Judiciales
La prepaga lo acusó de ocultar sus antecedentes médicos y lo dejó sin cobertura
Un joven rionegrino debió recurrir a salud pública, interponer un amparo y finalmente iniciar un juicio en el fuero civil.

Con 32 años, un joven de Cipolletti contrató su primera prepaga y comenzó a realizarse algunos estudios de rutina. Algunos meses después, le detectaron una enfermedad neurológica que requería una medicación especial. Cuando canalizó el pedido, la obra social lo acusó de falsear la declaración jurada y anuló su contrato. Debió recurrir a salud pública, interponer un amparo y finalmente iniciar un juicio en el fuero civil.
El fallo condenó a la prepaga Swiss Medical S.A. a respetar los términos del contrato y mantener la cobertura con el joven. Sostuvo que el diagnóstico del paciente se conoció recién tres meses después de la afiliación, cuando el chico se sometió a una punción.
De todas formas, la prepaga le endilgó haber consignado datos falsos en el formulario de ingreso en cuanto a las enfermedades preexistentes. Cuando solicitaron su historia clínica surgió que el año anterior el paciente se había sometido a una resonancia por molestias en sus ojos, aunque nada tenía que ver con la enfermedad.
La sentencia fue apelada por la prepaga pero el tribunal que revisó las actuaciones terminó por confirmar la primera resolución. De hecho se le cuestionó a Swiss Medical la falta de exámenes médicos o auditorías de los futuros afiliados conforme a sus estipulaciones durante la etapa pre contractual.
Además de mantener la contratación, la obra social debe abonarle al cliente una suma de dinero en concepto de daño moral. Se consideró la situación a la que el paciente fue expuesto como afiliado y la demora en obtener la medicación que requería con urgencia, como consecuencia de la negativa de la prepaga. Esto lo llevó a procurar respuestas por medio de otras vías administrativas y judiciales.
Se consignó en la sentencia que esa situación de malestar signada por la angustia y la necesidad de ocuparse y seguir los tratamientos e indicaciones de los profesionales médicos se abrió pasó más allá de lo razonable, debido a la incertidumbre que le generaría la encerrona en la que se encontró una vez declarada la nulidad de la cobertura.
Además, se consideró que la obra social le siguió debitando la cuota del plan durante al menos cuatro meses después de notificarle la nulidad del contrato, sumado que al mes siguiente de la finalización del vínculo también se le remitió una notificación referida al aumento de las cuotas para los meses de octubre y noviembre.
Amparos, a la Justicia Federal
Una definición de competencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación derivó en un cambio de doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Desde noviembre de 2021, el Poder Judicial rionegrino ya no es competente para intervenir en los amparos de salud que se inicien contra obras sociales y empresas de medicina prepaga nacionales. Esos trámites deberán realizarse en la Justicia Federal. Sin embargo, en el caso de Cipolletti lo que se reclamaba era una cuestión contractual, es decir la rescisión de un contrato, que es distinto a exigir una cobertura o un medicamento específico.
Judiciales
Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén
Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.
La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.
El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.
Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.
De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.
Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.
Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.








