Política
Elecciones Río Negro: Impugnan a candidato que fue imputado por abuso sexual
También fue impugnado Juan Reggioni, ex intendente de Fernández Oro, quien se postuló como candidato a jefe comunal.

En la continuidad del cronograma previsto, esta semana el Juzgado Electoral Provincial emitió más de 15 sentencias con oficializaciones de candidaturas y resolvió las impugnaciones presentadas por partidos y alianzas a postulantes.
La oficialización de listas implicó un arduo trabajo del equipo del Juzgado, que debió evaluar el cumplimiento de los requisitos de más de 3000 postulantes. Entre otras cuestiones, se verificó si no eran deudores alimentarios, edad, residencia y todos los requisitos que establece la Constitución, las leyes provinciales y ordenanzas locales.
De esta manera, se cumplen con cada uno de los pasos del cronograma electoral: padrón provisorio, presentación y oficialización de alianzas, presentación de candidaturas, entre otras. La próxima fase tiene que ver con las boletas electorales.
Justamente ante el cúmulo de impugnaciones y observaciones, se resolvió extender hasta el lunes 13 el plazo para presentar al Juzgado Electoral Provincial los modelos exactos de boletas de sufragio. Los modelos serán auditados por la Secretaría y con posterioridad se llamará a audiencia con las alianzas y partidos, previo a la oficialización de las mismas.
Por otra parte, el 17 de marzo es la fecha límite para que el Juzgado Electoral Provincial designe los lugares donde funcionarán las mesas receptoras de votos.
Impugnaciones resueltas
En cuanto a las impugnaciones, el Tribunal hizo lugar a tres. Por un lado, a la postulación del Primer Concejal Titular de la localidad de San Antonio Oeste, Lucio Gerardo Benites Gutiérrez, y otorgó “a la agrupación política Unidos por San Antonio Oeste – Las Grutas – San Antonio Este un plazo de 24 horas para ejercer el derecho de sustitución de dicha candidatura, antes de la sentencia de oficialización”.
El postulante fue oportunamente condenado a un año de prisión en suspenso por abuso sexual simple. Alegó en su defensa que la condena estaba agotada. El Juzgado Electoral tuvo en cuenta la Ordenanza del Concejo Deliberante de la ciudad que inhabilita a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales.
La segunda resolución hizo lugar a la impugnación de la candidatura como Intendente de la localidad de El Bolsón de Gustavo Galiano Huenelaf y otorgó a la agrupación política Cambia Río Negro- Juntos por el Cambio un plazo de 24 horas para ejercer el derecho de sustitución de dicha candidatura. El postulante no figuraba en el padrón electoral. En su defensa expresó que “realizó el cambio de domicilio y el reclamo respectivo ante los organismos pertinentes a los fines de ingresar en el padrón electoral; que jamás perdió la residencia permanente de El Bolsón, que es dueño de una empresa que se dedica a prestar servicios de informática y el cambio de domicilio en el extranjero se debió a una cuestión contractual/ laboral”.
Sin embargo, resolvió el Juzgado que “lo establecido en la Carta Orgánica Municipal de El Bolsón, que en su art. 81 inc. 1 determina que se hallan inhabilitados para ser miembros del gobierno Municipal los que no fueren electores inscriptos en el Padrón Electoral”. Asimismo, “el art. 4 de la ley O 2431 dispone por su parte que la calidad de elector se prueba a los fines del sufragio exclusivamente por su inclusión en el Registro Electoral”.
Finalmente, hizo lugar a la impugnación “respecto a la candidatura como Intendente de la localidad de Gral. Fernández Oro de Juan Oscar Reggioni” y a otorgó a la agrupación política Partido Vecinal Frente de Oro (P.V.F Oro) un plazo de 24 horas para ejercer el derecho de sustitución”. Reggioni fue condenado y se planteó que la Ordenanza denominada “ficha limpia” de la localidad impediría su presentación.
El postulante expresó en su defensa que “la ordenanza de «Ficha Limpia» establece requisitos distintos a los previstos en la Constitución Provincial, en la ley O 2431 y en la COM y vulnera palmariamente el principio de inocencia del art. 18 de la Constitución Nacional, por lo que la considera proscriptiva y de gravedad institucional al inhabilitar a un ciudadano basado en una sentencia condenatoria no firme”. El Tribunal, citando antecedentes del STJ, resolvió que debía aplicarse la Ordenanza en vigencia.
