Judiciales
Muerte en una ruta urbana: Condena civil para el conductor por exceso de velocidad
El conductor y su aseguradora deberán indemnizar a la familia del joven.

El hombre que circulaba por una ruta urbana del Alto Valle fue condenado a indemnizar a toda la familia de un adolescente. El joven fue atropellado cuando cruzaba por esa zona y murió. Dos pericias demostraron que el coche superaba la velocidad máxima permitida que es de 60 kilómetros por hora.
La sentencia del fuero Civil de Cipolletti es de primera instancia y todavía no está firme porque puede ser apelada. La familia de la víctima fatal indicó que el adolescente de 13 años regresaba de una escuelita de fútbol. Para volver a su casa, indefectiblemente, tenía que cruzar la ruta. No se consignan mayores datos del lugar del hecho ni del monto de la indemnización para resguardar la identidad y la seguridad de la familia.
Surgió del expediente que el joven cruzó junto a un grupo de amigos. Dos de ellos alcanzaron a llegar a la banquina pero él fue atropellado por un Chevrolet Corsa. El incidente vial ocurrió en otoño, cerca de las 8 de la noche, por lo que había escasa visibilidad natural.
Durante el proceso se hicieron dos pericias: una concluyó que la velocidad del Corsa era de 76 kilómetros por hora y la otra arrojó una velocidad de 82 kilómetros por hora.
La sentencia sostuvo que el conductor incumplió la Ley de Tránsito N° 24.449 en principio porque debía circular con cuidado y prevención conservando en todo momento el dominio efectivo de su vehículo. Además circulaba a más de 60 kilómetros por hora que es la velocidad máxima permitida en una ruta que atraviesa la zona urbana.
En el fuero penal el hombre fue condenado a la pena de dos años de ejecución condicional, más una inhabilitación de cinco años para conducir.
En el civil le atribuyeron el 70% de responsabilidad en el incidente vial. Se consideró que el propio peatón -a la postre víctima fatal- cruzó la ruta fuera de la zona de seguridad, repentinamente y sin constatar que podía hacerlo sin peligro. De todas formas, el conductor y su aseguradora deberán indemnizar a la familia del joven.
Judiciales
Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable
La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.
El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.
La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.
La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».
Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.
Judiciales
Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari
El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.
La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.
El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.
Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.
Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.
Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.
De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).
Judiciales
Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron
La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.
Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.
De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.
Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.
Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.
Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.
En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.