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Río Negro

Ya son Ley dos iniciativas para combatir el cambio climático propuestas por Carreras

Se trata del proyecto de Etiquetado Edilicio y el que establece un Marco Regulatorio y de Fomento para la Movilidad Sostenible.

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La Legislatura de Río Negro hoy convirtió en Ley dos proyectos enviados por la Gobernadora Arabela Carreras, que buscan regular la intervención de la Provincia en la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero a partir de la adopción de medidas frente al cambio climático.

Se trata del proyecto de Etiquetado Edilicio y el que establece un Marco Regulatorio y de Fomento para la Movilidad Sostenible, los cuales fueron aprobados en forma unánime por la Legislatura Provincial, durante una sesión marcada por el retorno a la presencialidad plena de legisladoras y legisladores.

Ambas iniciativas se gestaron y se debatieron en un espacio plural como la Mesa Interministerial e Interjurisdiccional de Eficiencia Energética de la Provincia de Río Negro (MEE), un órgano consultor coordinado por la Secretaría de Energía provincial, que también posee integrantes académicos y del sector privado con el fin de concertar políticas públicas energéticas con una mirada amplia y abarcativa.

La secretaria de Energía, Andrea Confini, celebró la aprobación de ambas iniciativas en el marco de un proceso de transición energética como el que estamos viviendo. “En este sentido es importante generar un marco regulatorio que pueda acompañar este proceso. Sabemos que la implementación de estas políticas se realizará de forma progresiva, para lo cual es necesario procurar desde el Estado la generación de instancias de articulación para que puedan vincularse entre sí las diferentes acciones sectoriales”, reflexionó.

“Nuestra Gobernadora y todos los que estamos relacionados con el sector energético lo entienden de este modo. La gradualidad de estas acciones tienen que estar contenidas dentro de un marco y como políticas de Estado, para acompañar el desarrollo de las nuevas tecnologías tanto en lo que se refiere a la electromovilidad como en las diferentes maneras de alcanzar la eficiencia energética en las metodologías de construcción”, añadió.

Etiquetado edilicio

Se propone un procedimiento para la evaluación, caracterización e identificación del nivel de eficiencia energética de inmuebles existentes o en proyecto de construcción, sean públicos o privados, a fin de clasificarlos según su grado de eficiencia en el consumo global de energía primaria que se encuentra relacionado con su uso.

Consiste en aplicar una Etiqueta de Eficiencia Energética de Inmuebles cuyo formato, requisitos y procedimientos para la obtención, así como su vigencia, será establecida por vía reglamentaria. Esta herramienta estará vinculada a un Índice de Prestación Energética (IPE), que es la cantidad estimada de energía primaria que demandaría la normal utilización de un inmueble durante un año y por metro cuadrado, satisfaciendo las necesidades asociadas únicamente a calefacción invernal, climatización estival y agua caliente sanitaria e iluminación, según niveles de confort establecidos por las mejores prácticas vigentes y estándares internacionales.

A rasgos generales, al igual que en los electrodomésticos, la clasificación del nivel de eficiencia energética alcanzado estará expresado en letras (con siete categorías), donde la letra A representará valores de IPE más bajos o mayor nivel de eficiencia, y la letra G valores de IPE más altos o menor nivel de eficiencia energética.

Además de los beneficios derivados de los ahorros en el consumo energético, aquellos inmuebles que promuevan inversiones que lo posicionen en los grados más elevados de la categorización, contarán con bonificaciones en el impuesto Inmobiliario, lo cual será determinado en la reglamentación de la normativa.

Movilidad Sostenible

El Marco Regulatorio y de Fomento para la Movilidad Sostenible aspira a incidir en el proceso de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, sean ellos directos o indirectos, provenientes del sector del transporte de cargas y pasajeros.

Este instrumento es necesario para establecer un contexto que direccione y promueva la transición del transporte basado en el uso de recursos no renovables (combustibles fósiles) hacia tecnologías basadas en el uso de energía eléctrica, celdas de combustible (hidrógeno), GLP o cualquier desarrollo futuro que pueda relacionarse con el uso sostenible del transporte de cargas y de pasajeros.

Judiciales

Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente

La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

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Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.

La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.

Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.

El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.

La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.

El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.

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Judiciales

Tras la separación, tiene 72 horas para devolverle la camioneta a su ex pareja

Si no lo hace, la Policía podrá secuestrarla.

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Después de separarse, una mujer de Cipolletti logró que el Poder Judicial le ordenara a su ex pareja devolverle la camioneta que él retuvo tras la ruptura. Se trata de una Toyota Hilux 4×4 cabina doble, que ella usaba para trabajar, trasladarse y llevar a sus hijos. Según denunció, al quedarse sin el vehículo tuvo que enfrentar deudas y dificultades para sostener su rutina diaria. El hombre tiene 72 horas para restituirla. Si no lo hace, la policía podrá secuestrarla.

La medida fue dictada por la Unidad Procesal de Familia Nº 11 de Cipolletti, en el contexto de una acción autosatisfactiva presentada por la mujer. Denunció que sufrió violencia económica durante y después de la convivencia, y que su ex pareja se quedó con bienes que estaban a su nombre, entre ellos el vehículo y un comercio.

El expediente incluyó un informe de dominio que acreditó que la camioneta estaba registrada a nombre de la mujer. Ella explicó que intentó recuperar el bien mediante una mediación previa, pero que no logró acuerdo. También relató que, tras la separación, quedó con deudas fiscales vinculadas al vehículo, y que su ausencia afectó su movilidad diaria y el cuidado de sus hijos.

El hombre se opuso a la restitución. Alegó que habían adquirido la camioneta durante la convivencia, con aportes de ambos, y que era su única herramienta de trabajo. Dijo que se hacía cargo de los hijos y que el retiro del vehículo lo colocaba en una situación de vulnerabilidad. También sostuvo que la mujer tenía otros automóviles a su disposición.

La jueza valoró que el vehículo era un bien registrable, y que su inscripción a nombre de la mujer demostraba la titularidad. Señaló que el hombre no promovió ninguna acción legal para reclamar participación en la propiedad del bien. Indicó que sus afirmaciones sobre los aportes económicos y la necesidad del vehículo no estaban respaldadas por pruebas.

La resolución se basó en el artículo 528 del Código Civil y Comercial, que regula la distribución de bienes al finalizar una unión convivencial. En estos casos, si no existe un pacto, cada bien permanece en el patrimonio de quien lo adquirió. El fallo subrayó que las partes nunca contrajeron matrimonio ni acordaron un régimen de distribución.

Por eso, el Poder Judicial consideró que la mujer fue desapoderada del vehículo y que correspondía restituírselo. Ordenó su devolución en un plazo de 72 horas. Si el hombre no cumple, se autoriza el secuestro inmediato del automotor.

La medida fue apelada, pero otro tribunal revisó y confirmó la sentencia. Se sostuvo en esta instancia que la resolución se basó en pruebas objetivas y que los argumentos del apelante no alcanzaban para modificarla.

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Río Negro

Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial

Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

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La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.

Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.

Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.

Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.

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