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Su excuñada le donará un riñón: «Lo hago porque somos familia»

Desde el año 2020, el paciente estaba en espera en una lista para ser trasplantado.

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Hace un cuarto de siglo que transita una enfermedad renal, y los últimos siete ha sobrevivido aferrado a la diálisis. Desde el año 2020, espera en una lista sin poder recibir el regalo de la vida: un nuevo órgano. Sus parientes de sangre no son compatibles, pero su excuñada, quien cumple el papel de tía y madrina de su hija, emergió como un faro de esperanza. «Lo hago porque somos familia», reafirmó la mujer con lágrimas que se entrelazan con el amor ante los equipos interdisciplinarios del Poder Judicial. Una medida judicial le otorgó el permiso para donarle un riñón.

Un juez civil de Cipolletti abrió las puertas al trasplante renal entre dos personas que no comparten vínculos sanguíneos. Para lograrlo, se presentó una medida autosatisfactiva, con el objetivo de vencer las restricciones impuestas por el artículo 22 de la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, que limita la ablación solo a parientes consanguíneos.

En este caso singular, la única persona con la clave de la compatibilidad resulta ser la hermana de la mujer que fue esposa del paciente. Fruto de esa unión, nació una niña. La donante, además de ser tía, carga con el honor de ser la madrina de esa pequeña luz.

Ella fue sometida al escrutinio de los integrantes del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, del Departamento de Servicio Social y de un fiscal de la Cuarta Circunscripción. Todos concluyeron que se trataba de una decisión envuelta en «discernimiento, intención y libertad».

Durante el proceso, se alzaron testigos que dieron cuenta de la conexión profunda entre el hombre y la excuñada, a pesar de no compartir lazos de sangre. «Seguimos siendo familia, compartimos fiestas, navidades, cumpleaños. Siempre mantuvimos esa relación con él. Cuando la enfermedad arrojó la posibilidad de un trasplante en el horizonte, le dije que, si era necesario, me ofrecía», relató la donante con el alma plasmada en el expediente.

Incluso su propio padre, en otro tiempo suegro del paciente, se ofreció como donante, pero la voluntad de la excuñada se elevó como la más fuerte. Con pruebas testimoniales, pericias y la aprobación del equipo médico tratante, el fallo autorizó la donación entre vivos, sorteando la falta de lazos sanguíneos.

El fallo resaltó la generosidad que se desborda en el ofrecimiento, la gratuidad y la decisión solidaria, cuyo propósito es mejorar la calidad de vida de otra persona. «Podré retomar una vida normal; afrontaré entre un mes y tres meses de recuperación, sin esfuerzos y sacrificios, pero después recobraré una vida plena. Aunque pueda enfrentar problemas renales más adelante, no serán mayores que los riesgos inherentes a cualquier ser humano», afirmó la mujer en la audiencia judicial. Finalmente, el fiscal le preguntó por el motivo de su decisión: «Porque es mi familia», respondió la donante.

Judiciales

Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén

Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

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Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.

La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.

El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.

Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.

De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.

Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.

Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.

Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.

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La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba

El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

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La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.

En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.

Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.

La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.

Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.

Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.

Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.

Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.

Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.

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Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca

Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

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Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.

La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.

Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.

De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.

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