Sociedad
En los últimos 4 años, Río Negro sumó más de 250 trabajadores de la salud en los Hospitales
Asimismo, hubo un notable aumento de la atención en todos los nosocomios públicos.

Durante los últimos cuatro años, el Gobierno de Río Negro reforzó su sistema de salud con 262 nuevos trabajadores en los hospitales de mayor complejidad. «De esta forma, se garantiza una atención de calidad en el sistema público, que sigue registrando un notable aumento en la cantidad de atenciones, con casi un 40% de personas con cobertura social», celebraron desde el Ministerio de Salud.
«En lo que va de la gestión, los Hospitales de Viedma, General Roca, Cipolletti y Bariloche (Complejidad VI) sumaron 245 nuevos profesionales médicos, técnicos y enfermeros, se suman 16 nuevos trabajadores no profesionales (Ley 1844)», indicaron desde la cartera sanitaria.
Por localidad, desde enero de 2020 a la fecha se sumaron 99 nuevos trabajadores en Bariloche, 78 en Cipolletti, 49 en Viedma y 36 en General Roca. La planta total de personal pasó de 2.874 (enero 2020) a 3.136 personas en la actualidad: 931 en Bariloche, 781 en Viedma, 754 en Roca y 670 en Cipolletti.
Fuerte incremento en las atenciones
Los registros de los hospitales y centros de salud de la provincia demuestran un aumento en la atención. Por ejemplo, a pesar de la dificultad que se genera al adquirir materiales quirúrgicos (la mayoría importados), ninguna de las instituciones de alta complejidad ha frenado sus prestaciones ni cirugías, tanto programadas como de urgencias.
Solo en agosto, en el Hospital de San Carlos de Bariloche se realizaron 350 intervenciones quirúrgicas; en el de General Roca fueron 233; en Viedma fueron 192 y en Cipolletti se superó las 180, sin contabilizar partos.
Del total, casi un 40% de las personas atendidas cuentan con alguna obra social. Sucede que el contexto económico actual obliga a las familias a contratar una cobertura de salud baja, lo que se complica además con los altos costos de los medicamentos.
Por ejemplo, la medicación para el tratamiento de un paciente oncológico demanda una inversión del Ministerio de Salud que va de los $3.000.0000 a los $7.000.000 mensuales.
En ese marco, la Provincia reforzó las áreas críticas de altos costos que registran un padrón en aumento, con 7.500 pacientes del Programa de Diabetes, 850 pacientes oncológicos y 675 pacientes crónicos. Los números varían de manera constante recibiendo alrededor de cinco pacientes nuevos por semana en cada área.
El alto incremento registrado en la demanda de salud pública muchas veces se ve repercutido en la disponibilidad de turnos otorgados, sobre todo en ciudades de mayor población. A pesar de esto, en el último mes en Bariloche se atendió un promedio diario de 250 personas por guardia; en General Roca el número ascendió a 280; en Viedma a 300 y en Cipolletti fueron más de 400 los pacientes que pasaron por guardia.
Salarios y aplicación del bono
Un detalle respecto de los sueldos en el área de Salud Pública indica que el 45% de los enfermeros, el 26% de los profesionales no médicos y el 18% de los médicos del sistema público rionegrino están en condiciones de cobrar el bono de $60.000 dispuesto por Nación y que aplicará el Gobierno de Río Negro, beneficiando a quienes perciben haberes por debajo de los 400.000 pesos mensuales.
Las cifras reflejan el compromiso del Gobierno de Río Negro en materia salarial con el sector de salud. En el caso de médicos, el 30% (373 profesionales) cobra entre 900.000 y 2.400.000 pesos; mientras que el 20% (245) entre 700.000 y 899.000 y el 10% (124) cobran entre 600.000 y 699.000 pesos. Luego se ubica el 23% (289) en el rango de entre 400.000 y 599.000 pesos, mientras que el 18% (220), cobran entre 200.000 y 399.000 pesos.
En lo que hace a profesionales no médicos y técnicos, el 4% (56 trabajadores y trabajadoras) se encuentran en el rango salarial entre 900.000 y 1.700.000; el 14% (216) entre los 700.000 y 899.000; mientras que otro 14% (216) cobra entre 600.000 y 699.000 pesos. En tanto, el 41% (641) tiene salarios entre 400.000 y 599.000 pesos; y el restante 26% (404) se ubica en la franja entre 200.000 y 399.000 pesos.
Por otra parte, en el sector enfermeros, el 0.6% (7 trabajadores y trabajadoras) cobran entre 900.000 y 1.400.000; el 5% (68) entre los 700.000 y 899.000; mientras que el 14% (178) cobra entre 600.000 y 699.000 pesos. En tanto, el 44% (549) percibe sueldos entre 400.000 y 599.000 pesos; y el restante 45% (560) se ubica en la franja entre 200.000 y 399.000 pesos.
La situación económica
El contexto nacional, el incremento y variación diaria en los valores de medicamentos, las licitaciones sin ofertas y el aumento en la cantidad de atenciones, hacen que el sistema público se vea impactada en sus diferentes niveles.
Desde el Organismo Central se explicó que el contexto nacional afecta a todas las provincias y Río Negro no es ajeno. Hoy la inestabilidad económica hace que la salud pública se vea impactada en sus diferentes niveles por la variación diaria en los valores de medicamentos, prótesis y demás insumos.
Esta situación generó que las gestiones de compra sean cada vez más dificultosas y los circuitos administrativos más rigurosos con los tiempos. Al tratarse de valores altos (más de $1.000.000 por paciente) todas las compras se generan por licitaciones públicas.
En este sentido, durante este año el Ministerio de Salud ha tenido licitaciones completas sin ofertas, lo que significa todo un proceso armado sin resultados y con pacientes a la espera.
Por otra parte, en muchos casos, diferentes proveedores, al ser impactados por los aumentos, se dan de baja de las órdenes de entregas y prefieren abonar una multa por el retiro a ser afectados por los incrementos y variación de los costos.
«Todo este contexto, genera faltas y dificulta sostener con los valores actuales cada servicio hospitalario», sostuvieron desde el Ministerio de Salud.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.








