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Sociedad

Éstas son las actividades exceptuadas, que podrán circular solo con permisos

Hoy están vigentes, en el ámbito de la provincia de Río Negro, las aplicaciones Cuidar y CirculaciónRN.

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En el marco de las nuevas medidas restrictivas establecidas por Nación a través del DNU 334/21, se dispuso una serie de 42 actividades exceptuadas para poder circular, presentando siempre los permisos correspondientes.

Las disposiciones establecen dos listados: las actividades exceptuadas que podrán usar el transporte público y las que no podrán hacerlo. Las restricciones estarán vigentes entre el 22 y 30 de mayo y el 5 y 6 de junio.

En ambos casos, se deberá presentar el permiso de circulación correspondiente y sin excepción. En Río Negro, están vigentes los permisos provincial (CirculaciónRN) y nacional (Cuidar).

Actividades y servicios permitidos para circular en transporte público

  1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
  3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.
  4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
  6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  10. Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.
  11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20.
  13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.
  14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.
  15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.
  16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  20. Servicios de lavandería.
  21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
  22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
    Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.
  25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.
  26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.
  27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.
  28. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  29. Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
  30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.
  31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.

Actividades y servicios permitidos a circular, sin uso de transporte público

  1. Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
  2. Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.
  3. Producción y distribución de biocombustibles.
  4. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20.
  5. Servicios esenciales de sanitización, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.
  6. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
  7. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
  8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.
  10. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público. Todo ello conforme la Decisión Administrativa N° 524/20.
  11. Industrias que realicen producción para la exportación.

Roca

Continúa vigente el alerta amarilla por tormentas: Podrían registrarse más lluvias intensas e incluso granizo

La advertencia rige para este sábado y prevé precipitaciones acumuladas de entre 15 y 30 milímetros, que podrían superarse localmente. El pronóstico anticipa una mejora de las condiciones durante el domingo.

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El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitió un alerta amarilla por tormentas para este sábado (31/10) en el área comprendida por el Alto Valle de Río Negro. La advertencia señala que podrían registrarse fenómenos de variada intensidad, acompañados por lluvias abundantes en cortos períodos, ocasional caída de granizo y ráfagas fuertes.

De acuerdo con el organismo nacional, se esperan valores de precipitación acumulada de entre 15 y 30 milímetros, aunque podrían ser superados de manera localizada.

En tanto, el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) anticipa para Roca una jornada con probabilidad de tormentas durante el día y cielo cubierto por la noche. La temperatura máxima alcanzaría los 29°C y la mínima sería de 8°C. El viento soplará del noroeste durante el día, a 22 km/h, y rotará al oeste por la noche, con velocidades de 30 km/h y ráfagas que podrían llegar a los 44 km/h.

Para el domingo (01/11) se espera una mejora de las condiciones, con tiempo mayormente despejado durante el día y la noche. La máxima prevista es de 24°C y la mínima de 6°C, con viento del sudoeste de 38 km/h y ráfagas de hasta 46 km/h.

El lunes (02/11) se presentará inestable durante el día y cubierto por la noche. La temperatura oscilará entre los 6°C y los 25°C, mientras que el viento será del oeste, con velocidades de 18 km/h durante el día y 23 km/h por la noche. Las ráfagas podrían alcanzar los 53 km/h durante la noche.

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Río Negro

Advierten por la circulación de leche de fórmula falsificada para bebés y piden no consumirla

El Ministerio de Salud de Río Negro informó que se investiga la distribución y venta de unidades falsificadas de Sancor Bebé Advanced 1. Aunque no hay reportes conocidos de comercialización en la provincia, recomendaron revisar los envases y no utilizar el producto.

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El Ministerio de Salud de Río Negro emitió una alerta sanitaria por la investigación de la distribución y comercialización de unidades falsificadas de la fórmula infantil Sancor Bebé Advanced 1, destinada a lactantes de 0 a 6 meses. Las autoridades recomendaron no utilizar el producto y revisar si hay envases con las características señaladas en los hogares.

