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Sociedad

Río Negro: Habilitan reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas

En espacios públicos al aire libre pude ser de hasta 20 personas. Los locales bailables todavía deberán permanecer cerrados.

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El Ministerio de Salud dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 16 de julio, inclusive. Se establecieron algunas modificaciones con respecto a las restricciones anteriores.

Entre otras cosas, a través de la Resolución 4989, la cartera sanitaria habilitó las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas y en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas.

También se extendió el horario de casinos y bingos hasta las 24 horas y se habilitó la apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 50% o un máximo de 100 personas, sin pista de baile.

Resolución 4989:

Circulación

En la totalidad del territorio, la restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente. Quedarán exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna:

– Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 287/21

– Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles

– Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, casinos o bingos con comprobante de reserva o consumo, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal establecido.

– Las personas afectadas al desarrollo de las actividades de cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales y al público asistente. El público asistente deberá acreditar su condición con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó.

En todos los casos deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.

Actividades suspendidas

– Las reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

Habilitaciones

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. Deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean estos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos hasta las 24 horas, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible. Los empleados y clientes dispondrán de 60 minutos adicionales para retirarse de estos lugares y llegar a sus domicilios de residencia, debiendo acreditar tal circunstancia con comprobante de consumo o similar.

– La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 50% del espacio disponible, o un máximo de 100 personas, sin habilitación de pista de baile, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

En todos los casos deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21 y de los protocolos vigentes.

Judiciales

Ordenan suspender Netflix, Disney+ u otras plataformas que tenga contratadas un progenitor hasta que pague la cuota alimentaria

Un padre que acumula una deuda de casi 4 millones de pesos por cuota alimentaria.

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Una orden judicial dispuso la suspensión de los servicios digitales que estén contratados a nombre de un padre que acumula una deuda de casi 4 millones de pesos por cuota alimentaria. La medida alcanza a Netflix, Disney+, Max, Prime Video, Spotify y YouTube, entre otras plataformas, y también le impedirá renovar su licencia de conducir en la ciudad donde reside hasta que cumpla con su obligación.

La decisión se adoptó a partir de una facultad prevista expresamente en el Código Civil y Comercial. El artículo 553 permite que, ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria, el juez o jueza interviniente imponga medidas razonables para asegurar que la sentencia se cumpla. Bajo ese criterio, un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón consideró que las restricciones solicitadas podrían ejercer presión sobre el deudor para conseguir el pago.

La resolución ordenó que las empresas informen primero si el hombre posee servicios contratados a su nombre. En caso afirmativo, deberán suspender las cuentas vigentes y no permitir nuevas contrataciones mientras persista el incumplimiento. De esta manera, la medida no presupone que actualmente tenga Netflix, Disney+ u otra de las plataformas alcanzadas. En el expediente existe una liquidación aprobada de casi 4 millones de pesos. Ante la continuidad de la deuda, la madre solicitó nuevas medidas para intentar que el progenitor cumpla con la cuota alimentaria.

El pedido contó con el dictamen favorable del Defensor de Menores. Al analizar el planteo, la jueza destacó que las herramientas previstas por la legislación no tienen una finalidad sancionatoria. Su objetivo es generar condiciones que disuadan al deudor de mantener el incumplimiento y permitan hacer efectiva la obligación alimentaria. Además de los servicios digitales, la resolución alcanzó la licencia de conducir. El Poder Judicial ordenó comunicar a la Municipalidad de la ciudad donde reside el hombre que deberá inhabilitarla y no renovarla hasta que exista una nueva resolución que modifique esa situación.

Las nuevas restricciones se suman a otras medidas que ya habían sido adoptadas dentro del expediente. También se encuentra en trámite un mandamiento de embargo sobre una rodado. El Poder Judicial ordenó además consultar a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si existen bienes registrados a nombre del deudor. Si aparecen propiedades, podrá evaluarse un embargo para avanzar con el cobro de los montos adeudados.

En su análisis, la magistrada remarcó que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y que el incumplimiento compromete el derecho de los hijos a un nivel de vida adecuado y su interés superior. También consideró que la falta de cumplimiento de las obligaciones esenciales respecto de un hijo puede constituir violencia económica contra la progenitora.

La magistrada, sin embargo, rechazó imponer una multa. Consideró que sumar una nueva obligación económica no resultaría eficaz si hasta el momento no se consiguió forzar el pago de la cuota alimentaria. Según explicó, las medidas deben seleccionarse de acuerdo con las circunstancias concretas y con las posibilidades reales de obtener un resultado. El fallo también señaló que, frente a un incumplimiento sistemático, puede promoverse una acción penal para buscar una respuesta que trascienda el ámbito civil. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Roca

Del calor al frío: El viernes el termómetro llegará apenas a los 7°C y se esperan fuertes ráfagas

El ingreso de aire antártico provocará un fuerte cambio en las condiciones durante el fin de semana. Se esperan mínimas de -5°C.

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General Roca tendrá un marcado cambio de tiempo durante los próximos días, con descenso de temperatura, lluvias dispersas y fuertes ráfagas de viento. Según el pronóstico de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), las condiciones comenzarán a cambiar desde el viernes (11/09) con el ingreso de aire antártico.

Este jueves (10/09) se espera una jornada cubierta, con una máxima de 18°C y una mínima de 2°C. Durante el día el viento tendrá una velocidad de 18 km/h, con ráfagas de hasta 21 km/h y dirección noroeste. Por la noche aumentará hasta 37 km/h, con ráfagas de 50 km/h y dirección sudeste.

El cambio más importante llegará el viernes (11/09). Se prevén lluvias débiles y dispersas, con una temperatura máxima de apenas 7°C y una mínima que podría llegar a -5°C durante la noche. El viento soplará del sudeste, con una velocidad de 44 km/h durante el día y ráfagas de hasta 55 km/h. Por la noche continuará fuerte, con 41 km/h.

Para el sábado (12/09) se anticipa una mejora de las condiciones, con cielo mayormente despejado y una máxima de 9°C, aunque la mínima será de -3°C.

El domingo (13/09) continuará frío, con cielo cubierto, una máxima de 14°C y una mínima de 0°C. El viento tendrá velocidades de hasta 31 km/h durante el día y ráfagas de 37 km/h.

Finalmente, el lunes (14/09) se espera una jornada más templada, con cielo despejado, una máxima de 22°C y una mínima de 5°C.

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Roca

Comenzó la obra de gas que beneficiará a 42 familias de Barrio María Auxiliadora

Los trabajos iniciaron sobre las calles Alem, Isidro Lobo y Damas Patricias y contemplan 758 metros lineales de nueva red.

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El Municipio de General Roca, a través de la Secretaría de Obras Públicas, comenzó la ejecución de una obra de extensión de la red de gas en Barrio María Auxiliadora, que permitirá ampliar el acceso al servicio para 42 familias del sector.

Los trabajos se desarrollan sobre las calles Alem, Isidro Lobo y Damas Patricias y contemplan la ejecución de un total de 758 metros lineales de nueva red de gas.

De ese total, 668 metros lineales corresponden a cañería de 50 milímetros de diámetro, mientras que los 90 metros restantes serán ejecutados con cañería de 63 milímetros, de acuerdo con las características técnicas previstas para el proyecto.

Con el inicio de esta intervención, el Municipio continúa avanzando en la ampliación de la infraestructura de servicios básicos en diferentes sectores de General Roca. «La obra apunta a acompañar el crecimiento urbano y mejorar el acceso a servicios esenciales para las familias del barrio», destacaron desde el Municipio.

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