Judiciales
Por el aumento de causas, Roca tendrá una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia
El Poder Judicial detectó durante la última década un incremento sostenido de expedientes en el Fuero de Familia de General Roca.

La Legislatura de Río Negro aprobó el proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia para crear una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia con sede en General Roca, correspondiente a la Segunda Circunscripción Judicial.
Al fundamentar la iniciativa, la legisladora Natalia Reynoso (JSRN) explicó que la propuesta surge a partir de los estudios realizados por la Dirección de Planificación Estratégica del Poder Judicial, que durante los últimos diez años registró un crecimiento sostenido de las causas y expedientes que ingresan al fuero de Familia.
Según detalló, el relevamiento correspondiente al período comprendido entre 2016 y 2026 permitió detectar un incremento que calificó como «exponencial, sostenido y estructural», particularmente en la Segunda Circunscripción Judicial.
Reynoso destacó además que el Poder Judicial modificó la metodología utilizada para determinar la carga que soportan los distintos organismos. Hasta ahora, uno de los principales parámetros era simplemente cuantitativo: se contabilizaba la cantidad de expedientes ingresados y tramitados.
La nueva metodología incorpora el concepto de «carga ponderada de trabajo», que busca determinar no solamente cuántos expedientes tramita un organismo, sino también cuánto esfuerzo y tiempo demanda cada uno de ellos de acuerdo con su complejidad.
Para establecer ese indicador se tuvieron en cuenta variables como la complejidad de las causas, su duración y el grado de intervención judicial requerido.
«No es lo mismo una causa que puede resolverse mediante una audiencia y posterior homologación que aquellos procesos que demandan seguimientos durante dos años o más, sucesivas audiencias y la participación de equipos interdisciplinarios», explicó la legisladora.
Entre las problemáticas de mayor complejidad mencionó las situaciones de violencia de género e intrafamiliar, además de causas relacionadas con alimentos, filiaciones y adopciones.
La metodología, elaborada con participación de juezas de Familia de las diferentes circunscripciones judiciales, permitió establecer con mayor precisión la carga efectiva de trabajo de cada organismo.
En el caso de General Roca, los resultados mostraron no solamente un aumento en la cantidad de expedientes, sino también una creciente exigencia funcional derivada de la complejidad de las causas.
Reynoso sostuvo que la ciudad viene registrando «un nivel de demanda estructural superior al resto de las localidades analizadas», pese a contar con estructuras organizativas similares a las existentes en organismos que atienden volúmenes y niveles de demanda considerablemente menores.
Ese desequilibrio, explicó, determinó la necesidad de avanzar con la creación de una nueva Unidad Procesal de Familia.
La iniciativa busca así adecuar la estructura judicial de General Roca a una realidad que se modificó sustancialmente durante la última década y mejorar la capacidad de respuesta del fuero frente a causas que, además de haber aumentado en cantidad, requieren intervenciones cada vez más prolongadas y complejas.
Judiciales
Causa Techo Digno: El STJ revisará la absolución de Gennuso y fallará el 5 de noviembre
El máximo tribunal de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General y abrió el tratamiento de fondo. La sentencia se conocerá el 5 de noviembre a las 12.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro admitió por mayoría la queja presentada por el Fiscal General contra la absolución del ex intendente de San Carlos de Bariloche, Gustavo Gennuso, en la denominada causa Techo Digno. El máximo tribunal provincial abrió así el tratamiento de fondo y fijó para el 5 de noviembre a las 12 la lectura de la sentencia.
La causa es la primera vinculada con la construcción de viviendas mediante el programa nacional Techo Digno que llega a consideración del STJ.
El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, con la participación de Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación en subrogancia. La acusación estuvo representada por el Fiscal General, Fabricio Brogna, mientras que Manuel Maza y Luciano Perdriel ejercieron la defensa de Gennuso, quien participó de la audiencia mediante Zoom.
Luego de los argumentos iniciales de la Fiscalía y la defensa se dispuso un cuarto intermedio. Al retomar la audiencia, el STJ resolvió, por mayoría, abrir la queja en su totalidad, al considerar que la Fiscalía había presentado argumentos suficientes respecto de la posible configuración de una sentencia arbitraria.
