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Tenía bajo rendimiento porque sufría violencia y le dieron la baja en la Policía: deberán indemnizarla

Además la fuerza deberá volver a evaluar su desempeño para reincorporarla.

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La Cámara Segunda del Trabajo de Roca declaró nula una resolución de la Jefatura de Policía del año 2015 que dio de baja a una suboficial porque su rendimiento se vio afectado por ser víctima de violencia doméstica y de género por parte de su pareja. El Tribunal ordenó a la institución que la reincorpore a su puesto y fijó para la mujer una indemnización por daño moral superior a los 2 millones de pesos.

Según se acreditó, la mujer aprobó el curso de formación policial y comenzó a prestar servicio en una comisaría del Alto Valle Este. El primer año de trabajo, según la normativa de la Policía, debe ser calificado y aprobado por los superiores para que el o la agente puedan continuar en la función policial de manera definitiva. En este caso, el año de evaluación de la joven mujer estuvo signado por gravísimas situaciones de violencia doméstica y por la dificultad de ser madre de una beba en esas circunstancias, sin redes familiares de apoyo. En uno de esos episodios de violencia, el hombre ingresó a la casa de la mujer, encontró su arma reglamentaria y tras amenazar a ella y a la beba, se suicidó. En respuesta, la Policía le inició un sumario por ‘negligencia’ en el cuidado de la pistola. También la sumariaron por un altercado que protagonizó con un familiar del hombre fallecido y por haber presentado una carta manuscrita al gobernador de la Provincia pidiendo ayuda por su situación.

Cuando llegó el momento de la evaluación anual, que definió su baja del servicio, los informes valoraron en contra de la mujer todas las consecuencias derivadas de la violencia que había sufrido, como los sumarios, las inasistencias y licencias -todas anteriores al suicidio- y el rendimiento inferior al de sus compañeros.

Luego del suicidio, tras un informe negativo recomendó no confirmarla en el puesto porque presentaba “condiciones desfavorables”, sin considerar atenuantes. La Resolución del Jefe de la Policía que en enero de 2015 dispuso la expulsión.

Reincorporación y perspectiva de género

La Cámara Laboral el caso evidenció “una muestra clara de revictimización e indolencia general”. Recordó que el Estado Argentino, al adherir a la Convención de Belem do Para, reconoció “que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio” de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, derechos que el propio Estado se comprometió a proteger.

“Entonces, si el Estado argentino y consecuentemente el Estado provincial debe reconocer que su dependiente, víctima de violencia doméstica, se encontraba impedida de ejercer adecuadamente el derecho humano al trabajo, la conducta convencionalmente esperable era que adapte el período calificativo a la parte del año en la que pudo desempeñarse sin que aquel condicionante fuera de tal magnitud que la anulara por completo”, dijo la Cámara.

Siendo una mujer víctima de violencia doméstica, ella “afrontó en absoluta soledad las consecuencias de los daños infringidos por su agresor, quedando sola a cargo de una niña menor de dos años, intentando cumplir con sus obligaciones familiares y laborales, encontrando obstáculos diferentes en el trato recibido por su empleador estatal”, sostuvo la Cámara.

Que la violencia fuera enmarcada como “hechos de la vida privada”, que le restara puntaje en la calificación y que finalmente definiera su expulsión de la Policía, fue para el Tribunal una “revictimización”.

El fallo concluyó que hubo un trato discriminatorio en contra de la agente al aplicar estrictamente el período de prueba de un año, pues ella “no pudo demostrar su capacidades para el desempeño de la función policial al resultar víctima de violencia de género”, sumado a la propia “actitud revictimizante del empleador, incluyendo a sus superiores y sus pares”.

“Entonces, si quitamos del acto administrativo todos los antecedentes vinculados directa e indirectamente de la situación de violencia padecida por la actora, nos queda una resolución desprovista de toda motivación”. “Ha existido una denegación de un trato digno, se ha negado la calidad de víctima de género de la actora, dejándola sin las protecciones que su condición jurídica le debía proporcionar, resultando el acto administrativo nulo por falta de motivación y en consecuencia arbitrario”, definió la Cámara.

