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Sociedad

Un caballo de la empresa tiró a un trabajador y le dejó graves secuelas

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca condenó a la firma dueña del campo por los daños patrimoniales y morales que sufrió el trabajador y a la ART por una porción de la cobertura obligatoria que no había cumplido.

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Un peón de campo recorría el predio de 3.100 hectáreas buscando cazadores y cuatreros cuando el caballo que montaba se asustó y lo tiró al piso. El golpe en la cabeza hizo que pierda el conocimiento y el trabajador quedó tendido, no sabe por cuánto tiempo. Cuando despertó intentó volver al casco de la estancia, pero estaba mareado y desorientado. Un vecino que lo auxilió lo condujo casi 80 kilómetros hasta al Hospital de Río Colorado. Ese día comenzó el peregrinar de tratamientos que debió afrontar el muchacho, quien resultó con una incapacidad laboral permanente.

«Después del accidente es otra persona, está decaído, como ido, hay que repetirle las cosas», describió uno de los testigos que declaró en el juicio laboral. La Cámara Segunda del Trabajo de Roca condenó a la empresa dueña del campo por los daños patrimoniales y morales que sufrió el trabajador y a la ART por una porción de la cobertura obligatoria que no había cumplido.

Con un diagnóstico de «desorden mental orgánico post traumático», una pericia psicológica reveló que el muchacho sufrió, entre otros síntomas, depresión, insomnio, angustia e irritabilidad. La experta detectó secuelas como baja autoestima y pesimismo con respecto al futuro. Todo lo encuadró en una «depresión reactiva de grado moderado» con incapacidad psíquica derivada del accidente.

La demanda laboral incluyó un reclamo de indemnización de daños y perjuicios con fundamento en el Código Civil, por ser la empresa -dueña del campo y del caballo- la responsable objetiva por los riesgos que implican los bienes y las actividades que se desarrollan en su beneficio.

«En este caso ha quedado demostrado que el daño se produjo por la caída del caballo, que el trabajador estaba autorizado a utilizarlo para las labores del campo, siendo una más -podríamos decir- de las herramientas dadas para recorrer el establecimiento», precisó el fallo de la Cámara.

«Si para llevar adelante el objeto empresario se contratan dependientes, que a cambio de una remuneración tienen la obligación de prestar tareas, el beneficiario de la fuerza de trabajo puesta a disposición debe además garantizar a quien lo preste que, al hacerlo, no comprometa ni su salud ni su vida», definió la sentencia.

Responsabilidad objetiva

El fallo explicó que para eximirse de la responsabilidad civil en el marco del juicio laboral, la empresa debió demostrar alguna falta del trabajador: que hizo alguna maniobra prohibida, que omitió alguna medida de seguridad obligatoria, que violó alguna orden expresa de no usar el caballo, o bien que existió un caso fortuito o que intervino alguna tercera persona ajena al campo. Pero nada de ello ocurrió.

Por otra parte, el fallo concluyó que la empresa «no ha cumplido con el deber de seguridad que le impone la ley», referenciando la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Riesgos del Trabajo, la Ley de Higiene y Seguridad Industrial y el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Agraria.

La Cámara incluyó en la indemnización el lucro cesante por la incapacidad laboral que afectará al trabajador en forma permanente, valorando «no solamente la pérdida de la capacidad de ganancia o de producción del trabajador siniestrado, sino cómo ello lo afectará en su vida de relación y en su proyección laboral futura». También indemnizó el daño moral en función «del sufrimiento que ha padecido y seguirá padeciendo» por la gravedad de la lesión y por la afectación psicofísica. Definió, además, la restitución de gastos médicos y farmacéuticos no cubiertos y ordenó a la ART pagar por una porción de prestaciones pendientes y costear el tratamiento psicológico del trabajador «hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes».

Cabe mencionar que la sentencia no está firme, puesto que las partes aún tienen plazo legal para presentar recursos.

Policiales

Otra vez intentaron incendiar un punto limpio en Roca

La persona que inició el fuego quedó registrada en las cámaras de seguridad. El Municipio radicó la denuncia correspondiente.

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Cerca del mediodía de ayer lunes (25/11), ingresaron al Municipio varios llamados de vecinos alertando sobre un principio de incendio al costado del Punto Limpio ubicado en calle 25 de Mayo, esquina Don Bosco.

