Judiciales
Reuniones en Roca para coordinar cambios en los fueros Laboral y Civil
El fuero Civil atraviesa una reorganización que contempla la futura distribución de competencias con el fuero Contencioso Administrativo y las vacantes temporales que se prevén en tres juzgados civiles de primera instancia.

El fuero del Trabajo de Roca se encamina al modelo de gestión de expedientes a través de una Oficina de Tramitación Integral Laboral (OTIL) como la que ya funciona en Viedma. En tanto que el fuero Civil atraviesa una reorganización que contempla la futura distribución de competencias con el fuero Contencioso Administrativo y las vacantes temporales que se prevén en tres juzgados civiles de primera instancia.
Para coordinar esos procesos con sus principales actores, el juez Delegado del STJ Sergio Barotto, mantuvo múltiples reuniones en los últimos días.
Sobre el cambio de dinámica en la gestión de las dos Cámaras Laborales que funcionan en Roca, el encuentro fue con las juezas Daniela Perramón y Paula Bisogni y el juez Juan Huenumilla. Se acordó allí comenzar con la implementación de la OTIL a modo de prueba piloto. Al igual que los sistemas de Oficinas Integrales ya implementados en los Fueros Penal y de Familia, el modelo tiene como objetivo que las y los jueces concentren sus esfuerzos diarios en su misión esencial, que es la de dictar sentencias, y que un organismo específico (la OTIL) asuma el peso administrativo de gestión de agendas de audiencias, licencias del personal, insumos para el organismo, entre muchas otras. El cambio, además, no implica la asignación de mayores recursos ni de más personal, sino una redistribución de los existentes.
Para conocer los pormenores del modelo de la OTIL, una delegación de dos jueces y dos funcionarias laborales de Roca visitó días atrás la Cámara del Trabajo de Viedma. Al regreso, volcaron sus impresiones positivas al resto del fuero local y cobró más impulso la propuesta del proyecto piloto para la Segunda Circunscripción.
En otra reunión realizada el pasado viernes, el juez Barotto compartió la iniciativa con la presidenta del Colegio de Abogados de General Roca, Yudith Riquelme Catalán; el vicepresidente, Francisco Brown, y el vocal Federico Ambroggio.
En cuanto al fuero Civil, junto a la jueza de primera instancia Verónica Hernández, titular del Juzgado N° 9 de Roca, Barotto definió su asunción como subrogante del Juzgado Civil y Comercial N° 5 a partir del 19 de noviembre de este año, cuando cese en sus funciones por renuncia la actual titular del organismo, Laura Fontana.
Ese punto y otros vinculados con el fuero también fueron analizados en la reunión con el Colegio de Abogados. En la oportunidad se abordó la particular situación del Juzgado Civil N° 1, cuya titularidad está vacante desde la jubilación de la jueza María del Carmen Villalba. En la última sesión del Consejo de la Magistratura, realizada el pasado jueves, se declaró desierto el concurso para la designación del nuevo titular, por lo que el juez Barotto informó que se promoverá a la brevedad el llamado a un nuevo concurso.
Por último, se informó la designación de una jueza sustituta al frente del Juzgado Civil N° 21 de Villa Regina con motivo de la suspensión disciplinaria por 60 días que aplicó recientemente el Consejo de la Magistratura a la titular del organismo.
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Compró un iPhone, lo envió por encomienda y llegó la caja vacía: La Justicia condenó a la empresa transportista
El destinatario, un vecino de Roca, recibió el paquete abierto y sin el teléfono. La firma no respondió el reclamo.

Lo que debía ser un simple envío terminó convertido en un conflicto judicial. Un hombre de General Roca había comprado un iPhone 14 Pro Max nuevo para regalárselo a una amiga y, como en ocasiones anteriores, optó por enviarlo mediante un servicio de encomiendas desde la terminal local. Sin embargo, esta vez el paquete no llegó como debía.
Cuando la destinataria se acercó a retirar la encomienda, encontró la caja abierta y sin el dispositivo en su interior. Sorprendida, realizó el reclamo en el momento, pero la empresa de transporte no le ofreció ninguna respuesta.
Frente a la falta de soluciones, el comprador decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios. En su presentación sostuvo que la firma incumplió el contrato de consumo al no garantizar la entrega en condiciones adecuadas. Tras analizar el caso, el fuero Civil de Roca le dio la razón y ordenó a la firma transportista indemnizarlo.
En el fallo, el juez remarcó que las relaciones de consumo deben interpretarse bajo el principio de protección al consumidor, que exige buena fe contractual, información clara sobre los servicios y cumplimiento estricto de las obligaciones asumidas. La empresa, además, no contestó la demanda y quedó en rebeldía, lo que permitió dar por acreditados los hechos tal como fueron relatados por el afectado.
El testimonio de la mujer que retiró el paquete fue clave: confirmó que el envío estaba correctamente embalado, describió la apertura visible de la caja al momento de recibirla y detalló la falta de respuesta de la firma ante sus reclamos. También mencionó que ya había usado el servicio en otras oportunidades sin problemas.
Finalmente, el juez concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones contractuales y vulneró los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Recordó que en estos casos rige un régimen de responsabilidad objetiva para el proveedor, quien debe garantizar que la mercadería llegue en las condiciones pactadas.
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Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido
Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.
La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.
Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.
Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.
El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.
Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.
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Acuerdo Institucional: Ricardo Apcarian presidirá el Superior Tribunal desde febrero
El magistrado ya había ocupado la Presidencia del máximo órgano judicial provincial en 2021.

El Superior Tribunal de Justicia se reunió en Acuerdo Institucional y designó autoridades para el año judicial que comenzará el 1 de febrero de 2026. El juez Ricardo Apcarian presidirá el máximo órgano judicial provincial, según quedó estipulado en la Acordada 33/2025.
La Ley Orgánica establece que «la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida anualmente por el juez o la jueza que el mismo Cuerpo designe en la primera quincena de diciembre de cada año. En la misma oportunidad se establecerá el orden en que sus integrantes reemplazarán la Presidencia en caso de ausencia u otro impedimento».
En cuanto al orden de subrogancias en la presidencia se dispuso en primer término al vocal Sergio Barotto, en segundo a Liliana Piccinini, luego Sergio Ceci y por último a la actual presidenta, Cecilia Criado.
También se dispusieron los jueces y juezas delegadas en cada circunscripción. Se mantienen en la Primera Liliana Piccinini, en la Segunda Sergio Barotto. Sergio Ceci estará a cargo de la Cuarta y la Tercera Circunscripción tendrá como jueza delegada a Cecilia Criado.
La resolución también asigna las representaciones institucionales para el período. En el Foro Patagónico de Superiores Tribunales participarán Sergio Barotto y Sergio Ceci. La Presidencia del Superior Tribunal representará al Poder Judicial ante la Junta Federal de Cortes y ante el Foro Federal de los Consejos de la Magistratura, además de ejercer la representación ante la Justicia de Paz, el Centro de Documentación Jurídica y la Oficina de Derechos Humanos y Género.
Por su parte, Barotto encabezará la Escuela de Capacitación Judicial, mientras que Apcarian hará lo propio en el Comité de Informatización.