La advertencia fue difundida este viernes (30/10), en el marco de actuaciones judiciales en curso. Si bien los reportes se concentran principalmente en la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), desde el organismo provincial indicaron que no se tendría conocimiento de su comercialización en Río Negro.

El producto involucrado es Sancor Bebé Advanced 1, lote Y010 F-011207563, con fecha de elaboración del 10 de enero de 2026 y vencimiento el 10 de abril de 2027. Fue elaborado originalmente para Ethical Nutrition S.A.

Según se detalló, las unidades falsificadas presentarían errores tipográficos en el rótulo, diferencias en el envase y una cuchara dosificadora de menor tamaño. Además, se informó que el producto contendría aflatoxina M1 en concentraciones superiores a los límites permitidos para alimentos infantiles, lo que representa un riesgo grave para la salud de los lactantes.

Ante esta situación, el Ministerio solicitó a las áreas de bromatología de la provincia reforzar los controles preventivos en los comercios y difundir la alerta. También recomendó a la población que, si identifica en su hogar un envase con los datos indicados, no lo utilice ni lo suministre a bebés.

En caso de detectar la comercialización del producto, las jurisdicciones bromatológicas deberán actuar dentro de sus competencias, conforme a los artículos 9° y 14° de la Ley 18.284 y al artículo 14, inciso E, del Decreto 2126/71. El objetivo es fortalecer la vigilancia sanitaria y prevenir la eventual venta de unidades que puedan comprometer la salud infantil.

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Roca

Arrojan basura pese a las prohibiciones: El Municipio volvió a limpiar el acceso norte de Roca

Pese a las reiteradas tareas de limpieza y la instalación de cámaras, continúa la formación de basurales clandestinos en esa zona de la ciudad.

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Municipio de General Roca volvió a realizar tareas de limpieza y remoción de residuos en un basural clandestino ubicado sobre el acceso norte de la ciudad. Los trabajos se desarrollan desde la intersección de Jorge Newbery y Damas Patricias, y continúan por esta última calle hasta El Cauquén, un sector que ya fue intervenido en reiteradas oportunidades.

Según informaron desde el Municipio, en el lugar se instalaron anteriormente carteles que prohíben arrojar residuos, de acuerdo con la Ordenanza N° 5027/23, y cámaras destinadas a identificar a quienes incumplen la normativa y aplicar las multas correspondientes.

La acumulación de basura se produce por la disposición inadecuada de residuos domiciliarios, escombros y restos de poda, entre otros materiales.

Desde el Ejecutivo local recordaron que el sector cuenta con servicio de recolección domiciliaria, organizado de acuerdo con los siguientes cuadrantes y frecuencias:

  • Ruta 6, Jorge Newbery, Damas Patricias y América: lunes, miércoles y viernes, turno mañana.
  • Jorge Newbery, Damas Patricias y América: martes, jueves y sábado, turno tarde.
  • Jorge Newbery, Damas Patricias, Bernardino Rivadavia y El Cauquén: lunes, miércoles y viernes, turno tarde.

Además, existen tres espacios municipales habilitados para depositar residuos. La Planta de Tratamiento de Residuos I, ubicada en Vintter 3550, y la Planta de Tratamiento de Residuos II, en el kilómetro 83 de la Ruta 6, funcionan todos los días, incluidos los feriados, de 7 a 20.

Por su parte, la Escombrera Municipal, ubicada sobre Maipú, casi Graciela Montes (ex calle 445), permanece abierta de lunes a viernes de 7 a 19 y los sábados de 7 a 13.

También se encuentran disponibles más de 30 Puntos Limpios. En estos espacios únicamente deben depositarse residuos secos, separados en origen y colocados en el contenedor correspondiente. La ubicación de cada uno puede consultarse en el sitio oficial del Municipio.

Finalmente, desde la Municipalidad roquense solicitaron a los vecinos colaborar con la limpieza de la ciudad y evitar arrojar basura en la vía pública.

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