Personal municipal logró controlar el fuego y al revisar las cámaras del lugar, observaron como un sujeto salió corriendo desde el sector donde se iniciaron las llamas. De esta manera, se realizó de inmediato la denuncia en la Comisaría 3° a los fines de identificar a la persona que atentó contra un patrimonio municipal.

«Cabe resaltar que, si bien los beneficiarios directos de todos los residuos que se separan en la ciudad a partir de estos Puntos son las 20 familias que integran la Cooperativa de Recicladores General Roca, los hechos de vandalismo de estas características donde se destruye un servicio para los vecinos y vecinas, perjudican a todos y todas», lamentaron desde el Municipio.

Además, las cámaras de seguridad que funcionan en la zona donde se encuentra éste y otros Puntos Limpios permiten no sólo prevenir e identificar delitos y hechos vandálicos, sino también controlar la correcta disposición de residuos e infraccionar a quienes incumplan con la Ordenanza N° 5027/23 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

En este sentido, desde el Municipio recordaron que «al momento de ir a disponer residuos, en caso de encontrar un contenedor lleno, los materiales no pueden dejarse fuera del mismo, sino que hay que llevarlos a otro Punto Limpio. Además, se solicita dar aviso a la Dirección de Ambiente para que se realice la limpieza correspondiente». Hay que comunicarse al número de teléfono 4431400 int. 2306/2308, por email a [email protected] o a la línea gratuita 0800 222-9742. Asimismo, debe tenerse en cuenta que todos los materiales que se dispongan en los Puntos Limpios deben estar limpios y secos.

Para encontrar el Punto Limpio más cercano, las personas interesadas pueden ingresar al sitio web del Municipio. Además, los residuos separados en origen, limpios y secos también pueden llevarse a la Planta de Tratamiento de Residuos I, ubicada en Vintter 3.550 de 7 a 19 horas todos los días, inclusive los fines de semana y feriados.

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Río Negro

Vialidad Rionegrina controla pesos y dimensiones en el puente de Paso Córdoba

El límite por unidad de carga (camión) es de 65 toneladas.

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Personal de la Dirección de Vialidad Rionegrina se encuentra realizando un control punitivo de carga por eje y total de los camiones que circulan sobre el puente Paso Córdoba en la Ruta Provincial N° 6, el cual permite la vinculación entre el Alto Valle y la Región Sur.

Las tareas se iniciaron ayer lunes (25/11) y continuarán hasta el viernes 29, con el objetivo central de cuidar la durabilidad de la calzada, evitando la circulación de transporte con sobrepeso que destruya el pavimento.

Cabe destacar que el límite por unidad de carga (camión) que puede circular por el puente es de 65 toneladas. Todos los vehículos que transiten por el mismo deben respetar los límites establecidos por la Ley Provincial N° 5263/2017 y su Decreto Reglamentario N° 718/2018.

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Río Negro

Guardias hospitalarias: El Gobierno cambia sistema de puntos por montos fijos

La norma alcanza al personal médico y no médico del sistema público de salud.

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A través de un Decreto de Naturaleza Legislativa enviado ayer lunes (25/11) a la Legislatura Provincial, el Gobierno de Río Negro impulsa la modificación del artículo 34° de la Ley de Salud 1904, que establece la forma de pago de las guardias activas y pasivas en el sector de salud pública, derogando el actual sistema por puntos para pasar a un sistema de montos fijos.

La nueva norma establece que «las guardias activas y pasivas del personal médico y no médico comprendido en el escalafón de la Ley L Nº 1.904, serán remuneradas de conformidad al sistema de monto fijo, que serán establecidos por reglamentación. Asimismo, se podrá establecer el límite de guardias a realizar por el personal».

La norma, que alcanza al personal médico y no médico del sistema público de salud, establece un cambio de paradigma respecto de la forma en que se calculaban las guardias durante más de 30 años.

«Esta medida forma parte de las políticas que lleva adelante el Gobierno provincial, que buscan dar respuesta a las necesidades de las y los rionegrinos, garantizando el acceso a una salud pública de calidad, siendo necesario para ello revalorizar el trabajo extraordinario que realiza el personal médico y no médico en los hospitales de la provincia», destacaron desde el Ministerio de Salud.

«De esta manera, asegurando una remuneración justa, el Gobierno apunta a asegurar la labor de los profesionales en el sector público», concluyeron.

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