A partir de esa decisión comenzó el tratamiento del Recurso Extraordinario. El debate se concentró principalmente en el principio de congruencia, la eventual arbitrariedad del fallo y la discusión sobre si los fondos habían sido sustraídos de las esferas de control público.
Brogna sostuvo que Gennuso había «sustraído» los fondos del control y afirmó que el exintendente había admitido esa circunstancia, justificándola en la necesidad de «no perderlos». La Fiscalía también planteó que una eventual condena por una calificación menos gravosa que el peculado, como la administración fraudulenta, no necesariamente vulneraría el principio de congruencia.
La defensa rechazó esa interpretación. Maza sostuvo que los fondos permanecieron siempre dentro de la órbita municipal y que, por lo tanto, no habían salido de los controles públicos. También afirmó que peculado y malversación son delitos diferentes y que una eventual condena por una figura distinta afectaría el derecho de defensa. Además, planteó que la malversación estaría prescripta.
Tras escuchar a las partes, el STJ dio por finalizada la audiencia y estableció que la sentencia será leída el 5 de noviembre a las 12. La admisión de la queja no modifica por sí misma la absolución vigente ni implica una condena.
Política
Aporte adicional de $12.347 millones al año para los Municipios rionegrinos
Roca percibirá $608.587.677.

El Gobierno de Río Negro destinará más de $12.347 millones anuales adicionales a 14 municipios a través del convenio de Compensación Financiera Transitoria. A valores iniciales, el esquema representa un aporte provincial de aproximadamente $1.029 millones por mes, financiado con recursos del Tesoro Provincial, sin reducir los fondos que reciben las demás localidades por el régimen vigente de coparticipación.
La medida busca reconocer las diferencias surgidas a partir de la actualización de los datos utilizados para la distribución, manteniendo al mismo tiempo los índices establecidos por la actual Ley de Coparticipación.
De esta manera, la Provincia cubrirá con recursos propios la diferencia correspondiente a los 14 municipios alcanzados por el esquema, mientras los otros 25 continuarán recibiendo los recursos que les corresponden actualmente.
«Tomamos esta decisión porque entendemos que el crecimiento de nuestras ciudades también exige más capacidad de respuesta. Queremos municipios fuertes, con herramientas para sostener servicios, hacer inversiones y acompañar las necesidades de cada comunidad. La Provincia va a hacer ese esfuerzo con recursos propios», señaló el gobernador Alberto Weretilneck.
Los nuevos recursos estarán orientados específicamente a sostener y mejorar servicios públicos esenciales, ejecutar infraestructura asociada a esas prestaciones y adquirir bienes de capital que fortalezcan la capacidad operativa de los municipios. El convenio establece, además, que esos fondos no podrán utilizarse para financiar gastos de personal.
«Esta compensación permite actualizar la distribución sin perjudicar a ningún municipio. Es una decisión de equilibrio y de responsabilidad: reconocer las nuevas realidades de cada localidad, fortalecer la gestión municipal y garantizar que los recursos lleguen donde hoy son necesarios», agregó Weretilneck.
El impacto será concreto en cada localidad. En términos anuales, Cipolletti incorporará $3.832.872.960; San Carlos de Bariloche, $2.350.831.387; General Fernández Oro, $1.796.179.764; El Bolsón, $1.653.996.966; Dina Huapi, $1.071.083.602; Catriel, $464.844.798; Cervantes, $260.679.049; Los Menucos, $194.190.821; General Roca, $608.587.677; Comallo, $37.907.144; Ramos Mexía, $32.121.394; Darwin, $26.851.276; Guardia Mitre, $12.316.523; e Ingeniero Huergo, $4.708.773. Todos los montos expresados corresponden a pesos argentinos.
El esquema tendrá carácter transitorio y contempla actualizaciones semestrales vinculadas a la evolución positiva del IVA y de Ingresos Brutos. Por eso, los $12.347 millones constituyen una proyección anual realizada sobre los montos iniciales: el esfuerzo efectivo del Tesoro Provincial podría incrementarse a medida que se apliquen esas actualizaciones.








