Río Negro
Elecciones 2023: todo lo que tenés que saber para este domingo
Hay 1785 mesas habilitadas que no podrán superar los 350 electores en ningún caso.

En Río Negro, este domingo (16/04) se eligen tres tramos: Gobernador/a y vice; Legisladores/as por representación poblacional y Legisladores/as por circuito. Además, autoridades en 22 municipios: Intendente/a, Concejales/as y revisores de cuentas (Tribunal de cuentas, Contralor municipal, Síndico, etc.) y en las 36 Comisiones de Fomento que tiene Río Negro.
¿Cuántas personas se postulan a diferentes cargos?
Son 3310 candidatos para la totalidad de los cargos: 1625 mujeres, 1684 varones y una persona no binaria.
¿Cuántas mesas se habilitarán?
Serán 1785 mesas que, por decisión del Juzgado Electoral, no podrán superar los 350 electores en ningún caso.
¿Dónde puedo consultar en qué escuela voto?
En el siguiente link podés consultar el padrón definitivo: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/institucional/tribunal-electoral/padron-definitivo-buscar.php.
¿Con qué documento puedo votar?
Con el documento cívico que figura en el padrón electoral o con una versión posterior del mismo. Quien concurra a votar con un documento anterior al que aparece en el padrón, no podrá votar. El DNI digital en el teléfono móvil no es válido para votar.
¿Cómo me fijo la versión de mi DNI?
Se debe comparar el padrón con el último DNI obtenido. La leyenda que aparecerá será EA, EB, EC, ED, y así sucesivamente. Significa Ejemplar A, Ejemplar B, Ejemplar C, Ejemplar D. Tiene que ver con la cantidad de veces que fue solicitado.
¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite?
No. No se considera probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite.
¿Qué pasa si hay un error en el padrón definitivo?
El tiempo para corregir el padrón provisorio ya pasó. Durante cuatro semanas estuvo la posibilidad y el mecanismo para esas correcciones. Por ejemplo: tenés que votar en el lugar que indica el padrón definitivo, aún cuando hayas cambiado de domicilio en los últimos días.
¿El voto es obligatorio?
El voto es obligatorio para las personas de 18 a 69 años. Es optativo para jóvenes de 16 y 17 años y para mayores de 70.
¿A qué hora debo ir a votar?
Las mesas deben abrirse a las 8 y las escuelas se cierran a las 18. Si hay electores dentro de las escuelas, podrán emitir su sufragio.
¿Cuándo empieza la veda electoral?
No se podrá hacer proselitismo desde las 0 horas del sábado, es decir, 32 horas antes del inicio de la votación.
¿Qué tengo que hacer si faltan boletas en el cuarto oscuro?
Si no está/n la/s boleta/s de tu preferencia en el cuarto oscuro, tenés que avisarle al Presidente de Mesa (sin revelar en ningún caso cual va a ser tu elección), para que le solicite a los fiscales partidarios su reposición.
¿Puedo emitir mi voto solamente para una de las categorías de los cargos a elegir?
Sí. Se considerará voto en blanco para las categorías restantes.
¿Qué pasa si fui elegido/a autoridad de mesa?
Mediante un sistema informático aleatorio, de cada mesa surgieron seis personas de manera azarosa y transparente. Ese número incluye titulares y suplentes. En total fueron designadas 10.710 personas, surgidas del Padrón Electoral, quienes fueron notificadas a través del Correo Argentino. Ser autoridad de mesa es una carga pública y sólo puede excusarse con una razón fundada. El propio telegrama contiene las formas para la renuncia.
¿Me pagan por ser autoridad de mesa?
Si, el Ejecutivo Provincial dispuso un pago de 12 mil pesos.
¿Qué pasa si estoy a más de 500 km?
Quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar, deberán presentarse el día de la elección ante la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia.
¿Qué pasa si estoy enfermo?
Las y los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto deberán justificar la enfermedad, en primer término, por médicos del servicio de sanidad provincial; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales y en ausencia de éstos, por médicos particulares.
Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día de los comicios, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente.
Judiciales
Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa
El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.
El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.
En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.
El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.
Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.
Judiciales
Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente
Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.
El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.
Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.
El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.
La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.
También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.
El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.
Gremios
El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC
ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.
Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».
La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.
Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.
Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.
Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.
«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.
Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes
Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.
En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.
En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.
En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.
La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).









