Judiciales
Un niño fue atacado por un pitbull y el dueño deberá indemnizar a la familia
La Justicia fijó la indemnización en casi $800.000 más los respectivos intereses desde junio del 2019.

El dueño de un perro de raza «pitbull» deberá indemnizar a la familia de un niño que fue atacado por el can en la vía pública, cuando caminaba en compañía de su padre y una hermana. El hecho le ocasionó lesiones físicas y secuelas psicológicas.
El ataque ocurrió el 26 de junio de 2019 siendo aproximadamente las 22 horas, cuando el perro se escapó de su vivienda ubicada en la calle Pasaje Gutiérrez de Bariloche y mordió al nene. Como consecuencia del ataque sufrió una herida en la cara posterior de la pantorrilla de la pierna izquierda de quince centímetros de longitud.
Luego de ser atendido por los médicos debieron realizarse veintidós puntos internos y externos. Quedó internado . El tratamiento incluyó el suministro de calmantes, antirrábicos y curaciones varias. Además de sufrir todas estas lesiones físicas, el niño tuvo que iniciar un acompañamiento psicológico a fin de superar la traumática situación vivida.
La sentencia por daños y perjuicios del juez Santiago Morán en primer término señaló la incomparecencia del demandado, dueño del animal.
Responsabilidad del dueño del animal
En este sentido el fallo consignó que «la responsabilidad del demandado surge de la omisión del deber de prevención establecido en el art. 1710 del Código Civil y Comercial” el cual dispone que «toda persona tiene el deber, en cuanto de ella dependa, de: a) evitar causar un daño no justificado; y b) adoptar de buena fe y conforme a la circunstancias, las medidas razonables para evitar que se produzca un daño».
En este caso la omisión al deber señalado, surge de manera evidente. La sentencia da cuenta que “el perro del demandado pudo salir de su casa y atacar al nene quién se encontraba caminando por la vereda con sus familiares. Ello revela que, o bien la casa del demandado no está debidamente cercada y/o que, pese a tener un cerco, éste no es del todo seguro como para evitar que el perro salga del predio”.
El primero de los rubros que destaca la sentencia a indemnizar es el daño moral. Recordando que su definición apunta a «una modificación disvaliosa del espíritu en el desenvolvimiento de su capacidad de entender, querer o sentir, con independencia de su repercusión económica». Se ha considerado que la procedencia de esta partida indemnizatoria resulta incuestionable. Se advierte claramente que el hecho que tuvo que atravesar el niño, es por sí mismo traumático y sin dudas provocaron sensaciones negativas, tales como miedo, enojo, angustia. A ello se suma, y como mencionara la perito psicóloga, que el nene ha quedado con una marcada inhibición a lugares donde se encuentren perros.
A ello, cabe añadir, el daño físico experimentado, por caso la cirugía a la cual tuvo que someterse, los posteriores tratamientos de rehabilitación y la cirugía estética futura para paliar dicha situación.
«En base a ello resulta obvio señalar que tanto el episodio que motiva esta acción, como las secuelas que éste produjo modificaron en forma negativa la vida del menor afectando su integridad física, su paz y su tranquilidad», menciona la sentencia. Agregó que «como dichos bienes resultan de alta trascendencia para todo ser humano, su quebrantamiento exige, de su causante, una reparación. Y, como ocurre en estos casos, la única vía posible es mediante una compensación económica».
Daño psíquico y tratamientos futuros
La pericia psicológica detalló las consecuencias psíquicas que ha sufrido el niño luego del siniestro. Miedo, incapacidad para recordar aspectos vinculados al siniestro, irritabilidad y otras que abarcan el aspecto cognitivo, como la falta de concentración y fallas en la memoria con un estado general de abulia.
La profesional médica designada por el Tribunal, señaló que, como consecuencia del suceso sufrido por el niño, presenta cicatrices visibles en el miembro inferior izquierdo las cuales impactan en su vida diaria, sugiriendo una cirugía reconstructiva, situación que generará gastos. Esta intervención también fue recomendada por la la perito psicóloga, quién estimó que el daño estético es considerable para un niño en crecimiento ya que afecta su imagen corporal.
Otros de los rubros a indemnizar serán los gastos ocasionados por este siniestro. Fueron múltiples, por ejemplo, los traslados a cada revisación, a cada sesión con los distintos profesionales que atendieron al nene. Más aun, señala la sentencia, que la familia del nene carece de movilidad propia.
Finalmente la sentencia ha destacado que a los importes indemnizatorios -estipulados en casi $800.000- se le deberán adicionar los respectivos intereses que se calcularán desde el momento en que se produjo el daño.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.
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Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF
La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.
En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.
Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.
Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.
La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.
El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.
Judiciales
Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal
Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».
La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.
El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.
El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.
Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.