiciales
Fue imputado y continuará preso el acusado de asesinar a un hombre de 28 años en Allen
El crimen ocurrió el pasado sábado a pocos metros del cementerio de la localidad.

El equipo del Ministerio Público Fiscal imputó el delito de homicidio a un hombre de 21 años, por el hecho ocurrido el pasado sábado 13 de marzo en la localidad de Allen, cuya víctima fatal resultó ser Flavio Jesús Ibañez, de 28.
Según la acusación fiscal, todo ocurrió entre las 8.30 y 9 de la mañana, cuando tres personas estaban discutiendo en calle El Chocón y Rio Colorado. “El imputado le pegó en el rostro a Flavio Jesús Ibañez, con una botella de cerveza. El atacante sacó un cuchillo con mango de madera, y la víctima salió corriendo, hasta alcanzarlo, y le dio dos puñaladas, resultado de este sufrió una hemorragia interna y falleció”, explicó el fiscal del caso Luciano Garrido.
En relación a la calificación legal, el Ministerio Público Fiscal acusó por el delito de “homicidio simple”, según los Artículos 79 y 45 del Código Penal.
En relación al sustento probatorio, la Fiscalía mencionó el acta de procedimiento policial de la Comisaría 33° de Allen, donde se describe que una persona estaba tendida en la calle sobre calle Lago Mascardi y la inmediata intervención policial. A raíz de esto, y la investigación pertinente, personal policial da con el imputado.
En la puerta de ingreso al domicilio donde fue encontrado el imputado, el Gabinete de Criminalística tomó muestras similares a sangre, y también, tras realizar el allanamiento, se secuestró un cuchillo y un envase de producto de limpieza, manchado de manera similar.
Se cuenta además con las entrevistas a testigos presenciales del hecho, con el informe de las lesiones descriptas por el médico policial y con el examen externo (hasta contar con el resultado del hisopado de Covid-19) concretado por el Cuerpo de Investigación Forense, donde se detalla que la causa de la muerte fue “agresión con arma blanca”.
Cuando el imputado fue trasladado a sede policial, se agregó al legajo fiscal el secuestro de su pantalón con manchas rojas, además una remera y zapatillas.
El defensor público penal Luis Carrera, no tuvo objeciones respecto de la calificación legal y el hecho, además anticipó que su asistido no iba a realizar ningún tipo de declaración por ahora.
La medida cautelar solicitada por el fiscal Luciano Garrido fue la prisión preventiva por el plazo de 3 meses, teniendo presente que se trata de un hecho grave, con connotación penal, y hay presunción suficiente para tener al imputado como autor.
“Se trata de un joven que estaba hace pocos días en Allen, que no era oriundo de esa localidad, no tiene arraigo y tiene un pedido de rebeldía y captura en una causa de la Provincia de Neuquén”, agregó el fiscal.
El defensor público penal, por su parte, solicitó que la medida fuera por el término de un mes.
El juez de Garantías Maximiliano Camarda tuvo por formulados los cargos y resolvió que el imputado cumpla 3 meses de la medida cautelar de prisión preventiva.
Judiciales
Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron
La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.
Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.
De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.
Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.
Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.
Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.
En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.
Judiciales
Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo
La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.
El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.
Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.
La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.
El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.
La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.
Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.
Judiciales
Condenado a 4 años de prisión por distribuir material de abuso infantil
El hombre de 36 años reconoció haber compartido imágenes de abuso sexual infantil a través de redes sociales.

Un hombre de 36 años fue condenado a 4 años de prisión efectiva por distribución y tenencia de material de abuso sexual infantil, en el marco de un juicio abreviado llevado adelante por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Penal Pública.
Durante la audiencia, el imputado reconoció haber cometido los hechos investigados: 5 episodios ocurridos entre 2023 y 2024, todos en la localidad de Cervantes.
Según la Fiscalía, el hombre poseía y distribuía imágenes y videos de contenido sexual infantil a través de medios electrónicos y redes sociales. La denuncia se originó a partir de un reporte del National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC), organización internacional que trabaja en la detección de este tipo de delitos y mantiene convenios de cooperación con el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y, a su vez, con el de Río Negro.
Durante la investigación, se realizaron allanamientos en el domicilio del acusado, donde se secuestró material informático. También se incorporaron al expediente los informes periciales de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel), del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) y de la Delegación de Criminalística de Cervantes.
El Tribunal Colegiado consideró acreditada la responsabilidad penal del hombre por el delito de distribución de material de abuso sexual infantil en concurso real con tenencia de material de abuso sexual infantil con fines de distribución agravado por ser menores de 13 años, de acuerdo a lo previsto en los artículos 128, 1°, 3° y último párrafo del Código Penal.
El condenado no posee antecedentes penales ni causas en trámite, y deberá cumplir la pena de prisión efectiva, además de afrontar las costas del proceso judicial.