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Judiciales

Solicitaron 19 años de prisión para sujeto que abusó sexualmente de tres de sus hijas

Ya fue declarado culpable por un jurado popular en diciembre pasado. Ahora se definirá su condena.

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Tras haber sido declarado culpable por un jurado popular en diciembre pasado por varios delitos cometidos contra la integridad sexual de tres de sus hijas, hoy (21/02) el hombre escuchó el pedido de las partes en relación al monto de pena. Es así que la Fiscalía pidió 19 años de prisión efectiva, mientras que el defensor penal público 16 años. La sentencia se dará a conocer el próximo miércoles (28/02) al mediodía.

De esta manera, la fiscal jefa fundamentó su pedido en varios agravantes, entre ellos que «se trató de un hecho con pluralidad de víctimas, que son tres niñas vulnerables por estas características y por la relación asimétrica de poder con el victimario, que es su padre».

Además «fueron víctimas desde muy temprana edad, esto las vuelve aún más vulnerables, no tuvieron la chance de elegir ni de opinar acerca del inicio de su sexualidad, y los abusos marcaron una intromisión a su vida sexual», agregó la Fiscalía.

«Otro agravante que consideramos es la naturaleza de la acción, en el juicio por jurados quedó acreditado el prolongado lapso de tiempo en que los hechos sucedieron, que los mismos ocurrían en una zona rural, a veces de noche, otras veces cuando el hombre procuraba estar con las niñas solo, cuando las llevaba al colegio, cuando las tenía a su alcance», dijo la representante fiscal.

«La intensidad del daño causado, es decir, que quienes las debía cuidar abusó de ellas, y esta situación tuvo y aún hoy tiene un impacto en la psiquis de las menores de edad, cuestión enfatizada hoy con el testimonio de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI)», subrayó la fiscal.

«Consideramos agravante también que cuando el hombre se tuvo que ir del hogar a raíz de la denuncia y la intervención del Estado en el hecho, nunca se ocupó del bienestar ni de las hijas víctimas ni del resto. La denunciante de los abusos, la madre de las chicas tuvo además que iniciar un reclamo de cuota alimentaria ya que el hombre aún estando en libertad no cumplía con la misma», remarcó la fiscal jefa.

Por su parte, la defensora de menores que representa a las víctimas en el juicio, adhirió al pedido fiscal y solicitó al Tribunal que «se tenga en cuenta el interés superior, es decir, el de las niñas, ya que están protegidas por la Declaración Universal de los derechos del niño, niña y adolescentes, como también la Ley 26.061, la Guía de buenas prácticas de UNICEF, entre otras normativas vigentes en nuestro país».

El defensor penal público que asiste al hombre en el juicio, dijo que «no vamos a discutir el agravante de la pluralidad de víctimas. Pero sí la cuestión del género creemos que no debe ser admitida, como tampoco la duración en el tiempo ya que está incluida en el delito de corrupción, como también está incluida la cuestión de la relación asimétrica y la clandestinidad en el Artículo 119 presente en la calificación legal por la que ya fue condenado mi asistido».

Calificación legal por la que ya fue condenado por el jurado popular

En relación a una de las víctimas se lo declaró culpable del delito de «abuso sexual simple agravado por el vínculo, reiterado en un número indeterminado de veces, abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y corrupción de menores agravada por el vínculo».

Para otra de las víctimas, el hombre es culpable de «abuso sexual simple agravado por el vinculo, reiterado en un número indeterminado de veces y corrupción de menores agravada por el vínculo».

En tanto para la última, se lo condenó por «abuso sexual simple agravado por el vinculo, reiterado en un número indeterminado de veces y corrupción de menores agravada por el vínculo».

Prórroga de la prisión preventiva

El Ministerio Público Fiscal teniendo presente que la prisión preventiva que cumple el hombre desde el inicio del juicio está próxima a vencerse, solicitó y así resolvió el juez interviniente, que la misma se prorrogue por el plazo de cuatro meses, teniendo presente que «el riesgo de fuga se encuentra latente por la expectativa de una pena alta».

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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