Así, la sentencia ordenó a la Policía a reincorporar a la mujer a su estado de agente en período de prueba, para someterla a una nueva evaluación anual pero esta vez bajo parámetros no discriminatorios.

Capacitación

Otro apartado del fallo hace efectivo el compromiso asumido por el Estado en la Convención de Belem do Para de capacitar a todos sus agentes y organismos en erradicar la violencia de género. Como condena accesoria, ordenó a la Jefatura de Policía “el dictado de cursos de capacitación y formación de todo su personal a los efectos de erradicar la violencia laboral y de género en el lugar de trabajo”.

El hecho aludido es previo al inicio en todos los poderes del Estado de la implementación de la Ley Micaela, que implicó la obligatoriedad desde 2018 de la capacitación en género de la totalidad de los agentes públicos.

Policiales

Acusado de incendiar una vivienda, quedó tras las rejas

El siniestro habría sido causado por dos personas, pero el propietario de la casa sospecha también de otro sujeto, el cual estaba dentro del domicilio, y resultó con lesiones. Fue detenido.

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Foto: Archivo.

Durante la madrugada de ayer (04/07) se produjo un incendio en una vivienda de la calle Piedra Buena en General Roca. Personal de la Subcomisaria 69º y Bomberos Voluntarios arribaron al lugar y lograron controlar las llamas.

Un hombre de 25 años resultó lesionado con quemaduras y fue trasladado al Hospital Francisco López Lima.

Tras realizar las investigaciones pertinentes, la Policía fue alertada que un joven de 32 años podría estar involucrado en el incendio e incluso, se encontraría dentro de la vivienda, violando una medida de prohibición de acercamiento vigente.

La víctima declaró que el siniestro habría sido ocasionado por dos hombres desconocidos, pero sospechaba del otro sujeto, debido a incidentes anteriores. El hombre se encuentra con quemaduras en el rostro, antebrazo y manos.

La Fiscalía de turno dispuso que el hombre involucrado en el hecho continúe detenido por desobediencia judicial y se proceda al secuestro de sus prendas, que presentaban manchas similares a sangre.

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Policiales

Detienen a un sujeto que intentaba estafar utilizando documentación falsa

Fue ayer a la mañana en una de las sucursales de Banco Patagonia.

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Durante la mañana de este viernes (04/07), efectivos de la Comisaría 3° detuvieron a un hombre en el Banco Patagonia de General Roca por intentar estafar utilizando documentación falsa. El detenido, domiciliado en Villa Regina, poseía documentos fraudulentos.

Gracias a la rápida intervención de la Policía, en conjunto con los empleados bancarios, se logró identificar y detener al individuo antes de que cometiera un delito. La documentación apócrifa fue secuestrada y el hecho está siendo investigado por la Fiscalía Federal.

La magistratura dispuso que el hombre continúe demorado y se inicie una investigación por el delito de falsificación de documento público.

La colaboración entre la entidad bancaria y la Policía fue clave para prevenir el delito y llevar al responsable ante la Justicia.

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Policiales

Decomisaron 450 kilos de carne de faena clandestina

Eran transportados en la caja de una camioneta. La carne fue incinerada.

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La Brigada Rural de General Roca realizó un operativo, el jueves (03/07) por la noche, en la Ruta Provincial N° 7 donde identificó una camioneta Toyota Hilux que circulaba con varios bultos tapados con nylon en la caja.

Al realizar una inspección encontraron que transportaba carne suelta y fraccionada en bolsas de nylon, proveniente de faena clandestina.

La cantidad de carne decomisada fue de 450 kilos. El conductor y su hijo, fueron trasladados a la Brigada Rural junto con el rodado. Ganadería de la Provincia intervino en el caso y se procedió a realizar actas de infracción a las Leyes N° 2534, 2453 y 2454.

Finalmente, se dispuso el decomiso y la incineración de la carne.

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