Judiciales
Un roquense reclamó que le devuelvan el dinero de un plan de ahorro, no cumplieron y ahora deberán indemnizarlo
Primero le dieron un cheque vencido y luego la empresa se comprometió a darle otro cheque en un plazo de 40 días. Pero tampoco cumplió.

Un hombre terminó de pagar su plan de ahorro por un cero kilómetro pero, por problemas económicos, no pudo afrontar los gastos de retiro y se vio obligado a rechazar la adjudicación. Pidió entonces a la empresa que le reintegre el dinero de todas las cuotas pagas y la automotriz le hizo llegar un cheque vencido, por lo que el hombre no pudo cobrarlo.
Enseguida volvió a reclamar, alcanzaron un acuerdo en el ámbito administrativo y la empresa se comprometió a darle otro cheque en un plazo de 40 días. Pero tampoco cumplió.
El cliente demandó el dinero invertido, más los daños y perjuicios, a través de un juicio civil. El Juzgado de Primera instancia N° 5 de Roca le dio la razón y ordenó a la empresa Volkswagen S.A. a indemnizarlo por el daño emergente, el daño moral y el daño punitivo con un total de $757.205, más los intereses acumulados. El fallo fue confirmado ahora por la Cámara Civil de Apelaciones de Roca, luego de analizar los recursos que interpusieron las dos partes.
En el juicio civil la empresa acusó al cliente de pretender hacer un “uno abusivo de los derechos” del consumidor. Negó haber incumplido el derecho a la información del cliente y dijo que “la devolución de los haberes netos a cada adherente” depende de “la disponibilidad financiera del Grupo al que pertenece”. Por último, la empresa también apeló el daño moral y el daño punitivo, afirmando que no existió ninguna “conducta reprochable” de su parte.
La Cámara, al confirmar la condena y el cómputo de los intereses, enumeró “los graves incumplimientos detectados” por parte de la empresa, comenzando por destacar que “desde la fecha en que debió restituir los haberes al actor, han transcurrido ya largos seis años y sigue sin restituir lo debido”.
Para describir la conducta de la automotriz el fallo resumió: “Le envió un cheque a la actora por el importe del haber, vencido (ni siquiera demostró haberlo remitido a tiempo, ni que hubiera sido recibido en tiempo), lo que imposibilitó su cobro oportuno; luego se comprometió en sede administrativa al pago de un importe mayor, incumpliendo luego ese acuerdo sin razón alguna o invocando -posteriormente, para justificar su conducta- condiciones no esgrimidas al formular la propuesta (que el actor entregara el cheque anterior); no compareció a la mediación y, por último, al momento de presentarse en autos no depositó ni dio en pago la suma adeudada. A más de ello, hizo caso omiso a la clara intimación que le cursara la actora, cuya recepción negara y que ha sido oportunamente acreditada”.
Al justificar la indemnización por daño punitivo, la Cámara señaló que esa multa civil, especialmente prevista en la Ley de Defensa del Consumidor, “procede en supuestos de particular gravedad, calificados por el dolo o culpa grave del sancionado o por la obtención de enriquecimientos indebidos derivados del ilícito o, en casos excepcionales, por un abuso de posición de poder, particularmente cuando ello evidencia menosprecio grave por derechos individuales o de incidencia colectiva”.
En ese punto, el Tribunal se hizo eco de una prueba ofrecida por el cliente: un informe que reveló que a junio de 2021 la empresa Volkswagen S.A. de Ahorro Para Fines Determinados registraba 1.342 reclamos en su contra, según “la base de datos del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo -COPREC-”, un organismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Cabe señalar que la decisión aún no está firme porque las partes pueden interponer un recurso de casación.
Judiciales
No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos
Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.
Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.
En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.
En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.
El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.
La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.
Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.
En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.
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El Poder Judicial convocó a concurso para cubrir cargos administrativos en Roca
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) llamó a un concurso público externo para el ingreso de personal administrativo en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Roca. La decisión se adoptó mediante la Resolución STJ N° 320/2025.
El nuevo llamado responde al agotamiento del orden de mérito vigente correspondiente al anterior proceso de selección. La convocatoria se enmarca en el rediseño de los esquemas de ingreso establecidos en el Plan Estratégico Consensuado del Poder Judicial, que modificó varios artículos del Reglamento Judicial a través de sucesivas acordadas.
Según lo dispuesto, las personas interesadas podrán inscribirse únicamente a través del sitio web oficial del Poder Judicial entre el 12 y el 23 de mayo. Para ello, deberán completar un formulario digital y cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, tener nacionalidad argentina o residencia permanente, ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos y no registrar sanciones recientes dentro del Poder Judicial provincial.
El proceso de selección estará compuesto por tres etapas diferenciadas. En primer lugar, una etapa clasificatoria que incluirá inscripción, examen virtual de saberes generales y evaluación presencial de resolución de problemas y comprensión de textos. Luego, una etapa evaluativa abarcará exámenes sobre el funcionamiento del Poder Judicial y contenidos específicos según ejes temáticos, análisis de antecedentes, dinámica grupal y entrevista individual. Finalmente, se conformarán los órdenes de mérito por cada eje temático, con base en calificaciones iguales o superiores a 70 puntos.
Los postulantes aprobados podrán ser convocados para cubrir vacantes que se generen durante los próximos dos años, en función de las necesidades de cada organismo. La aprobación del concurso en uno de los ejes temáticos no implicará aprobación automática en los restantes.
El jurado examinador estará integrado por profesionales designados por la presidencia del Tribunal, quienes también definirán los temarios, fechas de exámenes y criterios de evaluación. Además, un equipo técnico supervisará la dinámica grupal, y un representante del sindicato podrá intervenir como veedor del proceso.
Las personas seleccionadas accederán a la estabilidad en el cargo tras seis meses de desempeño efectivo. La difusión y notificación del concurso se realizará principalmente a través del portal institucional, con publicaciones complementarias en medios oficiales.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.